En la legislación de la Unión Europea , los valores límite indicativos , más exactamente, los valores límite indicativos de exposición profesional (VLEPI), son límites de exposición humana a sustancias peligrosas especificados por el Consejo de la Unión Europea basándose en investigaciones y asesoramiento de expertos.
No son vinculantes para los Estados miembros , pero deben tenerse en cuenta a la hora de establecer límites nacionales de exposición laboral . Algunos Estados miembros ya tienen límites nacionales inferiores al IOELV y no están obligados a revisarlos al alza. En la práctica, la mayoría de los Estados miembros adoptan el IOELV, pero existen algunas variaciones al alza y a la baja. [1] [2]
En 1980 se introdujo por primera vez un sistema de límites máximos de exposición profesional (IOELV) mediante la Directiva 80/1107/CEE, pero la primera lista de 27 sustancias no se creó hasta la Directiva 91/322/CE de 1991. Los Estados miembros tenían hasta el 31 de diciembre de 1993 para aplicar límites nacionales. Esta primera lista fue modificada por la Directiva 2006/15/CE en 2006, que transfirió 10 de las 27 sustancias a un régimen regulador diferente. Se definió una segunda lista en la Directiva 96/94/CEE, pero fue derogada por la Directiva 2000/39/CE. [3]
En 1998, la Directiva 80/1107/CEE fue derogada y sustituida por un nuevo régimen en virtud de la Directiva sobre agentes químicos (Directiva 98/24/CE). La Directiva define el valor límite de exposición profesional como "el límite de la media ponderada en el tiempo de la concentración de un agente químico en el aire dentro de la zona de respiración de un trabajador durante un período de referencia especificado". [4] El artículo 3 de la Directiva condujo a la creación del Comité Científico de Valores Límite de Exposición Profesional para asesorar a la Comisión Europea . [5] [6] Posteriormente ha habido dos directivas que establecen más listas de VLEPI: 2000/39/CE y 2006/15/CE. A partir de 2008 [actualizar], los VLEPI de la Directiva 91/322/CE siguen en vigor, pero están siendo revisados. [7] Se espera una tercera lista de VLEPI, ahora en virtud de la Directiva 98/24/CE, en la primera mitad de 2008. [8]