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Paradoja de Zelder

En economía , la paradoja de Zelder es la observación de Martin Zelder de que es más probable que se produzca un divorcio que reduzca el bienestar cuando una pareja ha invertido sus esfuerzos en el amor y los hijos en lugar de en el dinero, las posesiones y el sexo. Se considera que el divorcio reduce el bienestar cuando el deseo de uno de los cónyuges de seguir casado es mayor que el deseo del otro de obtener el divorcio. En esta situación, el divorcio reducirá el bienestar combinado de la pareja y, por lo tanto, podría considerarse destructivo del bienestar general. [1]

La negociación en el matrimonio

Si un cónyuge valora el matrimonio más de lo que el otro valora el divorcio, entonces (como sugiere el Teorema de Coase ) se esperaría que el cónyuge que quiere seguir casado ofrezca al otro una mayor parte de los bienes conyugales existentes. Esta oferta sería lo suficientemente grande como para asegurar que ambos cónyuges prefieran el matrimonio al divorcio. Sin embargo, para que sea aplicable, el Teorema de Coase requiere un comercio sin fricciones entre las partes. En el matrimonio, algunos bienes son difíciles de comerciar. [2] Un ejemplo son los llamados bienes públicos conyugales , que se producen dentro de un matrimonio y benefician a ambos miembros de la pareja, pero también tienen la característica de que un cónyuge no puede excluir al otro de disfrutarlos. Si un cónyuge no puede excluir al otro de disfrutar de un bien, entonces ese cónyuge no puede amenazar con retener o aumentar la producción del mismo, y por lo tanto el bien no puede usarse en la negociación marital. Si una parte significativa de la riqueza marital está en forma de bienes públicos, entonces la negociación puede no ser capaz de salvar un matrimonio, aunque un divorcio causaría mayor infelicidad general que permanecer casado. Zelder cita a Gary Becker como uno de los creadores de la idea de utilizar herramientas económicas para analizar la negociación en el matrimonio y el potencial de los bienes públicos matrimoniales para causar ineficiencia [3] [4] [5]

Los hijos y el amor como bienes públicos conyugales

Un tipo de bien público conyugal es el disfrute de los hijos. [2] [6] Si ambos cónyuges se preocupan por el bienestar de sus hijos, entonces un niño feliz beneficiará a ambos padres, y ninguno de los cónyuges puede impedir que el otro disfrute de este beneficio. Algunos de los beneficios asociados con los hijos son privados, por ejemplo, el tiempo que un cónyuge pasa con un hijo mientras el otro cónyuge queda excluido. [7] Si el amor de los cónyuges entre sí es en gran medida un bien público (dentro del matrimonio), entonces tampoco puede usarse para negociar la salvación de un matrimonio. [7]

La paradoja

Zelder describe dos aspectos de la paradoja. En primer lugar, los matrimonios pueden terminar en divorcio incluso cuando el bienestar conjunto de la pareja se vería afectado por el divorcio. En segundo lugar, cuanto más esfuerzo ponga una pareja en las actividades que normalmente se consideran más centrales para el matrimonio, como el amor y la crianza de los hijos, más probable es que se produzca un divorcio que no sea óptimo. Parece extraño que la probabilidad de este resultado sea mayor cuando un matrimonio se basa en el amor y los hijos en lugar de cuestiones más prosaicas como el dinero, el sexo o las tareas del hogar. El factor clave descrito por Zelder es que cuando los beneficios del matrimonio no son públicos, como el tiempo dedicado a las tareas del hogar, el sexo o las transferencias de ingresos, entonces los cónyuges pueden retenerlos u ofrecer aumentarlos para salvar el matrimonio. Sin embargo, los bienes públicos no se pueden retener y, por lo tanto, no se pueden utilizar para negociar. [7]

Evidencia

Zelder encuentra evidencia que apoya la paradoja de Zelder en las tasas de divorcio más altas para parejas con hijos en estados con leyes de divorcio sin culpa . [2] Los 50 estados de EE. UU. ahora tienen divorcio sin culpa. [8] Pero durante la década de 1970 las leyes de divorcio diferían significativamente según el estado. (En un régimen de divorcio por culpa, la presencia de bienes públicos maritales no tiene efecto sobre la probabilidad de divorcio, porque la negociación conyugal se produce dentro del divorcio, no del matrimonio). En un régimen sin culpa, si solo uno de los cónyuges desea preservar un matrimonio, ese cónyuge necesita ganancias privadas (que pueden transferirse al otro) para tener éxito, y si una gran fracción de los bienes maritales son bienes públicos, dicha negociación será imposible. Zelder (1993) encontró evidencia de que las parejas cuyas ganancias para el matrimonio provenían desproporcionadamente de los niños tenían más probabilidades de divorciarse una vez que el estado en el que vivían cambió a un régimen sin culpa.

Influencia y reacciones

El trabajo de Zelder que describe la paradoja de Zelder ha sido citado en más de 30 publicaciones revisadas por pares según la Web of Science , con citas en los campos de la economía, el derecho y las políticas públicas. [9] [10] [11] [12] [13] La naturaleza contraintuitiva de la paradoja de Zelder se analiza en Ellman (1997). [14] Ellman sugiere que la ventaja de las esposas en la concesión de la custodia de los hijos después del divorcio puede reducir la motivación de los maridos para el divorcio, compensando el efecto identificado por Zelder. Zelder sostiene que el divorcio sin culpa a menudo iba acompañado de un movimiento hacia la custodia compartida en lugar de la custodia exclusiva por parte de la madre, y que este movimiento hace que sea más difícil para una madre amenazar a un marido con la pérdida total de los derechos parentales después de un divorcio. [15] Ellman también sugiere que las correcciones estadísticas podrían eliminar la significación estadística de los resultados empíricos de Zelder, pero no ofrece resultados empíricos contradictorios.

Referencias

  1. ^ Zelder, Martin (2008) “El costo social intrínseco de los bienes públicos: revisión (a la baja) del tamaño óptimo del gobierno”, Simposio de investigación sobre bienes públicos malos, Northwestern University, http://www.law.northwestern.edu/searlecenter/papers/Zelder_Social_Cost.pdf.
  2. ^ abc Zelder, Martin (1993) "Disoluciones ineficientes como consecuencia de bienes públicos: el caso del divorcio sin culpa", Journal of Legal Studies, vol. XXII, 503–520.
  3. ^ Becker, Gary (1981) Un tratado sobre la familia, Harvard University Press.
  4. ^ Becker, Gary (1973) Una teoría del matrimonio: Parte I, Journal of Political Economy 81, pág. 831-846.
  5. ^ Becker, Gary (1974) Una teoría del matrimonio: Parte II, Journal of Political Economy 82, pág. S11-S26.
  6. ^ Haddock, David y Polsby, Daniel (1996) "La familia como clasificación racional", Washington University Law Quarterly, vol. 74 (primavera).
  7. ^ abc Zelder, Martin (2009) "La economía esencial del amor", Teoria, vol. 29, 133–150.
  8. ^ http://blogs.consumerreports.org/money/2010/10/new-york-legal-no-fault-divorce-law-50-states-.html Consumer Reports. 13 de octubre de 2010.
  9. ^ Langlais, Eric (2010) "Sobre el divorcio unilateral y la hipótesis de la" selección de matrimonios "", Recherches Economiques de Louvain, vol. 76, núm. 3, 229–256.
  10. ^ Dnes, Antony (2007) "Matrimonio, cohabitación y matrimonio entre personas del mismo sexo", The Independent Review, vol. 12, núm. 1, 85–99.
  11. ^ Smith, Ian (2007) "Explicando el crecimiento del divorcio en Gran Bretaña", Scottish Journal of Political Economy, vol. 44, 519–544.
  12. ^ Bowles, Roger y Garoupa, Nuno (2003) "Disolución del hogar, cuidado infantil y derecho de divorcio", International Review of Law and Economics, vol. 22, 495–510.
  13. ^ Gordon, Robert (1998) "Los límites de los límites en el divorcio", Yale Law Journal, vol. 107, 1435–1465.
  14. ^ Ellman, Ira (1997) "El matrimonio como contrato, violencia oportunista y otros malos argumentos a favor del divorcio por culpa", University of Illinois Law Review, No. 3 719–772.
  15. ^ Zelder, Martin (1993) "El análisis económico del efecto de la ley de divorcio sin culpa en la tasa de divorcio", Harvard Journal of Law and Public Policy, vol. 16, núm. 1, 241–267.