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Trop contra Dulles

Trop v. Dulles , 356 US 86 (1958), fue un caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el que la Corte dictaminó que era inconstitucional revocar la ciudadanía como castigo por un delito. La referencia del fallo a "la evolución de los estándares de decencia" se cita con frecuencia en la jurisprudencia de la Octava Enmienda .

Albert Trop era un ciudadano estadounidense por nacimiento que, mientras servía como soldado raso en el ejército de los Estados Unidos en 1944, escapó de una empalizada del ejército en Casablanca , Marruecos . Al día siguiente, se entregó voluntariamente a un oficial del ejército y fue llevado de vuelta a la base, donde posteriormente fue sometido a un consejo de guerra , declarado culpable de deserción y sentenciado a tres años de trabajos forzados , pérdida de salario y baja deshonrosa .

En 1952, Trop solicitó un pasaporte estadounidense , que le fue denegado porque el §401(g) de la Ley de Nacionalidad de 1940 establecía que los miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos que fueran condenados y dados de baja deshonrosamente por deserción en tiempos de guerra perderían su ciudadanía. [a]

Trop presentó una demanda en los tribunales federales de Estados Unidos solicitando una sentencia declaratoria de que era ciudadano estadounidense.

El tribunal de distrito de los Estados Unidos falló a favor del gobierno y el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito confirmó la decisión del tribunal de distrito. La Corte Suprema concedió el certiorari . El peticionario estuvo representado por Osmond K. Fraenkel .

Decisión

La Corte Suprema revocó la sentencia. La decisión, escrita por el presidente de la Corte Suprema Earl Warren , citó el caso Pérez v. Brownell . En el caso Pérez, la Corte había sostenido que la ciudadanía podía ser despojada en el ejercicio del poder de asuntos exteriores. Sin embargo, "la desnacionalización como castigo está prohibida por la Octava Enmienda ", describiéndola como "una forma de castigo más primitiva que la tortura", ya que inflige la "destrucción total del estatus del individuo en la sociedad organizada". Además, la Corte declaró que el significado de cruel e inusual en la Octava Enmienda debe cambiar con el tiempo y "debe extraer su significado de los estándares cambiantes de decencia que marcan el progreso de una sociedad en maduración".

Tras señalar que "las naciones civilizadas del mundo coinciden prácticamente por unanimidad en que la apatridia no debe imponerse como castigo por un delito", la Corte dice que algunos países permiten la expatriación de ciudadanos naturalizados que "se comportan en derogación de la lealtad nativa".

En su opinión, el juez Felix Frankfurter señaló que la deserción del ejército puede ser castigada con la pena de muerte , lo que le llevó a preguntar: "¿Es la dialéctica constitucional tan carente de razón que se pueda afirmar seriamente que la pérdida de la ciudadanía es un destino peor que la muerte?". Frankfurter señala que ese mismo día se decidió un caso que confirmaba la pérdida de la ciudadanía como consecuencia de casarse con un extranjero. Afirma que es "incongruente" que la pérdida de la ciudadanía sea "cruel e inusual" sólo cuando se impone como consecuencia de una conducta delictiva.

Lista de notas

  1. ^ Una enmienda de 1944 modificó la Ley de tal manera que un desertor perdería su ciudadanía sólo si, por estos motivos, hubiera sido dado de baja deshonrosamente o expulsado del ejército.

Véase también

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