El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales ( SERCAC ) es un alto funcionario del Gobierno de España encargado de las relaciones entre los poderes ejecutivo y legislativo. [2] El SERC es un nombramiento político realizado por el Monarca con el asesoramiento del ministro a cargo del departamento ministerial .
Este cargo está integrado normalmente en el Ministerio de la Presidencia aunque en algunos periodos contó con un departamento propio. El Secretario de Estado representa al Gobierno en todos los órganos de las Cortes Generales a los que el Gobierno considere importante acudir; es el encargado de todas las relaciones entre el poder ejecutivo y tanto el Congreso como el Senado con excepción de los proyectos de ley , reales decretos-leyes o reales decretos legislativos cuya negociación y seguimiento recae directamente en el ministro responsable. [2]
También se encarga de seguir la actividad de las Cortes, asesorar a los miembros del Gobierno sobre la forma de actuar ante las Cortes y elaborar informes jurídicos sobre reformas constitucionales u otros asuntos de alta relevancia. El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes está asistido por dos departamentos, la Dirección General de Relaciones con las Cortes y la Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica. [2]
La razón de ser de esta Secretaría de Estado fue la necesidad de establecer unas adecuadas relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales, pues la Constitución establecía un sistema parlamentario en el que el Gobierno rinde cuentas a las Cortes Generales , a diferencia de la época de la dictadura, cuando el poder legislativo era una mera fachada y estaba subordinado al ejecutivo.
Por estos motivos, en 1977 se creó la figura del Viceministro de Relaciones con las Cortes, que tenía bajo su autoridad a un Secretario General de Relaciones con las Cortes, un Secretario Parlamentario de Relaciones con el Congreso y el Senado y un Secretario de Relaciones con las Administraciones Públicas. [3] Este Secretario General asumió la mayor parte de las competencias del actual cargo, por lo que puede considerarse el precursor directo de la Secretaría de Estado.
Esta Secretaría de Estado se organizó a través de dos departamentos: uno encargado de la actividad legislativa y otro encargado de la rendición de cuentas del gobierno al parlamento. [4]
Desde su creación, la Secretaría de Estado ha sufrido enormes modificaciones, siendo incluso elevada a rango de Ministerio entre 1986 y 1993. Entre 2009 y 2011, su nombre cambió a Secretaría de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.
Otro cambio relevante se produjo en 2020 cuando pasó a denominarse Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales. Este cambio de nombre no supuso una ampliación de competencias, sino únicamente que sus competencias se repartieron entre la ya existente Dirección General de Relaciones con las Cortes y la nueva Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica. [2]
La Secretaría de Estado, que dirige el Secretario de Estado, está estructurada de la siguiente manera: [2]