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Vacío (ley)

En derecho , nulo significa sin efecto jurídico. Una acción, documento o transacción nula no tiene ningún efecto jurídico: es una nulidad absoluta: la ley la trata como si nunca hubiera existido ni sucedido. El término nulo ab initio , que significa “ser tratado como inválido desde el principio”, proviene de añadir la locución latina ab initio (desde el principio) como calificativo. Por ejemplo, en muchas jurisdicciones donde una persona firma un contrato bajo coacción , ese contrato se considera nulo ab initio . La frecuente combinación "nula de pleno derecho" es un doblete jurídico .

El término se utiliza con frecuencia en contraposición a los términos " anulable " e " inexponible ".

Definiciones

El Diccionario de Derecho de Black define "nulo" como: [1]

Vacío. Nulo; ineficaz; ineficaz; sin fuerza legal ni efecto vinculante; incapaz, jurídicamente, de sustentar el fin para el que fue destinado.

En el caso de un contrato, esto significa que no existe obligación legal, por lo tanto no puede haber incumplimiento de contrato ya que el contrato es nulo, pero puede haber un contrato implícito que requiere que el destinatario de los bienes o servicios prestados pague su valor razonable. . [2]

El Diccionario Black continúa definiendo 'nulo ab initio ' como: [ cita necesaria ]

Anulación ab initio. Un contrato es nulo desde el principio si infringe gravemente la ley o el orden público, a diferencia de un contrato que es simplemente anulable a elección de una de las partes.

En términos prácticos, "nulo" suele usarse en contraposición a " anulable " e " inexponible ", siendo la principal diferencia que una acción que es anulable sigue siendo válida hasta que se evita .

Significado

La importancia de esto suele radicar en la posibilidad de que se adquieran derechos de terceros de buena fe. Por ejemplo, en Cundy v Lindsay (1878), un estafador que usaba el nombre de Blenkarn se hizo pasar por un minorista e indujo a Lindsay & Co a que le entregara 250 docenas de pañuelos de lino. Blenkarn luego vendió los pañuelos a un tercero inocente, Cundy, pero a Lindsay nunca le pagaron. Lindsay, reclamando la propiedad de los pañuelos, demandó a Cundy por su devolución. Si el contrato de venta a Blenkarn se considerara anulable por fraude, Lindsay & Co sólo tendría recurso contra el insolvente Blenkarn. Sin embargo, si (como se sostuvo) el contrato de venta era nulo ab initio , entonces el título no pasó de Lindsay a Blenkarn en primer lugar, y Lindsay podría reclamar los pañuelos de Cundy como su propiedad. A Cundy sólo le quedó un reclamo contra el insolvente Blenkarn.

En todos los casos, los terceros involucrados con mala fe en contratos nulos o anulables no sólo quedan afectados por la nulidad, sino que también pueden ser responsables de los daños y perjuicios legales.

Sin embargo, se puede perder el derecho a evitar una transacción anulable (generalmente se pierde por demora). A veces se les denomina "prohibiciones de rescisión ". Tales consideraciones no se aplican a las materias afectadas por la nulidad absoluta, o nula ab initio .

Ver también

Referencias

  1. ^ "Vacío". Diccionario de derecho de Black , 2.ª edición.
  2. ^ Contralor General de EE. UU., B-211213: Departamento de Trabajo - Solicitud de decisión anticipada, publicado el 21 de abril de 1983, consultado el 1 de septiembre de 2022.