" Reforma del registro de arquitectos " [1] era el título de un documento de consulta del gobierno del Reino Unido fechado el 19 de julio de 1994 y publicado por el Departamento de Medio Ambiente . En la introducción se afirmaba que en octubre de 1993 el gobierno había anunciado que se consultaría a la profesión y a otros profesionales sobre las medidas que podrían adoptarse para simplificar los acuerdos vigentes en aquel momento para el registro de arquitectos en virtud de las Leyes de Registro de Arquitectos , y que se había llegado a un amplio acuerdo sobre cuáles serían esas medidas con el Consejo de Registro de Arquitectos del Reino Unido (ARCUK) y el Instituto Real de Arquitectos Británicos (RIBA). Finalmente, el Parlamento introdujo determinados cambios en las Leyes de Registro de Arquitectos que ahora tienen efecto en virtud de la Ley de Arquitectos de 1997 .
El documento de consulta continuaba afirmando que las actuales propuestas de reforma surgían de una solicitud de ARCUK al Gobierno en 1992 para que se revisaran las Leyes de Registro de Arquitectos; y que el Sr. EJD Warne CB había llevado a cabo una revisión, cuyo informe había sido publicado por HMSO en 1993.
El documento de consulta mencionó que el Informe Warne había considerado las opiniones de arquitectos, organismos de arquitectura y consumidores y "coincidió con ARCUK" en que había ciertas debilidades en su estructura y que las reformas propuestas estaban destinadas a superar esas debilidades de una manera que fuera generalmente aceptable para la profesión y el público por igual.
Se afirmó que el objetivo principal de las reformas sería:
La puntuación del documento, tal como se reproduce más arriba, parecía indicar una estrecha conexión de algún tipo entre la fijación de los niveles de honorarios y la conducta profesional. Pero en el caso de que la fijación de los niveles de honorarios se abandonara más tarde, mientras que, en lo que respecta a la conducta profesional, se otorgaron poderes legales para imponer multas expresamente equivalentes a sanciones penales a un organismo que tendría personas que no son miembros de la profesión en la mayoría decisiva, y que no actuarían bajo el juramento judicial de un juez o magistrado en un tribunal de jurisdicción penal o civil, o de conformidad con la jurisdicción consensual de un árbitro , y no necesariamente tendrían la habilidad y el conocimiento adecuados para poder actuar de manera competente y justa con respecto a poner en peligro la reputación profesional de un arquitecto. Esto podría haber sido visto como una aberración objetable, pero el hecho de que, en cambio, una preponderancia de la opinión política acogiera con agrado tal acuerdo, considerándolo un desarrollo pionero, puede explicarse al menos en parte observando que el uso de "partes interesadas" [2] había ganado cierta popularidad en ese momento.
Ciertas cuestiones habían sido el trasfondo del Informe Warne , tal como estaban las cosas en el decenio de 1990 y siempre lo habían sido, a saber, cuestiones relativas a los defectos o méritos de los argumentos a favor o en contra de tales propuestas en teoría o en principio o en relación particularmente, por una parte, con el Registro de Arquitectos , con las restricciones al uso de la palabra "arquitecto" y con la práctica de la arquitectura considerada como un arte o como un negocio o como un medio para ganarse la vida; y por otra parte, con la rendición de cuentas oficial, las normas jurídicas y el estado de derecho: véase además el artículo sobre el Registro de Arquitectos en el Reino Unido - antecedentes de la legislación.
Una de las propuestas mencionadas en el documento de consulta que luego se promulgó y ahora está en vigor fue que ARCUK seguiría siendo una entidad legal, pero su nombre se cambiaría a " Junta de Registro de Arquitectos "; y se afirmó que si bien este cambio, en sí mismo, no tendría ningún impacto en el estatus o el papel de ARCUK, sugeriría un organismo más pequeño y más compacto y marcaría las alteraciones a las funciones de ARCUK.
Otra de las propuestas fue que debería existir un cargo de Registrador cuyas funciones serían mantener el Registro y llevar a cabo las instrucciones de la Junta; y se afirmó que el Registrador sería una persona designada por la Junta, la cual decidiría si el Registrador debería ser un empleado o un contratista.