stringtranslate.com

El abogado de Cumis

Un abogado de Cumis es "un abogado empleado por un acusado en un juicio cuando existe una póliza de seguro de responsabilidad que supuestamente cubre el reclamo, pero existe un conflicto de intereses entre la compañía de seguros y el acusado asegurado". [1]

La decisión definitoria

El nombre deriva del caso de San Diego Navy Federal Credit Union v. Cumis Insurance Society, Inc. , que el Tribunal de Apelaciones de California para el Cuarto Distrito de Apelaciones decidió el 3 de diciembre de 1984. [2] Si bien Cumis es el precedente de apelación más conocido sobre la cuestión del nombramiento de un abogado independiente para la defensa de los asegurados cuando su compañía de seguros tiene un conflicto de intereses, [3] Cumis no fue el primer defensor de este principio. La Corte Suprema de California expresó su aprobación del concepto de abogado independiente en un caso anterior de 1964, que a su vez se basó en un caso de Kentucky de 1925 que sentó las bases para el nombramiento de un abogado independiente en la relación asegurador-asegurado. [3] Cumis innovó más allá del precedente existente a partir de 1984 al sostener que la aseguradora estaba obligada a pagar al abogado independiente del asegurado, y que un conflicto de intereses meramente teórico podía convertirse, mediante el acto de la aseguradora de enviar una carta de reserva de derechos , en un conflicto de intereses real, lo que a su vez significaba que el asegurado ahora tenía un derecho exigible a un abogado independiente. [3]

Cumis concluyó lo siguiente:

Concluimos que los Cánones de Ética imponen a los abogados contratados por la aseguradora la obligación de explicar al asegurado y a la aseguradora todas las implicancias de la representación conjunta en situaciones en las que la aseguradora se ha reservado el derecho de denegar la cobertura. Si el asegurado no da su consentimiento informado para continuar con la representación, el abogado debe dejar de representar a ambos. Además, en ausencia de dicho consentimiento, cuando existan intereses divergentes entre el asegurado y la aseguradora debido a la reserva de derechos de la aseguradora basada en la posible falta de cobertura bajo la póliza de seguro, la aseguradora debe pagar el costo razonable de contratar un abogado independiente por parte del asegurado. La aseguradora no puede obligar al asegurado a ceder el control del litigio... Sin tener en cuenta los intereses comunes tanto del asegurado como de la aseguradora en encontrar una total no responsabilidad en la acción de terceros, los intereses restantes de los dos divergen hasta tal punto que crean un conflicto de intereses ético real que justifica el pago del abogado independiente de los asegurados. [4]

En 1987, la Legislatura del Estado de California promulgó un estatuto que regula el derecho de los acusados ​​asegurados a tener un abogado independiente. [5]

Un conflicto de intereses común surge cuando la compañía de seguros niega o se niega a defender total o parcialmente un reclamo bajo una póliza de seguro de responsabilidad , como cuando una compañía de seguros paga la defensa de un asegurado bajo una reserva de derechos para disputar la cobertura. [1]

Un bufete de abogados puede tener un conflicto de intereses a pesar de la designación de un abogado Cumis . [6] Sin embargo, en algunos estados, la designación puede solucionar un conflicto. [7] La ​​designación de un abogado Cumis también plantea cuestiones inusuales de privilegio entre abogado y cliente . [8]

Desarrollos previos y posteriores

Después de una serie de casos pioneros de mala fe en seguros en los años 1950 y 1960, se volvió común para las aseguradoras estadounidenses emitir reflexivamente cartas de reserva de derechos en respuesta a prácticamente cada oferta de un reclamo de terceros por parte de un asegurado. En esos casos anteriores, se sostuvo que si una aseguradora retiraba una defensa después de no reservar sus derechos, podría ser (y en realidad a menudo se la consideraba) responsable de todos los daños sufridos por el asegurado, incluidos los daños que excedieran los límites de cobertura de la póliza. Por lo tanto, las aseguradoras querían reservar siempre su derecho a retirarse si más tarde se descubrían hechos que impidieran la cobertura (por ejemplo, evidencia de que el asegurado era culpable de un agravio intencional , que no es asegurable).

La decisión de Cumis cambió esa práctica significativamente. Ahora, en California y en varios otros estados, una aseguradora que se enfrenta a una nueva licitación tiene tres opciones: (1) rechazar la licitación por completo y arriesgarse a una demanda inmediata por mala fe por parte del asegurado o tener que demandar primero al asegurado para obtener una declaración judicial de falta de cobertura (una "carrera hacia el juzgado"); (2) aceptar la licitación sin una reserva de derechos y, por lo tanto, comprometerse a defender al asegurado hasta una sentencia final (a menos que la póliza esté expresamente diseñada para que los costos de defensa "se coman" los límites de la póliza); o (3) aceptar la licitación pero emitir una carta de reserva de derechos, que puede hacer que el asegurado ejerza rápidamente su derecho a un abogado de Cumis si un posible conflicto de intereses ya es lo suficientemente claro en ese momento en virtud de los hechos o acusaciones conocidos y la carta de la aseguradora se reserva expresamente el derecho de retirarse de la defensa del asegurado y negar la indemnización por ese motivo. A su vez, la tercera opción incrementa los costos de la aseguradora porque ahora tiene que pagar a un abogado independiente y a uno propio para monitorear el caso a distancia (de modo que la información privilegiada nunca llega a la aseguradora).

La ventaja de la segunda opción es que, al asumir la responsabilidad total de la defensa de su asegurado, la aseguradora tiene más control sobre los costos de defensa. La mayoría de las aseguradoras operan los llamados bufetes de abogados "cautivos" (cuidadosamente diseñados para evitar la prohibición del ejercicio corporativo de la abogacía) [9] y también mantienen "paneles" de bufetes de abogados defensores preferidos que aceptan estructuras de tarifas cuidadosamente negociadas. En cambio, como el abogado independiente está separado de la aseguradora, sus tarifas de facturación serán algo más altas, ya que simplemente deben facturar la tarifa "razonable" por sus servicios de defensa. Pero si la aseguradora acepta la defensa sin reserva de derechos, debe defender completamente y pierde el derecho a recuperar el costo de la defensa del asegurado, incluso si luego descubre que la reclamación en su totalidad no era asegurable desde el principio.

Debido a todas estas cuestiones, hoy en día los ajustadores emiten cartas de reserva de derechos únicamente después de una cuidadosa consideración y discusión con un asesor experimentado en cobertura de seguros.

Referencias

  1. ^ ab Hill, Gerald N.; Hill, Kathleen (2002). Diccionario jurídico popular: cómo sacar el misterio del lenguaje jurídico . Nueva York, NY: MJF Books. ISBN 9781567315530.
  2. ^ 162 Cal. App. 3d 358, 208 Cal. Rptr. 494 (4to Distrito 1984).
  3. ^ abc Jack S. Pierce; Harold Weston; Robert G. Levy; David J. McMahon (2014). Prácticas de seguros y cobertura en la defensa de responsabilidad (2.ª ed.). Nueva York: Wolters Kluwer Law & Business. págs. 9-25—9-26 (sección 9.05[C]). ISBN 9781454835301.
  4. ^ Cumis , 162 Cal. Aplicación. 3d en la pág. 375.
  5. ^ Código Civil de California § 2860.
  6. ^ Cavanaugh, J. Stephen (septiembre de 1988). "Conflictos de intereses y el derecho de la aseguradora a controlar la defensa de sus asegurados". Advocacy Quarterly . 9 (4): 385.
  7. ^ Findlaw.com, citando Finley v. The Home Insurance Co. , 1998 WL 905218 (Haw. 1998).
  8. ^ Véase la opinión ética del Colegio de Abogados del Estado de California sobre el tema de los registros privilegiados.
  9. ^ Comité de Práctica Jurídica No Autorizada v. American Home Assurance Company , 261 SW3d 24 (Tex. 2008). En esta decisión, Texas se unió a los otros nueve estados que hasta ese año habían respaldado judicialmente esta práctica. La Corte también señaló que Florida promulgó reglas éticas que la permiten, y otros tres estados tienen estatutos que la permiten. Solo las cortes supremas de Kentucky y Carolina del Norte han respaldado las opiniones de los comités de ética que prohíben a las aseguradoras defender a los asegurados directamente con su propio personal de abogados y les exigen contratar abogados locales a distancia.

Enlaces externos