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Otro resultado integral acumulado

Nota: La referencia citada a continuación, FAS130, sigue siendo la literatura contable más actualizada en los Estados Unidos sobre este tema.

En 1997, el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos publicó la Declaración sobre las Normas de Contabilidad Financiera N.º 130 titulada "Presentación de informes sobre el resultado integral". Esta declaración exigía que todas las partidas del estado de resultados se presentaran como partidas regulares en el estado de resultados o como partidas especiales como otros resultados integrales. Se la conoce comúnmente como FAS130. El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad publicó la Norma Internacional de Contabilidad N.º 1 con una terminología ligeramente diferente pero un significado conceptualmente idéntico.

Ingreso integral

El resultado integral (NIC 1: "Resultado integral total") es el cambio total en el patrimonio neto que no corresponde a los propietarios durante un período de presentación de informes. Este cambio abarca todos los cambios en el patrimonio neto que no sean transacciones de los propietarios y distribuciones a los propietarios. La mayoría de estos cambios aparecen en el estado de resultados. Algunos tipos especiales de ganancias y pérdidas no se muestran en el estado de resultados, sino como partidas especiales en la sección de patrimonio neto del accionista del balance general.

Dado que estos rubros de resultados integrales no se cierran con las ganancias retenidas en cada período, se acumulan como rubros de patrimonio de los accionistas y, por lo tanto, se denominan "Otros resultados integrales acumulados" y, a veces, se los denomina "AOCI".

El otro resultado integral acumulado es una subsección del patrimonio donde se acumula (se suma o se “agrega”) el “otro resultado integral”.

El saldo de AOCI se presenta en la sección de Patrimonio del Balance General, al igual que el saldo de Ganancias Retenidas, que agrega las Ganancias pasadas y actuales, y los Dividendos pasados ​​y actuales.

Otro resultado integral

El otro resultado integral es la diferencia entre el ingreso neto, tal como aparece en el estado de resultados (cuenta de ganancias o pérdidas), y el resultado integral , y representa las ganancias y pérdidas determinadas de la empresa no reconocidas en la cuenta de pérdidas y ganancias. Se lo conoce comúnmente como "OCI" , aunque la palabra integral no tiene ningún significado, como se puede ver en la ecuación definitoria. OCI, cuando se traduce a otro idioma y nuevamente al inglés, significa "otros ingresos" solamente.

En la práctica, comprende los siguientes elementos:

  1. Ganancias y pérdidas no realizadas en valores disponibles para la venta [NIC 39/ “FAS 115” – “Contabilización de determinadas inversiones en valores de deuda” ]
  2. Ganancias y pérdidas en derivados mantenidos como coberturas de flujo de efectivo (solo para las porciones efectivas) [NIC 39/ "FAS 133" – "Contabilización de instrumentos derivados y actividades de cobertura" ]
  3. Ganancias y pérdidas resultantes de la traducción de los estados financieros de filiales extranjeras (de moneda extranjera a la moneda de presentación) [NIC 21/ “FAS 52” – “Conversión de Moneda Extranjera” ],
  4. Ganancias y pérdidas actuariales en planes de beneficios definidos reconocidos (ajustes del pasivo mínimo por pensiones ) [NIC 19/ "FAS 158" – "Contabilización de los empleadores para planes de pensiones de beneficios definidos y otros planes posteriores a la jubilación" ]
  5. Cambios en el superávit de revaluación [NIC 16 y NIC 38].

Si bien el saldo de OCI se presenta en la sección Patrimonio del balance general , las entradas contables anuales, como flujos, se presentan a veces en un Estado de resultados integrales . Este estado amplía el estado de resultados tradicional más allá de las ganancias para incluir OCI a fin de presentar el resultado integral.

Según la NIC 1 revisada, todos los cambios en el patrimonio ( resultado integral ) que no sean realizados por los propietarios deben presentarse en un solo estado de resultados integrales o en dos estados (un estado de resultados y un estado de resultados integrales separados).

Los flujos presentados inicialmente en el OCI a veces se reclasifican en Ganancias (Pérdidas o Ganancias) cuando se cumplen ciertas condiciones. Para los cinco tipos de OCI descritos anteriormente, los factores desencadenantes de la reclasificación se presentan en la norma contable que da origen al flujo del OCI.

Modificaciones a la definición de OCI

En los Estados Unidos, se producen modificaciones adicionales a esta definición de OCI cuando una nueva norma (incluida una revisión de una norma contable emitida previamente) identifica un elemento que se puede medir, que se debe medir en los estados financieros, que representa una variable de "flujo" en lugar de una variable de stock o instantánea, y que no representa una variable de flujo que se debe presentar en el estado de resultados como un componente de las ganancias. La variable de flujo que es medible y que se debe reconocer se agrega entonces a la lista anterior de elementos que una entidad que informa incluiría en AOCI.

En el tercer trimestre de 2008, la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos recibió varias propuestas para permitir el reconocimiento en el Resultado Ordinario de Contabilidad de determinados cambios en el valor razonable de los instrumentos financieros. Esta propuesta fue inicialmente bien recibida por los representantes de la comunidad bancaria, que consideraron que el reconocimiento en las Ganancias de estos cambios en el valor razonable durante la "crisis crediticia de 2008" simultánea sería inadecuado. El efecto de esta propuesta, en general, sería eliminar pérdidas considerables de las Ganancias y, por lo tanto, de las Ganancias Retenidas de los bancos, y ayudarlos a preservar su capital regulatorio. El capital regulatorio de los bancos en los Estados Unidos y en general en todo el mundo incluye el capital social aportado y las ganancias retenidas, pero excluye el Resultado Ordinario de Contabilidad, a pesar de que se informa como un componente de la sección de Patrimonio del Balance General.

El 5 de enero de 2016, el FASB publicó una Actualización de las Normas de Contabilidad que modifica los elementos informados en el OCI. Anteriormente, los títulos de renta variable podían clasificarse como disponibles para la venta, y las ganancias y pérdidas no reconocidas sobre estos títulos aparecían en el OCI. Sin embargo, según esta actualización, ya no existe una clasificación de disponibles para la venta para los títulos de renta variable si el valor razonable de estos títulos se puede determinar fácilmente. Los cambios en el valor razonable de las inversiones de renta variable en entidades no consolidadas se reflejan en las ganancias de los ejercicios fiscales que comiencen después del 15 de diciembre de 2017. [1]

Véase también

Referencias

  1. ^ "1.1 Antecedentes del CECL".