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Registro de Arquitectos

Desde 1932 existe un Registro de Arquitectos legal en virtud de la legislación del Parlamento del Reino Unido promulgada originalmente en 1931. La ley original contenía disposiciones complementarias para la inscripción del nombre de un arquitecto en el registro y la eliminación de un nombre del mismo, que fueron modificadas por una legislación posterior. La ley de 1931 le dio el nombre de "Registro de Arquitectos Registrados", pero mediante una ley de 1938 el nombre se cambió a "Registro de Arquitectos".

La inscripción en el Registro siempre se ha realizado mediante solicitud voluntaria, pero sujeta al pago de una tasa de retención anual, y la legislación siempre ha exigido que el organismo de registro publique anualmente la versión actualizada del Registro.

La creación del Registro fue el resultado de muchos años de negociaciones por parte del Real Instituto de Arquitectos Británicos (RIBA), la principal sociedad profesional de arquitectos en ejercicio del Reino Unido, que se había constituido mediante una carta otorgada por Guillermo IV en 1837.

El mantenimiento del Registro de Arquitectos es responsabilidad de una entidad jurídica que, desde julio de 1997, tiene el nombre legal de " Junta de Registro de Arquitectos ". El Gobierno del Reino Unido considera a este organismo como un organismo público no departamental y está sujeto a revisión judicial en el Tribunal Administrativo del Tribunal Superior de Inglaterra.

Consulta sobre la reforma

La identidad del Registro de Arquitectos no ha cambiado, pero en virtud de la legislación primaria posterior (de 1996 [1] /1997 [2] ) se abolieron algunas de las disposiciones administrativas o auxiliares y otras se modificaron teniendo en cuenta, entre otras cosas, el uso de datos en formato electrónico en relación con el mantenimiento del Registro y su publicación anual. Esto ocurrió después de que el Departamento de Medio Ambiente publicara un documento de consulta con el título “ Reforma del Registro de Arquitectos ” en 1994, seguido de que el gobierno presentara un proyecto de ley de enmienda en el Parlamento en 1996.

Una de las modificaciones fue que el nombre que la Ley original de 1931 había dado al organismo constituido como propietario y editor del Registro se cambió de Consejo de Registro de Arquitectos del Reino Unido (ARCUK) a Junta de Registro de Arquitectos (ARB), con efecto a partir del 21 de julio de 1997. [3]

Legislación

Como ayuda para la interpretación de las leyes, a continuación se resume la serie de leyes que rigieron el Registro desde 1931 hasta 1997. La legislación en el momento de la aprobación de la Ley de Arquitectos de 1997 (19 de marzo) había sido la Ley de Registro de Arquitectos de 1931 a 1996, a saber:

La legislación en el momento de la aprobación de la ley de 1996 (24 de julio) era la Ley de Registro de Arquitectos de 1931 a 1969.

Cuando se promulgó la Ley de Consolidación de 1997 que sustituyó a la legislación anterior, el nombre del organismo propietario con la obligación legal de publicar el Registro de Arquitectos era el Consejo de Registro de Arquitectos del Reino Unido. Desde el 21 de julio de 1997, cuando entró en vigor la Ley de 1997, el nombre de este organismo ha sido Junta de Registro de Arquitectos, pero ese cambio de nombre no cambió la identidad del Registro de Arquitectos en sí, que ha existido de forma continua desde su creación en virtud de la Ley original de 1931.

Las modificaciones a la Ley de 1997, introducidas en junio de 2008 mediante un instrumento legal, establecieron normas para el reconocimiento de las cualificaciones profesionales que permiten a los inmigrantes del Espacio Económico Europeo o de Suiza registrarse como arquitectos en el Reino Unido. También establecieron disposiciones para facilitar la prestación de servicios profesionales temporales y ocasionales a través de las fronteras.

Copias del Registro

El Registro se definió inicialmente como el Registro que se lleva de conformidad con la Ley de 1931. Se encuentran disponibles copias encuadernadas de la serie de versiones anuales del Registro, a partir del volumen 1 del año 1933, para consulta del público en la Biblioteca de Arquitectura Británica del Instituto Real de Arquitectos Británicos, en Londres. Algunas interrupciones por parte de la Junta en la producción de copias impresas del Registro de conformidad con la legislación y la práctica anterior de la Junta han impedido últimamente la continuación de la serie para consulta de esa manera. El sitio web actual de la Junta ofrece únicamente un formato pdf descargable. [4]

La entrega de copias del Registro anualmente era un requisito impuesto al propio organismo de registro en virtud de la legislación original y posterior. En virtud de la legislación actual, los apartados (1) a (5) del artículo 3 de la Ley de Arquitectos de 1997 exigen: _que la Junta publique anualmente la versión vigente del Registro; _que se proporcione una copia de la versión publicada más recientemente a cualquier persona que la solicite mediante el pago de un cargo razonable decidido por la Junta; y _que una copia del Registro que pretenda ser publicada por la Junta sea prueba (en Escocia, prueba suficiente) de cualquier asunto mencionado en él. Estas disposiciones se pueden rastrear hasta el artículo 3 de la Ley original de 1931 (21 y 22 Geo. 5. Cap.33) [5]

La importancia de que estén disponibles dichas versiones anuales del Registro se ve (entre otras cosas) en relación con las restricciones y la responsabilidad penal por infracción, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley de 1997.

Los cinco apartados del artículo 3 de la Ley de 1997 son los siguientes: (1) El Registrador mantendrá el Registro de Arquitectos en el que se inscribirá el nombre de toda persona con derecho a ser registrada en virtud de esta Ley. (2) El Registro mostrará la dirección comercial habitual de cada persona registrada. (3) El Registrador realizará las modificaciones necesarias en el Registro y, en particular, eliminará del Registro el nombre de cualquier persona registrada que haya fallecido o haya solicitado de la manera prescrita la eliminación de su nombre. (4) La Junta publicará anualmente la versión vigente del Registro y se proporcionará una copia de la versión publicada más recientemente a cualquier persona que la solicite mediante el pago de un cargo razonable decidido por la Junta. (5) Una copia del Registro que pretenda ser publicada por la Junta será prueba (y, en Escocia, prueba suficiente) de cualquier asunto mencionado en él.

La sección 3 se deriva de la sección 5A (que había sido insertada en la legislación anterior por la Ley de 1996, para modificar la sección 3(4) de la legislación original en relación con la nueva disposición legal para que la Junta designe a una persona como "el Registrador").

Servicio en línea como servicio para personas registradas

No parece haber ninguna disposición en la legislación que autorice a la Junta o al Registrador a ofrecer a las personas registradas como tales ningún servicio, ya sea con el fin de reclamar una ventaja comercial competitiva o de otro modo. Pero una comunicación de mayo de 2012 (número 34 del boletín electrónico [6] ) dirigida a las personas registradas anunció una versión "nueva y mejorada" del Registro en línea, indicando que con este recurso "...cada arquitecto [registrado] ahora tiene su propia página web. Esto le ofrece una serie de oportunidades. Puede crear un enlace con su propio sitio web para que sus clientes puedan ver de un vistazo que usted es un arquitecto genuino y registrado. Al utilizar la función en línea para actualizar sus propios datos, también puede agregar sus datos de contacto, incluidas sus direcciones de correo electrónico y sitio web, para brindar a sus clientes y clientes potenciales acceso inmediato a sus servicios. La mejor manera de demostrar su estado registrado es usar el logotipo de ARB. Puede descargarlo para agregarlo a su sitio web, papelería comercial y señalización. El nuevo registro en línea y el logotipo descargable crean una plataforma ideal para que usted demuestre su profesionalismo no sólo al público en general, sino también a sus competidores no registrados y posiblemente no calificados en el mercado. La comunicación finaliza expresando la esperanza de que la mayor cantidad posible de personas registradas aprovechen esta oportunidad para aumentar su perfil ante el público.

Más información

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Véase también

  1. ^ Ley de subvenciones, construcción y regeneración de viviendas
  2. ^ Ley de arquitectos de 1997
  3. ^ El Registro de Arquitectos
  4. ^ "Lista de publicaciones".
  5. ^ http://www.aaruk.info/Legislation/Act31.PDF [ URL básica PDF ]
  6. ^ "Copia archivada" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 4 de junio de 2012. Consultado el 23 de septiembre de 2012 .{{cite web}}: CS1 maint: copia archivada como título ( enlace )