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cláusula pasarela

Una cláusula pasarela es una cláusula de los tratados de la Unión Europea que permite la alteración de un procedimiento legislativo sin una modificación formal de los tratados. El uso de una cláusula pasarela requería la unanimidad de todos los estados miembros, aunque los estados miembros con opciones de exclusión voluntaria y aquellos que no participan en un área bajo cooperación reforzada no pueden tener voto. A diferencia de la revisión formal de tratados, su uso no requiere ratificación nacional. Passerelle en francés significa "puente pequeño".

Cláusulas generales

A partir de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa , existen dos cláusulas pasarela generales que se aplican a toda la toma de decisiones en virtud de los tratados. Están sujetos a las siguientes condiciones previas:

Siempre que se cumplan las condiciones previas, el Consejo Europeo , por unanimidad [2], podrá:

Cláusulas específicas

Hay otras seis cláusulas específicas. [3] Estas se aplican a áreas políticas específicas y pueden ser más fáciles de adoptar que las cláusulas generales, ya que requieren menos condiciones previas. En cuatro de ellos es el Consejo de Ministros y no el Consejo Europeo el que puede tomar la decisión de utilizar la cláusula. El Parlamento Europeo no tiene ningún papel en cuatro de las cláusulas y se limita a ser consultado en las otras dos. Sólo en uno de ellos se conserva el veto parlamentario nacional.

El Consejo Europeo actúa solo
Cooperación mejorada
dentro de esa cooperación reforzada.

La decisión la toman por unanimidad los estados miembros participantes en el Consejo de Ministros. En caso de que se proponga pasar de una legislación especial a una legislativa ordinaria, se deberá consultar al Parlamento Europeo.

Consejo de Ministros a propuesta de la Comisión Europea previa consulta al Parlamento Europeo
Consejo de Ministros a propuesta de la Comisión Europea después de que ningún parlamento nacional se haya opuesto con un plazo de notificación de seis meses

Ver también

Referencias

  1. ^ El último párrafo del artículo 48, apartado 7, del Tratado de la Unión Europea (en su versión modificada).
  2. ^ Comité Selecto de abcdefg sobre la Unión Europea (26 de febrero de 2008). "Capítulo 3: Revisión del Tratado Simplificado y Pasarelas". Décimo Informe . Parlamento del Reino Unido . Consultado el 19 de julio de 2014 .
  3. ^ "Procedimientos legislativos". Europa . Comisión Europea . Consultado el 19 de julio de 2014 .

enlaces externos