Las Redes Transeuropeas ( RTE ) fueron creadas por la Unión Europea mediante los artículos 154-156 del Tratado de Roma (1957), con los objetivos declarados de la creación de un mercado interior y el refuerzo de la cohesión económica y social . Para varios partidarios de esta política, tenía poco sentido hablar de un gran mercado de la UE, con libertad de movimiento en su interior de bienes, personas y servicios, a menos que las distintas regiones y redes nacionales que conformaban ese mercado estuvieran debidamente conectadas mediante infraestructuras modernas y eficientes. La construcción de las Redes Transeuropeas también se consideraba un elemento importante para el crecimiento económico y la creación de empleo.
El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea estableció por primera vez una base jurídica para las RTE. En virtud del Capítulo XV del Tratado (artículos 154, 155 y 156), la Unión Europea debe aspirar a promover el desarrollo de las redes transeuropeas como elemento clave para la creación del mercado interior y el refuerzo de la cohesión económica y social. Este desarrollo incluye la interconexión e interoperabilidad de las redes nacionales, así como el acceso a dichas redes.
De acuerdo con estos objetivos, la Comisión Europea ha elaborado unas directrices que recogen los objetivos, las prioridades, la identificación de proyectos de interés común y las grandes líneas de actuación para los tres sectores en cuestión (Transportes, Energía y Telecomunicaciones). El Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado estas directrices tras consultar al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones .
Numerosos proyectos de interés común se han beneficiado del apoyo financiero del presupuesto de la Unión Europea a través de la línea presupuestaria RTE, así como de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión. El Banco Europeo de Inversiones también ha contribuido en gran medida a la financiación de estos proyectos mediante préstamos.
El tratado definió tres clases de redes: