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Cortes Catalanas

Las Audiencias Catalanas o Audiencia General de Cataluña ( catalán : Corts Catalanes o Cort General de Catalunya ) [1] fueron el órgano político y parlamentario del Principado de Cataluña desde el siglo XIII al XVIII.

Compuestas por el rey y los tres estamentos del reino , las Cortes Catalanas fueron fruto de la evolución territorial e institucional de la Corte Comtal de Barcelona, ​​y tomaron su forma institucional definitiva en 1283, según el historiador Tomás Bisson, y ha sido considerado por varios historiadores como un modelo de parlamento medieval. El académico Charles Howard McIlwain escribió que el Tribunal General de Cataluña tenía una organización mejor definida que los parlamentos de Inglaterra o Francia. [2] A diferencia de las Cortes de Castilla, que en su momento funcionaban principalmente como un órgano consultivo al que el rey concedía privilegios y exenciones, las Cortes Catalanas eran un órgano regulador, ya que sus decisiones tenían fuerza de ley, en el sentido de que las El rey no pudo revocarlas unilateralmente, siendo el primer parlamento de Europa que obtuvo oficialmente el poder de aprobar leyes, junto al monarca. [3] Es comparable a instituciones similares en toda Europa, como el Parlamento de Inglaterra y las Dietas ( en alemán : Landtage ) de las " tierras " alemanas.

Las Cortes Generales de la Corona de Aragón eran la reunión simultánea de las Cortes de Aragón , las Cortes de Valencia y las Cortes de Cataluña . El Reino de Mallorca no convocó Cortes y por ello envió sus representantes a las Cortes del Principado. Como las cortes no podían celebrarse fuera de Aragón ni del Principado, frecuentemente se celebraban en Monzón o en Fraga , localidades aragonesas equidistantes entre Zaragoza y Barcelona .

Las Cortes Catalanas se reunieron durante casi cinco siglos, hasta que fueron abolidas por los decretos de Nueva Planta de 1716. A partir de entonces las Cortes de Castilla funcionan como las Cortes unificadas de España, excepto en Navarra . A pesar de algunos intentos de restablecer las Cortes, Cataluña sólo recuperó una asamblea legislativa en 1932, en la forma del actual Parlamento de Cataluña .

Composición y procedimiento legislativo

Las Cortes estaban formadas por tres brazos (catalán: braços ), representantes de los tres estamentos del reino : el estamento militar ( Braç Militar ) que incluía a representantes de la nobleza, el estamento eclesiástico ( Braç Eclesiàstic ) que incluía a representantes de los religiosos jerarquía y el estamento real ( Braç Reial ) que contaba con representantes (conocidos como síndics ) de los municipios y aldeas. [4]

El brazo eclesiástico estaba presidido por el arzobispo de Tarragona y estaba integrado por los obispos catalanes, el prior de Cataluña de los Caballeros Hospitalarios , el castellano de Amposta , los abades con posesión de la abadía, los priores de conventos con capítulo, sin superior en el Principado y con imperio mer y mixto sobre sus vasallos, los comandantes de los Caballeros Hospitalarios (en principio) y los capítulos de las catedrales. Quedaron excluidos el bajo clero secular y las órdenes mendicantes .

El duque de Cardona era el presidente del brazo militar, siendo convocados a las Cortes los demás nobles titulares (marqueses, condes y vizcondes) así como los caballeros y otros nobles menores. No participaban quienes simplemente gozaban de privilegio militar (ciudadanos honrados de Barcelona y burgueses honrados de Perpiñán y doctores en derecho y medicina), sino sólo aquellos que tenían vasallos , aunque fueran plebeyos . A pesar del requisito de la naturalización catalana, los señores extranjeros con vasallos catalanes podían asistir a las Cortes.

Por el brazo real, presidido por el Consejero Mayor de Barcelona, ​​estaban compuestos por representantes ( síndics ) de las ciudades y villas bajo jurisdicción real directa con el privilegio consolidado de participar. La fuerza de la costumbre hacía que, si dejaban de hacerlo (normalmente por el coste económico que suponía) debían obtener nuevamente el derecho. Se excluyeron los asentamientos pertenecientes a castillos reales (lugares rurales) porque estaban formados por agricultores dispersos sin pueblo. Cada ciudad estuvo representada por un síndic, excepto Barcelona (cinco), Perpiñán (tres) y Lleida , Girona , Tortosa y Balaguer (dos). Los síndicos estaban atados a sus municipios por un mandato imperativo. Las comisiones municipales se encargaban de velar por el mandato a través de instrucciones específicas y contacto epistolar. Los síndicos no podían desobedecerlos aunque fuera por orden de un tercero, incluido el rey, y podían ser destituidos en caso de falta grave.

Las Cortes eran convocadas y presididas por el rey como conde de Barcelona [5] que se abría con una proclama real mientras los estamentos se encargaban de legislar, siempre con el apoyo del soberano. Si las leyes que se aprobaban procedían del rey recibían el nombre de " Constituciones " ( Constitucions ), si procedían de los estamentos, "Capítulos de Corte" ( Capítols de Cort ). Si el rey aprobaba una ley unilateralmente se llamaba "Actos de Corte" ( Actes de Cort ) y requería ratificación por las Cortes.

Historia

Orígenes

Fernando II de Aragón en su trono flanqueado por dos escudos con el emblema del sello real. Frontis de una edición de 1495 de las Constituciones catalanas. [6]

El origen de las Cortes Catalanas se sitúa en la Cort Comtal (Juzgado del Condado) de Barcelona, ​​c.  1000 y siguió el modelo de la Curia regis franca , y también siguió la tradición de las reuniones de Paz y Tregua que a partir de 1021 se reunían para discutir y acordar el fin de las guerras y la violencia feudal. Uno de los primeros precedentes de las Cortes Catalanas data de 1192, año en el que los vecinos participaron por primera vez en la reunión de Paz y Tregua . El primer código jurídico catalán, los Usos de Barcelona , ​​fue promulgado por el conde Ramon Berenguer I a partir de las decisiones de estas asambleas.

El poder financiero y militar de los condes de Barcelona fue bastante limitado debido al impacto de la revolución feudal durante la regencia de la condesa Ermesinde de Carcasona (1018-1044). Sus recursos personales eran particularmente insuficientes en períodos de crisis económica o expansión militar, de los cuales fueron muchos entre los siglos XII y XV. La necesidad de conseguir tropas e ingresos llevó a la constante expansión de la corte del Conde de Barcelona. Tras la formación de la Corona de Aragón en 1164 mediante la unión dinástica del Condado de Barcelona y el Reino de Aragón, pasó a ser Real Audiencia.

La Real Audiencia de 1214 fue convocada por el legado papal, el cardenal Pedro de Benevento, en el Castillo de la Suda, en Lleida , y respondía a la necesidad de arreglar la confusa situación que vivía el país tras la muerte del rey Pedro de Aragón en la batalla de Muret (1213) y el inicio del reinado de su hijo Jaime I que sólo tenía seis años. El nuevo rey de Aragón y conde de Barcelona prestó juramento ante prelados y magnates de la curia real, representantes de ciudades y pueblos. En tiempos de Jaime I (1208-1276), se reunían convocados por el rey como representante de las clases sociales de la época. El Tribunal de 1218 es el primero que puede considerarse un Tribunal General, porque en 1214 faltaba representación de los municipios y sólo se debatía un tema concreto. [7]

Tribunales Regulados

Bajo el reinado de Pedro el Grande (1276-1285), las Cortes Catalanas tomaron forma institucional.

Tribunales de 1283

En las Cortes celebradas en Barcelona en 1283, el rey se vio obligado a celebrar una Corte General una vez al año, con participación representativa de la época, para discutir el bien del Estado y la reforma agraria. El propio rey afirmó: «Volem, statuïm e ordenam: que si nós o los Successors nostres constitutió alguna general o statut fer volrem en Cathalunya, aquella o aquell façam de approbatió e consentiment dels prelats, dels barons, dels cavallers e dels ciutadans de Cathalunya. , o ells apellats, de la major e de la pus sana part de aquells» . [8] (del catalán : "Queremos, estatuamos y ordenamos: si nosotros y nuestros sucesores queremos hacer alguna constitución o estatuto general en Cataluña, los someteremos a la aprobación y consentimiento de los prelados, de los barones, de los caballeros y de los ciudadanos o, de aquellos apelados, de la mayor y más sana parte de éstos."). Aquella decisión supuso un cambio radical en el procedimiento legislativo del Principado: las Cortes Catalanas se convirtieron oficialmente en un órgano legislativo ya que el rey necesitaría el consentimiento de las Cortes para aprobar la legislación. [3]

Tribunales de 1289

Sello de la Diputación General del Principado de Cataluña a finales del siglo XV representando a su patrón portando el escudo de la Cruz de San Jorge que eran las armas de la Generalitat de Cataluña. En el pie de foto: S(igillum): CORTIUM: ET: PARLAMENTORUM: GENERALIUM: PRINCIPATUS: CATHALONIE ( Sello de las Cortes y del Parlamento del Principado de Cataluña ) [9]

En las Cortes celebradas en Monzón en 1289 se nombró una delegación de la Audiencia General como consejo permanente para cobrar el "servicio" o tributo que las armas concedían al rey a petición de éste. Posteriormente, esta daría origen a la Diputación de la Generalidad o Generalitat de Cataluña, en el siglo XIV. Su regulación también sirvió para crear en el siglo XV la Generalitat Valenciana (1418).

Tribunales de 1358

En las Cortes de 1358-1359, celebradas en Barcelona, ​​Vilafranca del Penedès y Cervera bajo el rey Pedro IV , Castilla invadió los reinos de Aragón y Valencia. Esto provocó una serie de conflictos armados que supusieron gastos considerables para la Corona de Aragón . Esta circunstancia impulsó a las Cortes a nombrar doce diputados con poderes ejecutivos en materia tributaria y unos oïdors de comptes ("auditores de cuentas") que controlaban la administración, constituyendo la Diputación del General (catalán: Diputació del General ), más tarde conocida como " Generalitat", bajo la autoridad de Berenguer de Cruïlles , obispo de Girona , a quien se considera el primer Presidente de la Generalitat . [10]

Tribunales de 1480

En estas Cortes, las primeras de Fernando II el Católico , se resolvieron muchas cuestiones que quedaron pendientes tras la Guerra Civil Catalana (1462-1472): el papel de la Diputación del General, el pactismo y la devolución de propiedades. Estos dos últimos puntos se materializaron en el reconocimiento de una derrota compartida por ambos bandos, con más foco en buscar la reconstrucción del país que en la represión de los derrotados. En estas Cortes se aprobó el capítulo Poc valdría , posteriormente llamado "Constitución de la Observancia" ( Constitució de l'Observança ), en el que se recoge la obligación del rey de cumplir y respetar las constituciones de Cataluña. El capítulo encargó a la Diputación del General velar por su cumplimiento, tanto por parte del rey como de sus oficiales, y le autorizó a revocar cualquier orden inconstitucional. Se considera una pieza clave del pactismo catalán.

Historia moderna temprana

dinastía de los Habsburgo

En 1519, las Cortes se reunieron en Barcelona para reconocer al primer monarca unificado de todas las coronas de Castilla y Aragón (que dio lugar a la Monarquía compuesta de España ), Carlos I , y para discutir la concesión de ayuda financiera a la corte real. Fue durante la estancia del rey en Barcelona cuando recibió la noticia de que Carlos había sido elegido emperador del Sacro Imperio Romano Germánico con el nombre de Carlos V. [11]

Durante la época de los Austrias , las Cortes catalanas eran cada vez menos convocadas a causa de un supuesto freno al poder absoluto del rey. Por tanto, la Generalitat, como organismo encargado de velar por el cumplimiento de las constituciones de Cataluña , ganó en fuerza y ​​protagonismo. Para solucionar la falta de representación y asesorarse en los problemas del Principado, la Generalitat convocaba frecuentemente la Junta de Brazos (Estados Generales), una asamblea no legislativa compuesta por miembros de las Cortes Catalanas que en ese momento se encontraban en Barcelona. . [12]

Durante el reinado de Felipe IV (1621-1665) surgen tensiones entre las instituciones catalanas y la Monarquía. En las Cortes de 1626 el rey intentó aprobar la propuesta de Unión de Armas diseñada por su primer ministro Gaspar de Guzmán, conde-duque de Olivares , exigiendo una contribución militar de todos los reinos de la Corona española, incluido el Principado de Cataluña. Sin embargo, las Cortes nunca llegaron a concluir, debido a la oposición de los estamentos a las medidas de Olivares, muchas de las cuales eran contrarias a las constituciones catalanas. Esos acontecimientos, unidos al creciente malestar entre la población catalana, desembocaron en la Guerra de los Segadores (1640-1652).

Últimos Tribunales y supresión

Propuesta de convocatoria de las últimas Cortes Catalanas (1705-1706) por el disputado rey de Habsburgo Carlos III.

En Barcelona se celebraron en 1705-1706 las últimas Audiencias Generales de Cataluña, presididas por el disputado rey de Habsburgo Carlos III , que, según el historiador Joaquim Albareda, supusieron un avance importante en la garantía de los derechos individuales, civiles y políticos (entre ellos, el establecimiento del secreto de la correspondencia ), [13] al tiempo que consolidaron la mayor parte de las reformas constitucionales de las últimas Cortes anteriores (1701-1702) como el Tribunal de Contravenciones (catalán: Tribunal de Contrafaccions ), creado en para velar por la aplicación de las constituciones y resolver y perseguir cualquier acto (incluidos los realizados por el rey o sus funcionarios) contrario a la legislación catalana.

El organismo fue suprimido, como la mayoría de las demás instituciones y derecho público del Principado de Cataluña, tras el final de la Guerra de Sucesión Española en 1714, por los decretos de Nueva Planta de 1716 promulgados por el nuevo rey español, el Borbón Felipe V. , esencialmente estableciendo un sistema absolutista de gobierno inspirado en el francés. A partir de ese momento, los representantes de Cataluña, Aragón y Valencia quedaron incorporados a las Cortes de Castilla que, a diferencia de las suprimidas Cortes de los reinos de la Corona de Aragón, funcionaron principalmente como órgano consultivo.

El actual Parlamento de Cataluña , constituido en 1932 como órgano legislativo de la Generalitat de Cataluña (institución catalana de autogobierno), es considerado el sucesor histórico de las Cortes. [14]

Ver también

Referencias

  1. ^ Désirée Kleiner-Liebau (2009). Migraciones y construcción de la identidad nacional en España. Editorial Iberoamericana. pag. 68.ISBN​ 9788484894766.
  2. Joaquim Albareda , "Estat i nació a l'Europa moderna"
  3. ^ ab Sánchez 2004, pag. 92.
  4. ^ "Parlamento de Cataluña - Las "Cortes generales" o Parlamento de Cataluña". Representante electrónico . Consultado el 21 de enero de 2013 .
  5. Verde i Llorente, J. (2019). "General o Generalitat, Cort general i república. El Principat de Catalunya fins a 1714 en comparació als altres regnes d'Espanya i d'Europa", Res Publica 22.2, 365–392 [385].
  6. Guillermo Fatás y Guillermo Redondo (1995). "Blasón de Aragón: el escudo y la bandera". Zaragoza: Diputación General de Aragón. págs. 101-102. Archivado desde el original el 31 de enero de 2012.
  7. ^ Ferro 1987, pag. 186
  8. ^ "Las Cortes Catalanas y la primera Generalidad medieval (s. XIII-XIV)". Archivado desde el original el 19 de octubre de 2010 . Consultado el 21 de enero de 2013 .
  9. Alberto Montaner Frutos (1995). El señal del rey de Aragón: Historia y significado (El símbolo del rey de Aragón: Historia y significado) (en español). Zaragoza: Institución Fernando el Católico. pag. 156 figura. 68.ISBN 84-7820-283-8.
  10. ^ Adam J. Kosto (2001). Hacer acuerdos en la Cataluña medieval: poder, orden y palabra escrita, 1000-1200. Prensa de la Universidad de Cambridge. ISBN 978-0-521-79239-4. Consultado el 21 de enero de 2013 .
  11. ^ Fernández Álvarez, Manuel (2001). Carlos V, el César y el hombre . Barcelona: Círculo de Lectores. págs. 102-113.
  12. ^ Ferro 1987, págs. 286–288
  13. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700–1714) . págs. 182-183.
  14. ^ Historia del Parlamento de Cataluña. parlament.cat

Bibliografía