stringtranslate.com

Tribunal de Cuentas (España)

El Tribunal de Cuentas es el órgano supremo de control de la Administración del Estado español , encargado de la supervisión de las cuentas públicas y de la fiscalización de la contabilidad de los partidos políticos, de acuerdo con la Constitución y su Ley Orgánica .

El Tribunal de Cuentas está integrado por el Presidente y 12 Consejeros. Los Consejeros son nombrados por las Cortes Generales , seis de ellos por el Congreso y los otros seis por el Senado . Para ser nombrado Consejero del Tribunal se requiere ser persona con conocimientos en auditoría, juez, fiscal, profesor universitario o funcionario en un cargo que requiera estudios superiores, abogado, economista o catedrático de comercio, todos ellos con reconocida experiencia y con quince años de ejercicio profesional. Los Consejeros de Cuentas del Tribunal son independientes e inamovibles. Su mandato es de 9 años. [3]

Historia

Los orígenes de la Corte se remontan al reinado de Juan II de Castilla . Fue el Condestable de Castilla , Álvaro de Luna , quien aconsejó al Rey aprobar una real orden para simplificar la recaudación de los tributos debido a las dificultades en la recaudación de los mismos y en la ordenación de las cuentas. Esta real orden fue aprobada el 2 de julio de 1437 y regulaba a los Contadores Mayores, un grupo de funcionarios encargados de resolver los conflictos económicos y reclamar el dinero que no se pagaba a tiempo.

Durante el reinado de Isabel y Fernando se otorgaron nuevas ordenanzas el 9 de enero de 1478, para poner fin al atraso de cuentas pendientes desde 1454, en el Reino de Castilla . Se dio a la Contabilidad la autoridad exclusiva y absoluta para reclamar, censurar y rechazar todas las cuentas de los funcionarios públicos que manejasen caudales y efectos. Se dio a los Contadores Mayores la responsabilidad de revisarlas, las llevadas y terminadas, así como determinar y juzgar el alcance de las cuentas. También se les autoriza a proceder contra cualquier persona o Consejo, y se les permite actuar en nombre de los Reyes.

En los últimos años del reinado del rey Carlos I , el 10 de julio de 1554 se concedieron en Valladolid nuevas reales órdenes a los Contadores Mayores. Aumentaban el número de contables y la cuantía del derecho de hospedaje (era un deber de los ciudadanos el de prestar habitación a los criados del Rey durante su estancia en la ciudad). También fue la primera vez que, en un proceso judicial de cuentas, cuando las cuentas se consideraban extraordinarias, o con alguna enmienda, las normas incluían la obligación de las personas que hubieran tenido a su cargo las cuentas de prestar juramento sobre la veracidad de los datos confusos.

En el reinado de Felipe II , los Contadores Mayores contaban con la ayuda de abogados que les asesoraban y se creó el Consejo de Hacienda. En 1593, una nueva reforma en el sistema de contabilidad hizo que el Consejo del Rey perdiera sus competencias en materia de contabilidad y éstas pasaran al Consejo de Hacienda, y se crearon incompatibilidades para los Contadores Mayores, no permitiéndoles tener otro empleo al mismo tiempo.

En 1605 se creó el Tribunal de Cuentas de Indias en México , Bogotá y Santa Fe para controlar las cuentas de los territorios españoles en América.

La Constitución de 1812 , aprobada por las Cortes de Cádiz, preveía la creación de una Contabilidad "para examinar todas las cuentas de los fondos públicos". En 1828 se aprobó la ordenanza por la que se creaba el Tribunal Superior de Cuentas, que estuvo en vigor hasta 1851. En 1828 se aprobó la ordenanza por la que se creaba el Tribunal Superior de Cuentas, que estuvo en vigor hasta 1851.

Durante el régimen instaurado en la Constitución de 1845 se llevaron a cabo una serie de importantes reformas en la administración financiera del Estado. En 1851 se aprobó la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, germen de la institución actual, encargada del control financiero de la Administración Pública.

En 1870 se aprobó una nueva Ley de Organización del Tribunal de Cuentas del Reino, que estuvo vigente hasta la creación del Tribunal Supremo de Hacienda en 1924, que integraba las funciones de control externo e interno del sector público.

El Tribunal de Cuentas de la República fue creado en la Constitución de 1931 como el órgano superior de control de la economía y la gestión del sector público. Su Ley Orgánica fue aprobada en 1934.

Posteriormente se establecieron normas de adaptación de la institución al régimen político vigente. En 1953, durante el franquismo, se aprobó una Ley de Organización, Funciones y Procedimiento del Tribunal de Cuentas del Reino, que fue modificada en 1961, definiéndose el Tribunal de Cuentas como el órgano supremo de control externo del Estado, con la función de informar al Jefe del Estado y a los tribunales del resultado de su actividad fiscalizadora y el reconocimiento de una auténtica función jurisdiccional.

El actual Tribunal de Cuentas fue creado en su forma actual por la Constitución de 1978 como el órgano superior de control económico y de gestión del sector público, independiente del poder ejecutivo y vinculado directamente a las Cortes Generales. [4]

Estructura

El Tribunal de Cuentas está formado por el Presidente, el Pleno, el Consejo de Administración, la Sección de Auditoría, la Sección de Acusación, los Consejeros de Cuentas, la Fiscalía del Tribunal de Cuentas y la Secretaría General. [3] Tiene una plantilla de más de 700 personas. Hay pruebas claras de nepotismo y hay informes que hablan de que al menos 100 miembros del personal son familiares de miembros actuales o antiguos del Pleno o de titulares de altos cargos. [5]

Incluso el Tribunal Supremo se quejó en febrero de 2013 de esta politización, señalando que el Tribunal de Cuentas tenía más funcionarios nombrados por partidos políticos que personal que había obtenido su empleo a través de exámenes de la función pública. [6]

Presidente

La versión en inglés de la estructura del Tribunal está aquí: https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/organizacion/

El Presidente es el máximo responsable de la Corte. Representa a la Corte, convoca y preside el Pleno y el Consejo de Administración, supervisa el personal de la Corte y es el órgano encargado de la contratación y el control del presupuesto.

Asamblea plenaria

El Pleno, en general, se ocupa de la función fiscalizadora y propone a las Cortes Generales el modo de abordar los conflictos que afecten a las competencias o atribuciones del Tribunal de Cuentas. También resuelve contra las disposiciones y actos de otros órganos del Tribunal en el ejercicio de funciones gubernamentales o de personal.

El Pleno está integrado por doce Consejeros de Cuentas (uno de los cuales será el Presidente) y el Fiscal Jefe del Tribunal de Cuentas. El Secretario General actúa como secretario del Pleno, con voz pero sin voto, y redacta las actas en las que se recogen los resultados de las deliberaciones y los acuerdos adoptados.

El Pleno se reunirá por lo menos una vez al mes, excepto en el período vacacional de agosto, así como las convocatorias extraordinarias que haga el Presidente con causa justificada, o a solicitud de tres de sus miembros. El quórum para constituirse válidamente en sesiones será de dos tercios de sus miembros y sus resoluciones se adoptarán por mayoría de los participantes, salvo en los casos en que la ley exija mayoría calificada.

Las deliberaciones del Pleno son confidenciales, debiendo mantenerse en secreto por los asistentes y por todos aquellos que pudieran conocerlas por razón de sus funciones.

Consejo de administración

El consejo directivo, en general, fija las condiciones de trabajo del Tribunal, ejerce poderes disciplinarios en casos de faltas graves, distribuye los casos entre las Secciones y designa a los instructores delegados.

El Consejo de Administración está integrado por el Presidente del Tribunal de Cuentas y los Presidentes de las Secciones de Auditoría y de Acusación. El Secretario General actúa como Secretario del Consejo de Administración, con voz pero sin voto.

Sección de Auditoría

Es el órgano del Tribunal de Cuentas que tiene atribuidas las funciones de verificar las cuentas de los organismos del sector público, revisar y fiscalizar las cuentas sujetas a fiscalización, examinar los procedimientos de fiscalización seguidos en los distintos departamentos y formular propuestas al Pleno sobre los resultados de los procedimientos de fiscalización (informe, moción o nota) elevados a las Cortes Generales .

La Sección de Auditoría se organiza en siete departamentos: cuatro departamentos sectoriales, que se alinean, en la medida de lo posible, con los grandes ámbitos de la actividad económico-financiera del sector público; dos departamentos territoriales, uno de los cuales fiscaliza la actividad económico-financiera de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas y otro para las entidades locales y un departamento de Partidos Políticos.

La Sección está integrada por siete Consejeros de Auditoría designados por los departamentos de auditoría. Uno de ellos es también el Presidente de la Sección de Auditoría.

Sección de procesamiento

Es el órgano jurisdiccional del Tribunal. Entre sus funciones se encuentran la de elaborar el Resumen de lo actuado en el ejercicio correspondiente y hacer la correspondiente propuesta al Pleno, elevar al Pleno las modificaciones que deban introducirse en la estructura de la Sección, así como crear nuevas unidades cuando el número de causas lo requiera y fijar los criterios con arreglo a los cuales se decidirá la distribución de las causas entre las Unidades y Consejeros de la Sección de Acusación.

La Sección de Enjuiciamiento está integrada por el Presidente y los Consejeros de Cuentas, conociendo de las actuaciones judiciales como órganos de primera instancia o adscritos a la Sala o Salas de Audiencias.

Fiscalía del Tribunal de Cuentas

La Fiscalía del Tribunal de Cuentas depende funcionalmente del Fiscal General del Estado y está integrada por el Fiscal Jefe (miembro del Pleno del Tribunal) y los Fiscales del Ministerio Público. El Fiscal del Tribunal de Cuentas es nombrado por el Gobierno .

A la Fiscalía del Tribunal de Cuentas le corresponde ser oída en los procedimientos de fiscalización antes de su aprobación definitiva y emitir su dictamen sobre las Cuentas Generales del Estado y los demás informes, memorias, propuestas y memorandos del Tribunal de Cuentas, pudiendo solicitar la adopción de las medidas que estime oportunas para deducir las responsabilidades patrimoniales que pudieran resultar; tomar conocimiento de todos los procedimientos de fiscalización y procedimientos judiciales que se tramiten en el Tribunal de Cuentas al objeto de esclarecer las posibles responsabilidades patrimoniales derivadas de los mismos e interponer la acción de responsabilidad contable y deducir las reclamaciones de esta naturaleza en los procedimientos de devolución de saldos deudores y en la auditoría de cuentas.

Secretaría General

La Secretaría General ejerce las funciones conducentes al adecuado ejercicio de los poderes de gobierno del Presidente del Tribunal, del Pleno y del Consejo de Administración en todo lo relativo al régimen interno del Tribunal de Cuentas.

La Secretaría General tiene atribuidas las competencias de gestión, tramitación, documentación y registro de los asuntos de la competencia del Presidente, del Pleno y del Consejo de Administración. El Secretario General actúa como Secretario del Pleno y del Consejo de Administración, con voz pero sin voto.

Referencias

  1. ^ "Memoria del Tribunal de Cuentas 2021" (PDF) . Tribunal de Cuentas : 8. 2020.
  2. ^ "Presupuesto del Tribunal de Cuentas para 2022" (PDF) .
  3. ^ ab «Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas». www.boe.es . Consultado el 17 de septiembre de 2018 .
  4. ^ La Institución y sus antecedentes (PDF) . España: Tribunal de Cuentas. pp. 2–14. Archivado desde el original (PDF) el 2018-09-18 . Consultado el 2018-09-17 .
  5. ^ [http://politica.elpais.com/politica/2014/06/23/actualidad/1403548994_107851.html Los lazos de parentesco en el Tribunal de Cuentas alcanzan a 100 empleados. Los dos últimos presidentes del comité de empresa acumulan 17 allegados. Varios altos cargos tienen numerosos familiares en la institución.- El País .
  6. ^ [http://politica.elpais.com/politica/2013/02/09/actualidad/1360438194_544177.html «El Supremo denuncia la politización del Tribunal de Cuentas.» El País .

Enlaces externos