Las elecciones generales españolas de 1993 se celebraron el domingo 6 de junio de 1993 para elegir las V Cortes Generales del Reino de España . Los 350 escaños del Congreso de los Diputados estaban a elección, así como 208 de los 256 escaños del Senado .
El Partido Socialista Obrero Español, liderado por Felipe González, logró por cuarta vez consecutiva el mayor número de votos y escaños, aunque perdió la mayoría absoluta que había mantenido en ambas cámaras de las Cortes desde 1982. Por el contrario, el Partido Popular de José María Aznar El partido obtuvo una gran proporción de los votos, aumentando así sus escaños tanto en el Congreso como en el Senado y consolidando su posición como principal partido de oposición. Por primera vez desde 1979 , las elecciones dieron como resultado un parlamento sin mayoría , lo que obligó al gobernante PSOE a buscar el apoyo de grupos nacionalistas para renovar su mandato y asegurar un cuarto mandato en el gobierno.
Tras las elecciones, el PSOE se vio sometido a una presión cada vez mayor debido tanto a la inestabilidad política como resultado de su baja mayoría (que dependía de pactos cada vez más inestables con Convergencia y Unión para aprobar su legislación) como al descubrimiento de numerosos casos de corrupción. dentro del propio gobierno. El pacto con CiU terminaría en el otoño de 1995, lo que obligaría a González a convocar elecciones anticipadas 15 meses antes de la fecha prevista, en las que ganaría por primera vez el opositor Partido Popular.
Las Cortes Generales españolas fueron concebidas como un sistema bicameral imperfecto . El Congreso de los Diputados tenía mayor poder legislativo que el Senado , pudiendo votar la confianza o retirarla a un primer ministro y anular los vetos del Senado por mayoría absoluta de votos. No obstante, el Senado poseía algunas funciones exclusivas (aunque limitadas en número), como su papel en la enmienda constitucional , que no estaban sujetas a la anulación del Congreso. [1] [2] La votación para las Cortes Generales se realizó sobre la base del sufragio universal , que comprendía a todos los nacionales mayores de 18 años y en pleno goce de sus derechos políticos.
Para el Congreso de los Diputados se eligieron 348 escaños mediante el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , aplicándose en cada circunscripción un umbral electoral del tres por ciento de los votos válidos, que incluían los votos en blanco. Los escaños se asignaron a circunscripciones, correspondientes a las provincias de España , asignándose a cada una un mínimo inicial de dos escaños y distribuyéndose los 248 restantes en proporción a su población. A Ceuta y Melilla se les asignaron los dos escaños restantes, que fueron elegidos mediante votación plural . [1] [3] El uso del método D'Hondt podría dar como resultado un umbral efectivo más alto, dependiendo de la magnitud del distrito . [4]
Como resultado de la asignación antes mencionada, cada circunscripción plurinominal del Congreso tenía derecho a los siguientes escaños: [5]
Para el Senado, se eligieron 208 escaños mediante un sistema de votación en bloque parcial de lista abierta , en el que los electores votaban por candidatos individuales en lugar de por partidos. En los distritos electorales que eligen cuatro escaños, los electores podían votar hasta por tres candidatos; en los de dos o tres escaños, hasta dos candidatos; y para un candidato en distritos uninominales. A cada una de las 47 provincias peninsulares se le asignaron cuatro escaños, mientras que para las provincias insulares, como las Islas Baleares y Canarias , los distritos eran las islas mismas, a las más grandes ( Mallorca , Gran Canaria y Tenerife ) se les asignaron tres escaños cada una, y a las más pequeñas. — Menorca , Ibiza – Formentera , Fuerteventura , La Gomera , El Hierro , Lanzarote y La Palma , uno cada uno. Ceuta y Melilla eligieron dos escaños cada una. Además, las comunidades autónomas podían nombrar al menos un senador cada una y tenían derecho a un senador adicional por cada millón de habitantes. [1] [3]
El mandato de cada cámara de las Cortes Generales (el Congreso y el Senado) expiró cuatro años a partir de la fecha de su elección anterior, a menos que se disolvieran antes. El decreto electoral debía emitirse a más tardar el vigésimo quinto día anterior a la fecha de expiración del parlamento y publicarse al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), teniendo lugar la jornada electoral entre el día cincuenta y cuatro y el sexagésimo día desde su publicación. Las elecciones anteriores se celebraron el 29 de octubre de 1989, lo que significaba que el mandato de la legislatura expiraría el 29 de octubre de 1993. El decreto electoral debía publicarse en el BOE a más tardar el 5 de octubre de 1993, teniendo lugar las elecciones el sexagésimo día. desde su publicación, fijando la última fecha posible para las elecciones de las Cortes Generales el sábado 4 de diciembre de 1993. [3] [6]
El primer ministro tenía la prerrogativa de disolver ambas cámaras en cualquier momento dado, ya sea de forma conjunta o por separado, y convocar elecciones anticipadas , siempre que no estuviera en trámite ninguna moción de censura , no estuviera en vigor ningún estado de emergencia y no se produjera la disolución. antes de que hubiera transcurrido un año desde el anterior. Además, ambas cámaras debían disolverse y convocarse nuevas elecciones si un proceso de investidura no lograba elegir a un primer ministro dentro de un período de dos meses a partir de la primera votación. [1] Salvo esta excepción, no existía ningún requisito constitucional para elecciones simultáneas para el Congreso y el Senado. Aún así, hasta 2024 no ha habido precedentes de elecciones separadas bajo la Constitución de 1978.
Las Cortes Generales fueron disueltas oficialmente el 13 de abril de 1993 tras la publicación del decreto de disolución en el BOE, fijando la fecha de las elecciones para el 6 de junio y programando que ambas cámaras se volvieran a reunir el 29 de junio. [5]
Las siguientes tablas muestran la composición de los grupos parlamentarios en ambas cámaras en el momento de la disolución. [7] [8]
La ley electoral permitía a los partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presentar listas de candidatos. Los partidos y federaciones que tuvieran la intención de formar una coalición antes de las elecciones debían informar a la Comisión Electoral correspondiente dentro de los diez días siguientes a la convocatoria de las elecciones, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos el uno por ciento del electorado en los distritos electorales para los cuales buscaron la elección, impidiendo a los electores firmar por más de una lista de candidatos. [3]
A continuación se muestra una lista de los principales partidos y alianzas electorales que participaron en las elecciones: