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Unidad de Alta Seguridad

La Unidad de Alta Seguridad (HSU, por sus siglas en inglés) era una unidad de "control" para mujeres dentro del Centro Médico Federal en Lexington, Kentucky . En los menos de dos años que estuvo en funcionamiento, la HSU se convirtió en un foco de preocupación nacional e internacional por los abusos a los derechos humanos.

Fue inaugurada en 1986 por la Oficina Federal de Prisiones de Estados Unidos (BOP). Esta unidad especial de 16 celdas de aislamiento estaba aislada del resto de los presos en un sótano. Informes de distintas organizaciones de derechos humanos, incluida Amnistía Internacional, llamaron la atención sobre la existencia de la unidad y el trato inhumano que recibían los presos.

Condiciones

Los prisioneros de la HSU vivían bajo una luz artificial constante las 24 horas del día. Se les prohibía llevar objetos personales. La vigilancia por cámaras y por video registraba todas sus actividades. Hubo períodos en los que los guardias experimentaron con la privación del sueño: despertaban a los prisioneros cada hora durante la noche. Cuando los prisioneros presentaban quejas, los guardias comenzaban a despertarlos cada media hora. El contacto con el mundo exterior estaba severamente restringido: las visitas estaban limitadas. Los guardias masculinos realizaban frecuentes registros de cavidades, lo que según los informes era considerado "acoso sexual constante". [1]

En agosto de 1987, el Dr. Richard Korn, psicólogo clínico y experto en prisiones, publicó un informe para el Proyecto Nacional de Prisiones de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles ( ACLU, por sus siglas en inglés). El Dr. Korn llegó a la conclusión de que la HSU estaba diseñada para forzar la "conversión ideológica". [2]

Oposición política y jurídica

Un informe de la Iglesia Metodista Unida concluyó que el aislamiento extremo de la unidad era un castigo cruel e inusual. Un informe de 38 páginas de Amnistía Internacional afirmó que la HSU estaba violando las normas internacionales sobre el tratamiento de los presos. [3]

Se presentó una demanda en nombre de las prisioneras Silvia Baraldini y Susan Rosenberg . En ella se impugnaban las normas que permitían el aislamiento de las prisioneras en función de sus creencias o afiliaciones políticas. El juez de distrito de los Estados Unidos Barrington D. Parker dijo en su fallo que: "El tratamiento dado a las demandantes ha eludido los estándares elementales de la decencia humana. La seguridad exagerada, el aislamiento en grupos pequeños y el acoso del personal sirven para socavar constantemente la moral de las reclusas". [4] Ordenó a la Oficina de Prisiones que reescribiera sus normas y transfiriera a las prisioneras a la población carcelaria general. [5]

En respuesta a la creciente oposición, la Oficina de Prisiones cerró la instalación en 1988.

Presos

El centro nunca albergó a más de siete mujeres. Se las catalogó oficialmente como de “alto riesgo”, aunque ninguna de ellas fue condenada por un acto “violento” durante su estancia en prisión. [6] Algunas de ellas fueron elegidas por sus convicciones políticas radicales:

Véase también

Referencias

  1. ^ Rosenblatt, Elihu. Injusticia criminal: cómo afrontar la crisis carcelaria. South End Press , 1996. ISBN  0896085392. Pág. 322.
  2. ^ Jones, Charles. El Partido Pantera Negra (reconsiderado): reflexiones y estudios. Black Classic Press, 1998. ISBN 0-933121-96-2 . P. 433. 
  3. ^ Rosenblatt, Elihu. Injusticia criminal: cómo afrontar la crisis carcelaria. South End Press , 1996. ISBN 0896085392. Pág. 328. 
  4. ^ Juez prohíbe a EE.UU. aislar a presos por sus creencias políticas. The New York Times, 17 de julio de 1988. https://query.nytimes.com/gst/fullpage.html?res=940DE3D91F3BF934A25754C0A96E948260 Recuperado el 20 de noviembre de 2008
  5. ^ Jan Susler, “La Unidad de Alta Seguridad para Mujeres en Lexington, KY”, Yale Journal of Law and Liberation 31 (1989): 31-42.
  6. ^ Rodríguez, Dylan. Pasajes forzados: intelectuales radicales encarcelados y el régimen penitenciario de Estados Unidos. U of Minnesota Press, 2006. ISBN 0816645604 . P.189 

38°06′20″N 84°33′37″O / 38.10556, -84.56028