Constitución de la República de Guatemala
La Constitución de Guatemala es la ley suprema de la República de Guatemala . Establece las bases para la organización del gobierno guatemalteco y describe los tres poderes principales del gobierno guatemalteco: poder ejecutivo , poder legislativo y poder judicial .
Historia
Para la actual Constitución de la República es necesario conocer su historia, la cual es la siguiente:
- 1824: Se decreta el 22 de noviembre de 1824 la Constitución de la República Federal de Centroamérica por la Asamblea Nacional Constituyente, la primera en Centroamérica.
- 1825: Se promulgó el 11 de octubre de 1825, la primera Constitución Política del Estado de Guatemala, entrando también en vigor ese mismo año.
- 1879: Se promulga el 11 de diciembre de 1879, el Acta Constitutiva de la República de Guatemala, la segunda de Guatemala y la primera de la República, teniendo además varias reformas a lo largo de su vigencia.
- 1921: Se promulga el 9 de septiembre de 1921 la Constitución Política de la República Federal de Centroamérica (que comprende los estados de Guatemala, El Salvador y Honduras) y entra en vigor el 1 de octubre de 1921 la Constitución Política de 1921, siendo esta la segunda en Centroamérica. [1] [ enlace muerto permanente ]
- 1945: Se adopta el 11 de marzo de 1945 y entra en vigor el 15 de marzo de 1945, la Constitución de 1945. [2] [ enlace muerto permanente ]
- 1956: Se aprobó el 2 de febrero de 1956 y entró en vigor el 1 de marzo de 1956 la Constitución de 1956. [3] [ enlace muerto permanente ]
- 1965: Se adopta el 15 de septiembre de 1965 y entra en vigor el 5 de mayo de 1966, la Constitución de 1965. [4] [ enlace muerto permanente ]
- 1985: Aprobada el 31 de mayo de 1985 y entra en vigor el 14 de enero de 1986, la actual Constitución Política de la República de Guatemala por la Asamblea Nacional Constituyente [5] [ enlace muerto permanente ] .
- 1993 : Se reforma la Constitución el 17 de noviembre de ese año, tras el derrocamiento del entonces Presidente de la República de Guatemala Jorge Antonio Serrano Elías .
- 1999 : Se realiza un referéndum para reformar nuevamente la Constitución, dicho proyecto de reforma no es aprobado en dicha consulta.
Provisiones
La Constitución de la República de Guatemala de 1985 se divide jurídicamente en tres partes:
- Parte Dogmática : Artículos 1 al 139. Considerados la parte más importante de la Carta, estos artículos enumeran los derechos y libertades fundamentales.
- Parte Orgánica : Artículo 140 al artículo 262. Estos artículos establecen la Organización del Estado y el Organismo Estatal, que son:
- Órgano legislativo (Artículo 157 al artículo 181)
- Agencia Ejecutiva (Artículo 182 al Artículo 202)
- Poder Judicial (Artículo 203 al artículo 222)
Así como las entidades autónomas y descentralizadas - Parte procesal, pragmática o práctica : Garantiza los mecanismos establecidos para hacer efectivos los derechos consagrados en la Constitución, en defensa del orden constitucional.
Preámbulo
El preámbulo de la actual Constitución de la República es:
Invocando el nombre de Dios
Nosotros, los representantes del pueblo de Guatemala, elegidos libre y democráticamente, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente para organizar jurídica y políticamente el Estado; afirmando la primacía de la persona humana como sujeto y fin del orden social; reconociendo a la familia como génesis primaria y fundamental de los valores espirituales y morales de la sociedad y del Estado, encargada de promover el bien común, la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz; inspirados en los ideales de nuestros antepasados y recogiendo nuestras tradiciones y patrimonio cultural; decididos a promover el pleno goce de los derechos humanos dentro de un orden institucional estable, permanente y popular, donde gobernantes y gobernados procedan con absoluto apego a la ley.
Decretamos, Sancionamos y Promulgamos Solemnemente
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Constitución de la República de Guatemala
Estructura
- Título I: De la persona humana, fin y deberes del Estado (arts. 1-2)
- Capítulo primero (arts. 1 y 2)
- Título II: Derechos Humanos (arts. 3 a 139)
- Capítulo I: Derechos individuales (arts. 3-46)
- Capítulo II: Derechos sociales (arts. 47–134)
- Sección Uno: Familia
- Sección dos: Cultura
- Sección tres: Comunidades indígenas
- Sección cuatro: Educación
- Sección quinta: Universidades
- Sección Sexta: Deporte
- Sección Siete: Salud, Seguridad y Bienestar
- Sección Ocho: Trabajo
- Sección Novena: Trabajadores del Estado
- Sección Décima: Régimen Económico y Social
- Capítulo III: Deberes y derechos civiles y políticos (arts. 135–137)
- Capítulo IV: Limitación de los derechos constitucionales (arts. 138-139)
- Título III: Del Estado (arts. 140-151)
- Capítulo I: Del Estado y su forma de gobierno (arts. 140–143)
- Capítulo II: Nacionalidad y ciudadanía (arts. 144–148)
- Capítulo III: Relaciones internacionales del Estado (arts. 149–151)
- Título IV: Poder público (arts. 152–222)
- Capítulo I: Ejercicio de la autoridad pública (arts. 152-156)
- Capítulo II: Poder legislativo (artículos 157 a 181)
- Sección Primera: El Congreso
- Sección Segunda: Poderes del Congreso
- Sección Tercera: Ley de Entrenamiento y Castigo
- Capítulo III: Órgano ejecutivo (arts. 182 a 202)
- Sección Primera: Del Presidente de la República
- Sección Segunda: Vicepresidente
- Sección Tercera: Ministros de Estado
- Capítulo IV: Poder Judicial (arts. 203–222)
- Sección Primera: Disposiciones Generales
- Sección Segunda: Corte Suprema
- Sección Tercera: Tribunales de Apelación y otros tribunales
- Título V: Estructura y organización del Estado (arts. 223-262)
- Capítulo I: Del sistema de elección política (arts. 223)
- Capítulo II: Régimen Administrativo (arts. 224–231)
- Capítulo III: Junta de Control y Supervisión (arts. 232–236)
- Capítulo IV: Régimen financiero (arts. 237–243)
- Capítulo V: Ejército (artículos 244-250)
- Capítulo VI: Del Ministerio Público y del Ministerio Público (arts. 251-252)
- Capítulo VII: Régimen municipal (arts. 253–262)
- Título VI: Garantías Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional (arts. 263–276)
- Capítulo I: Exposición personal (arts. 263-264)
- Capítulo II: Del amparo (art. 265)
- Capítulo III: Inconstitucionalidad de las leyes (arts. 266-267)
- Capítulo IV: Constitucionalidad de los Tribunales (arts. 268-272)
- Capítulo V: Comisión y Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos (arts. 273–275)
- Capítulo VI: Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad (art. 276)
- Título VII: De las reformas a la Constitución (arts. 277–281)
- Capítulo primero (arts. 277–281)
- Título VIII: Disposiciones Transitorias y Finales (arts. 1 a 27)
- Capítulo Primero: Disposiciones Transitorias y Finales (arts. 1 a 27)
Proceso de enmienda
La Constitución de la República de Guatemala es de clase mixta, pudiendo ser reformada en parte por el Congreso de la República de Guatemala y en parte por la Asamblea Nacional Constituyente. La Constitución de la República de Guatemala que se reforma se fundamenta del artículo 277 al artículo 281 de la misma ley suprema.
Métodos de reforma
Iniciativas para proponer reformas a la Constitución:
- El Presidente de la República en Consejo de Ministros
- Diez o más diputados al Congreso de la República
- El Tribunal Constitucional
- El pueblo, mediante petición al Congreso, no menos de cinco mil ciudadanos debidamente inscritos en el Registro de Ciudadanos.
En cualquiera de los casos anteriores, el Congreso deberá resolver el asunto planteado sin dilación alguna.
Principios constitucionales
- Principio de la supremacía de la Constitución
- Artículo 44 último párrafo
- Artículo 175
- Artículo 204
- Principio de jerarquía
- Artículo 9 de la Ley del Poder Judicial
- 1. Asamblea Nacional Constituyente
- La Constitución de la República de Guatemala
- La Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad
- La Ley de Orden Público
- Ley Electoral y de Partidos Políticos
- Ley del Pensamiento
- 2. Poder legislativo
- Decretos del Congreso de la República de Guatemala
- Código civil
- Código penal
- Código Civil y Comercial
- Código de Procedimiento Penal
- Código de trabajo
- Código de Comercio de Guatemala
- Código municipal
- 3. Derecho consuetudinario y estatutario
- Acuerdos Gubernamentales creados por el Presidente de la República de Guatemala, instituciones autónomas y descentralizadas
- 4. Individualizado
- Son las resoluciones, contratos o sentencias que afectan a una persona o grupo de personas determinadas.
Iniciativa de ley
El artículo 174 de la Constitución dice que la formación de la legislación corresponde a las siguientes instituciones:
- El Congreso de Guatemala .
- La Agencia Ejecutiva.
- La Corte Suprema de Justicia.
- La Universidad de San Carlos de Guatemala.
- El Tribunal Supremo Electoral.
Organismos autónomos regulados en la Constitución
Clases de derechos humanos
- 1. Derechos de la primera generación
- Individuo (Civil): Arts. 3-46 .
- Artes cívicas y políticas. 135-139 .
- 2. Derechos de segunda generación
- Artes Sociales y Culturales. 47-134 .
- 3. Derechos de la tercera generación
- Derechos ambientales
- Derechos de Información: Art. 44 .
- Tratados internacionales
Véase también
Wikisource tiene un texto original relacionado con este artículo:
Constitución de Guatemala
Referencias
Enlaces externos
- Constitución de Guatemala. Texto completo de Wikisource . (en español)