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Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina

El Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina ( serbocroata : Ustavni sud Bosne i Hercegovine , Уставни суд Босне и Херцеговине ) es el intérprete y guardián de la Constitución de Bosnia y Herzegovina , [1] Tiene jurisdicción de apelación sobre cuestiones que surjan de una sentencia de cualquier otro tribunal del país, incluidos los tribunales constitucionales de las dos entidades y el Tribunal de Bosnia y Herzegovina .

Historia

Bosnia y Herzegovina ofrece un raro ejemplo de país en transición desde un sistema socialista que, sin embargo, tiene un historial de tener un tribunal constitucional, ya que la ex Yugoslavia era el único país que tenía un sistema de tribunales constitucionales ya en el régimen socialista. El primer Tribunal Constitucional de la antigua Yugoslavia se creó ya en 1963. Esta fecha coincidió con el punto de partida de la historia de un tribunal constitucional en Bosnia y Herzegovina. De acuerdo con la estructura federal de la antigua República Federativa Socialista de Yugoslavia, no sólo existía un Tribunal Constitucional a nivel federal, sino que antes de la disolución de la antigua Yugoslavia, las seis Repúblicas e incluso las dos Provincias Autónomas –Kosovo y Vojvodina– también tenían su propio Tribunal Constitucional. Tribunales Constitucionales.

El Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina se creó por primera vez el 15 de febrero de 1964 de conformidad con la Constitución de 1963. Su existencia quedó confirmada en la Constitución de 1974. La competencia de este Tribunal Constitucional consistía principalmente en un control normativo abstracto. Así, tomaría decisiones sobre la conformidad de las leyes (de la República) con la Constitución, y sobre la constitucionalidad y legalidad de otras normas y leyes generales y de autogestión. También estaría llamado a resolver disputas entre la República y otras unidades político-territoriales, en particular, conflictos de competencia entre los tribunales y otros órganos de unidades político-territoriales. La "Ley del Tribunal Constitucional" regulaba cuestiones relativas a la organización, competencia y procedimientos ante este Tribunal Constitucional.

El papel y la jurisdicción del Tribunal Constitucional fueron redefinidos en el Acuerdo de Paz de Dayton (Anexo IV - Constitución de Bosnia y Herzegovina, Artículo VI).

Jurisdicción

En general, la competencia del Tribunal Constitucional se define en los artículos VI.3 y IV.3 de la Constitución. Dentro de su deber primordial de "defender" la Constitución de Bosnia y Herzegovina, consta de cinco tipos de jurisdicción. El procedimiento a seguir y el tipo de decisión a tomar dependerán del tipo de que se trate y de la naturaleza del caso.

Esencialmente, la distinción entre estos diversos tipos de jurisdicción se basa en la medida en que el Tribunal Constitucional, además de la tarea clásica de defender la constitucionalidad, también tiene, en ciertos tipos de disputas, una relación más directa con la autoridad judicial o legislativa. preocupado.

Controversias que surgen bajo conflicto de jurisdicción y un control abstracto de constitucionalidad

Controversias que surjan bajo conflicto de jurisdicción El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción exclusiva para decidir cualquier disputa que surja bajo la Constitución entre las Entidades o entre Bosnia y Herzegovina y una Entidad o Entidades, o entre instituciones de Bosnia y Herzegovina. En efecto, la Corte tiene que decidir sobre conflictos de jurisdicción positivos o negativos, o cualquier otra disputa que pueda surgir en las relaciones entre el Estado y la autoridad de la entidad y/o las instituciones de Bosnia y Herzegovina.

Revisión de la constitucionalidad de las leyes El Tribunal Constitucional tiene competencia para decidir si una disposición de la constitución de una Entidad o una ley de una Entidad es compatible con la Constitución de Bosnia y Herzegovina.

Aunque la Constitución de Bosnia y Herzegovina se centra explícitamente sólo en las "disposiciones de la ley de una Entidad", esto también implica una revisión de la constitucionalidad de las leyes de Bosnia y Herzegovina de conformidad con la tarea general del Tribunal de defender la Constitución de Bosnia y Herzegovina. .

En casos especiales, la Corte también tiene competencia para examinar si la decisión de una Entidad de establecer una relación paralela especial con un Estado vecino es compatible con la Constitución, incluidas las disposiciones relativas a la soberanía y la integridad territorial de Bosnia y Herzegovina.

Remisión de disputas En ambos casos presentados, según la Constitución, las disputas sólo pueden ser remitidas por las siguientes partes autorizadas: un miembro de la Presidencia, el Presidente del Consejo de Ministros, el Presidente o un Vicepresidente de cualquiera de las cámaras de la Asamblea Parlamentaria. , un cuarto de los miembros de cualquiera de las cámaras de la Asamblea Parlamentaria, o un cuarto de cualquiera de las cámaras de una legislatura de una Entidad.

Jurisdicción de apelación

La competencia de apelación del Tribunal Constitucional está establecida por la disposición constitucional según la cual el Tribunal Constitucional "tendrá competencia de apelación sobre las cuestiones contempladas en la presente Constitución que surjan de una sentencia de cualquier otro tribunal de Bosnia y Herzegovina".

Esto implica que el Tribunal Constitucional es el máximo órgano judicial del país. Esto confirma su papel como salvaguardia institucional especial para la protección de los derechos y libertades consagrados en la Constitución.

Esta disposición se efectúa a través del Reglamento del Tribunal Constitucional por lo que el Tribunal, si encuentra fundado un recurso, puede actuar de dos maneras: el Tribunal puede actuar como tribunal de plena competencia y puede decidir sobre el fondo o podrá anular la decisión impugnada y devolver el caso al tribunal que dictó la sentencia para que reanude el procedimiento. El tribunal cuya decisión haya sido anulada deberá adoptar otra decisión en el procedimiento expedito y, al hacerlo, estará obligado por la opinión jurídica del Tribunal Constitucional sobre la violación de los derechos del recurrente y de las libertades fundamentales garantizadas por la Constitución.

Los apelantes que consideren que la sentencia u otra decisión de cualquier tribunal violan sus derechos tienen derecho a presentar un recurso de apelación una vez agotados todos los recursos legales, mientras que el Tribunal también considerará la eficacia de los posibles recursos legales.

Remisión de una cuestión por otros tribunales

El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción sobre las cuestiones remitidas por cualquier tribunal de Bosnia y Herzegovina sobre si una ley, de cuya validez depende su decisión, es compatible con esta Constitución, con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y sus Protocolos, o con las leyes de Bosnia. y Herzegovina; o sobre la existencia o el alcance de una norma general de derecho internacional público.

En general, el Tribunal Constitucional puede confirmar una ley pertinente a la decisión del tribunal inferior o declararla inválida. Este último estará obligado a proceder conforme a la decisión del Tribunal Constitucional.

Desbloqueo de la Asamblea Parlamentaria

La competencia del Tribunal Constitucional en el caso de "bloqueo" del trabajo de la Cámara de los Pueblos de la Asamblea Parlamentaria de Bosnia y Herzegovina en relación con una cuestión destructiva para los intereses vitales de los pueblos constituyentes, representa en muchos sentidos un área típica de actividad de un tribunal constitucional, ya que representa una "interfaz" estrecha entre las autoridades "judiciales" y "legislativas".

El Tribunal Constitucional resuelve aquí una disputa en la que una decisión propuesta de la Asamblea Parlamentaria, según la opinión de la mayoría de los delegados que representan a cualquiera de los tres pueblos constituyentes en la Cámara de los Pueblos, se considera destructiva para el interés nacional vital. , mientras que al mismo tiempo se han agotado todos los "medios parlamentarios" para la resolución de esta cuestión en la Cámara de los Pueblos.

Composición de la Corte

El Tribunal Constitucional está formado por nueve jueces , de los cuales cuatro son seleccionados por la Cámara de Representantes de la Federación de Bosnia y Herzegovina , dos son seleccionados por la Asamblea Nacional de la República de Srpska y los tres miembros restantes son seleccionados por el Presidente de el Tribunal Europeo de Derechos Humanos previa consulta con la Presidencia de Bosnia y Herzegovina (Artículo VI.1.a).

La Constitución también establece (Artículo VI.1.b) que los jueces deben ser "juristas distinguidos de alta reputación moral" y que cualquier votante calificado puede actuar como juez del Tribunal Constitucional. Los jueces seleccionados por el Presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no pueden ser ciudadanos de Bosnia y Herzegovina ni de ningún estado vecino.

El mandato de los jueces inicialmente designados era de cinco años y no podían ser reelegidos. Los jueces nombrados posteriormente podrían ejercer hasta los 70 años, a menos que renunciaran o fueran destituidos por causa justificada por consenso de los demás jueces. La Constitución también establece que para los nombramientos realizados más de cinco años después del nombramiento inicial de los jueces, la Asamblea Parlamentaria podría establecer por ley un método diferente de selección de los tres jueces elegidos por el Presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sin embargo Todavía no ha cambiado eso.

La Constitución no exige la proporcionalidad de los "pueblos constituyentes" en el Tribunal, sin embargo se desarrolló una costumbre constitucional según la cual un tribunal constitucional debe tener dos jueces de cada uno de los pueblos constituyentes ( bosnios , serbios y croatas ), además de los tres jueces extranjeros. .

Composición actual de la Corte : [2]

Antiguos jueces :

La forma en que se seleccionan los jueces ha creado controversias a lo largo de los años. Dado que no existen otros criterios o directrices formales además del criterio de que los jueces deben ser "juristas distinguidos y de alto nivel moral", esto ha llevado a una situación en la que es más fácil convertirse en juez de un tribunal constitucional nacional que en juez de un tribunal inferior. tribunal, ya que ese puesto tiene más requisitos y un proceso de investigación específico. Además, la influencia política juega un papel importante en el nombramiento de los jueces, por lo que los parlamentos de las entidades han elegido personas con carreras políticas muy activas, como los actuales jueces Seada Palavrić y Mirsad Ćeman (ex miembros del partido SDA desde hace mucho tiempo ) o Krstan Simić. (miembro del partido SNSD antes de su selección). [4] Posteriormente, el juez Krstan Simić fue destituido del Tribunal por consenso de otros jueces, debido a su controvertida correspondencia con el ex líder de su partido. [5]

Decisiones notables

La decisión sobre la circunscripción de los pueblos es el caso histórico del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina, instituido para evaluar la coherencia de la Constitución de la República Srpska y la Constitución de la Federación de Bosnia y Herzegovina con la Constitución de Bosnia y Herzegovina. . Las cuatro decisiones parciales se tomaron en el año 2000, en las que muchos artículos de las constituciones de las entidades fueron declarados inconstitucionales, lo que tuvo un gran impacto en la política de Bosnia y Herzegovina, porque era necesario ajustar el estado actual en el país con la decisión de la Corte. Hubo una estrecha mayoría (5-4) a favor del solicitante. [6]

El nombre formal de este artículo es U-5/98 , pero es ampliamente conocido como "Decisión sobre la circunscripción de los pueblos" ( serbocroata : Odluka o konstitutivnosti naroda ), en referencia a la interpretación que hizo la Corte del significado de la frase. "pueblos constituyentes" utilizados en el Preámbulo de la Constitución de Bosnia y Herzegovina. La decisión también fue la base para otros casos notables que llegaron ante el tribunal.

Ver también

Referencias

  1. ^ Artículo VI, párrafo 3 de los Acuerdos de Paz de Dayton titulado "la Constitución" ("El Tribunal Constitucional defenderá esta Constitución").
  2. ^ "Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina | Composición".
  3. ^ "Inicio". ustavnisud.ba .
  4. ^ "Miješanje politike u izbor sudija" Archivado el 6 de julio de 2011 en Wayback Machine , Centar istraživačkog novinarstva (23 de junio de 2008). Recuperado el 2008-08-02
  5. ^ Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina. Decisión sobre la destitución del juez Krstan Simić. Sarajevo, 8 de mayo de 2010. Consultado el 8 de agosto de 2010.
  6. ^ Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina, U-5/98 (Decisión parcial, parte 3), pág. 36, Sarajevo , 1 de julio de 2000

enlaces externos