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Protectorado de Santa Catalina

El Protectorado de Santa Catalina es un parque nacional egipcio en el sur del Sinaí . Encierra la mayor parte de la zona montañosa del centro del Sinaí Sur , incluida la montaña más alta del país, el Monte Catalina, a 2.629 metros (8.625 pies) sobre el nivel del mar.

En 2002, un área de 640 km 2 demarcada por el 'Ring Dykke' dentro del núcleo del Protectorado fue catalogada por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad . El área catalogada incluye las montañas más altas del Protectorado, incluido el Monte Sinaí y el Monasterio de Santa Catalina . En septiembre de 2001, una delegación de ICOMOS ( Consejo Internacional de Monumentos y Sitios ) llevó a cabo una revisión del sitio y el sitio y sus recomendaciones se incluyen en el memorando de inclusión. En diciembre de 2002 se realizó una visita al sitio por parte de la UICN, la agencia administrativa de Sitios Naturales. Se propuso que el sitio fuera redesignado como "Paisaje Cultural Asociativo". La condición de Patrimonio Mundial conlleva una mayor protección y supervisión internacional, pero implica un esfuerzo de gestión más intensivo y una cooperación total por parte de las autoridades locales y nacionales.

Clima

Es normal que en verano las temperaturas alcancen los 30 °C al mediodía y un clima moderado por la noche. Mientras tanto, es común que los picos nevados sean visibles durante el invierno con temperaturas que oscilan entre 10 y 16 °C durante el mediodía. Las temperaturas invernales normalmente descienden por debajo de cero grados por la noche y alcanzan los –14 °C en la cima de las montañas. Se recomienda a los visitantes que usen ropa abrigada adecuada si escalan el histórico y turístico Monte Sinaí por la noche, especialmente durante el invierno.

Objetivos primarios de gestión

1. La conservación del ecosistema montañoso contenido en el sur del Sinaí, incluidos todos sus elementos y procesos, y la conservación de los valores culturales y religiosos tradicionales del sitio.

2. Facilitar y fortalecer la capacidad institucional para la gestión y el desarrollo del Protectorado en asociación con instituciones relevantes y actores locales.

3. La integración de la gestión y la planificación del desarrollo del Protectorado de Santa Catalina en la red de áreas protegidas que forman el Sector de Gestión del Sur del Sinaí.

4. La integración del protectorado en el proceso de desarrollo local y en el sistema de gestión del uso del suelo con el fin de contribuir al desarrollo rural local sostenible.

Importancia ecológica

Este ecosistema árido y montañoso alberga una sorprendente biodiversidad y una alta proporción de plantas endémicas. Su ecosistema de gran altitud sustenta una sorprendente diversidad de flora y vida silvestre en peligro de extinción; algunos no se encuentran en ningún otro lugar del mundo. Alrededor de 472 especies de plantas, de las cuales 115 son de importancia medicinal y 19 son endémicas de Egipto. Hasta la fecha se han registrado 27 especies de mamíferos, 9 de las cuales son murciélagos. Hay 46 especies de reptiles, 15 de las cuales no se encuentran en ningún otro lugar de Egipto.

Recursos naturales

Plantas medicinales, plantas pastoriles, vida silvestre, aguas subterráneas, granito, mármol y materiales de construcción, se introdujeron árboles frutales como palmeras, higueras, olivos y almendros.

Comunidades locales

El protectorado es el hogar de 7.000 ciudadanos beduinos egipcios de seis tribus diferentes que desempeñan un papel muy importante en la gestión del protectorado con su inestimable conocimiento tradicional sobre la zona y sus características naturales. Alrededor del monasterio se encuentran los beduinos de la tribu Gabalia, que han desempeñado un papel muy importante en la construcción y protección del monasterio desde que fueron traídos de Macedonia con ese propósito particular en el siglo VI. A lo largo de los años, los recién llegados se convirtieron en beduinos con relaciones muy estrechas con los monjes que resultaron mutuamente beneficiosas para ambas partes.

Legislación del protectorado

1. Ley 102/1983

El principal instrumento legislativo del Protectorado, la Ley 102, establece los principios para la declaración de protectorados naturales y estipula restricciones al desarrollo y actividades dentro y adyacentes al protectorado. La Ley obliga a la EEAA como órgano administrativo interesado a:

2. Ley 4/1994

Prohíbe la caza, tenencia, transporte y venta de aquellas especies de fauna silvestre (vivas o muertas) que determine el Estatuto Ejecutivo de la misma Ley.

Referencias

enlaces externos

28°33′N 33°58'E / 28.550°N 33.967°E / 28.550; 33.967