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Despido involuntario

El despido involuntario es la terminación de un proceso judicial a pesar de la objeción del demandante .

En los tribunales federales de los Estados Unidos , el despido involuntario se rige por la Regla 41(b) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil (FRCP).

La desestimación involuntaria se realiza por parte del acusado a través de una moción de desestimación, con el argumento de que el demandante no está procesando el caso, no está cumpliendo con una orden judicial o para cumplir con las Reglas Federales de Procedimiento Civil.

El despido involuntario también puede realizarse por orden del juez cuando ningún acusado ha presentado una moción de desestimación. El despido involuntario es un castigo que los tribunales pueden utilizar cuando una de las partes de un caso no actúa correctamente. Otros castigos se encuentran en la Regla 11 de las FRCP, la Regla 38 de las Reglas Federales de Procedimiento de Apelación , las secciones 1927 y 1912 del Título 28 del Código de los Estados Unidos y los poderes inherentes del tribunal.

El despido involuntario impide que el caso vuelva a presentarse ante el tribunal, a menos que el juez diga lo contrario.

Las reglas de los tribunales estatales pueden ser diferentes de las reglas federales y varían de un estado a otro.

Texto completo de FRCP 41(b):

(b) Desestimación involuntaria: Efecto de la misma. En caso de que el demandante no haya iniciado el proceso o no haya cumplido con estas reglas o con cualquier orden judicial, el demandado puede solicitar la desestimación de una acción o de cualquier demanda contra el demandado. A menos que el tribunal especifique lo contrario en su orden de desestimación, una desestimación en virtud de esta subdivisión y cualquier desestimación no prevista en las reglas, salvo una desestimación por falta de jurisdicción, por competencia indebida o por no haber adherido a una parte conforme a la Regla 19, funciona como una sentencia sobre el fondo del asunto.

Véase también

Referencias