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Columna de piedra vibratoria

Las columnas de piedra vibratoria o pilares de agregados son una serie de pilares de piedra triturada colocados con una herramienta vibratoria en el suelo debajo de una estructura propuesta. Este método de mejora del terreno también se llama reemplazo de vibro . Estas técnicas aumentan la capacidad de carga y el drenaje del suelo al tiempo que reducen el potencial de asentamiento y licuefacción . Se hacen columnas de piedra en el área a mejorar en un patrón de cuadrícula triangular o rectangular. Se han utilizado en Europa desde la década de 1950 y en Estados Unidos desde la década de 1970. [1] La profundidad de la columna depende de los estratos locales del suelo y generalmente penetra en suelos débiles.

Durante la construcción, una herramienta vibratoria suspendida de una grúa penetra hasta la profundidad prevista por su propio peso y vibraciones. Es posible que sea necesario realizar una perforación previa en suelos densos o puede usarse para reducir la cantidad de desplazamiento del suelo durante la instalación. La piedra triturada se introduce en el agujero mediante uno de dos métodos. En el método de fondo seco, un tubo conectado al vibrador le suministra piedra directamente. En el método de la parte superior húmeda, los chorros de agua ubicados en la punta del vibrador crean un espacio anular alrededor del vibrador a través del cual se introduce la piedra desde la parte superior.

La sonda vibratoria rompe los poros del suelo circundante, densificando así el suelo. La piedra que se vierte ocupa el lugar del suelo y mantiene la presión sobre el suelo creada por la sonda vibratoria. La piedra está formada por áridos gruesos triturados de varios tamaños. La proporción en la que se mezclarán las piedras de diferentes tamaños se decide según los criterios de diseño. El espaciado y el diámetro de las columnas también están determinados por los criterios de diseño.

Referencias

  1. ^ Diseño y construcción de columnas de piedra, volumen 1 (PDF) , Administración Federal de Carreteras , diciembre de 1983, p. 1