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Poder de deposición papal

El poder de deposición papal era la herramienta más poderosa de la autoridad política reclamada por y en nombre del Romano Pontífice , en el pensamiento medieval y moderno temprano , y equivalía a la afirmación del poder del Papa para declarar a un monarca cristiano herético e impotente para gobernar.

El Dictatus Papae del Papa Gregorio VII (c. 1075) reivindicó que al Papa "se le puede permitir deponer a los emperadores" (12) y afirmó el poder papal para "absolver a los súbditos de su lealtad a los hombres malvados" (27).

Los juramentos de fidelidad mantuvieron unida la estructura política feudal de la Europa medieval. El principio que sustentaba la deposición era que el Papa, como máximo representante de Dios de quien todos los juramentos extraen su fuerza, podía en circunstancias extremas absolver a los súbditos de un gobernante de su lealtad, con lo que el gobernante quedaba sin poder. En una Europa medieval en la que todos confesaban al Papa como cabeza de la Iglesia visible , esto daba forma concreta a la superioridad del poder espiritual sobre el temporal: la otra cara, por así decirlo, del papel de los Papas y obispos en la unción y coronación de emperadores y reyes.

Historia

Algunas declaraciones papales destacadas: [1]

Recepción histórica posterior

Roger Widdrington

El Juramento de Lealtad (1606) formulado para Jacobo I de Inglaterra contenía una negación específica del poder de deponer. Esto desencadenó la oposición del católico Roger Widdrington a la aceptación incondicional por parte de los católicos de dicho poder. Widdrington, en cambio, utilizó el lenguaje del probabilismo de la teología moral, afirmando que el poder de deponer era sólo una doctrina "probable", no una cuestión de fe. [16]

Arzobispo Thomas Maria Ghilini

En una carta a los arzobispos de Irlanda fechada el 14 de octubre de 1768, el legado papal en Bruselas, el arzobispo Thomas Maria Ghilini, escribió que "la doctrina [de que 'no se debe mantener ninguna fe o promesa con herejes o príncipes excomulgados; o que los príncipes destituidos por el Papa pueden ser depuestos o asesinados por sus súbditos o por cualquier otra persona'] es defendida y sostenida por la mayoría de las naciones católicas, y ha sido seguida a menudo en la práctica por la Sede Apostólica. Por lo tanto, no puede ser declarada 'detestable y abominable' por ningún motivo por un católico, sin incurrir, por tal declaración, en la imputación de una proposición temeraria, falsa, escandalosa e injuriosa para la Santa Sede". [17] [18] [19]

En una reunión en Thurles en 1776, los obispos de Munster "con la excepción del Dr. MacMahon de Killaloe, quien se ausentó, dictaron sentencia sobre la Hibernia Dominicana y su suplemento [en el que se había impreso la carta de Ghilini de 1768], expresando nuestra total desaprobación de ellos, porque tienden a debilitar y subvertir esa lealtad, fidelidad y sumisión, que reconocemos que debemos por deber y gratitud a su Majestad el Rey Jorge III; porque es probable que perturben la paz y la tranquilidad públicas, al suscitar escrúpulos innecesarios en las mentes de nuestro pueblo y sembrar las semillas de disensiones entre ellos, en puntos en los que deberían, tanto por su religión como por sus intereses, estar firmemente unidos; y porque manifiestamente tienden a dar un asidero a quienes difieren en principios religiosos con nosotros, para imputarnos máximas que rechazamos por completo y que de ninguna manera están fundadas en las doctrinas de la Iglesia Católica Romana". [20]

Contestación de los obispos de Munster

En 1774, “los obispos de Munster redactaron una declaración en la que repudiaban el poder de deposición papal y negaban que el Papa tuviera autoridad civil o temporal alguna en Irlanda. Esta declaración fue aceptada por la mayoría del clero católico y se convirtió en un juramento establecido en la Ley del Parlamento en 1774. Es significativo que los obispos no consultaran al Papa”. [21] “Aunque deploraban los términos del juramento, la Congregación de Propaganda consideró prudente no condenarlo para que no aumentara el odio de los protestantes y las dificultades de los católicos. Pero se debía advertir en privado a los fieles contra el mismo”. [22]

En 1968, apareció en Collectanea Hibernica una traducción al inglés del texto de la carta de Propaganda fechada el 6 de enero de 1776. El traductor se refiere al destinatario como el obispo Troy de Ossory . Sin embargo, el obispo Troy no fue nombrado hasta el 16 de diciembre de 1776. Su predecesor, el obispo Thomas Burke, había muerto el 25 de septiembre de 1776. La traducción se titula "Copia de una instrucción enviada al obispo Troy de Ossory por Stefano Borgia , secretario de la Congregación de Propaganda, el 6 de enero de 1776". Después de tomar nota de la carta del obispo de Ossory, la carta afirma: "las opiniones expuestas por Troy merecen el más alto elogio de la Santa Sede [...] quien toma el juramento en su forma actual afirma, con Dios como testigo, que denuncia y rechaza la opinión de que el Papa tiene poder para liberar a los súbditos de un juramento de lealtad tomado por ellos a sus gobernantes, a pesar del hecho de que casi todos los antiguos teólogos [...] y los concilios generales apoyaron esta enseñanza [...] tal opinión infringe gravemente los derechos de la Santa Sede". La carta continúa: "[S]in embargo, si la presente fórmula fuese declarada impía e inadmisible por la Santa Sede y si el Papa emitiera cartas en ese sentido, como hizo Pablo V , se teme que tal modo de acción [...] estaría plagado de peligros y haría más daño que bien a los católicos [...] en las presentes circunstancias el enfoque utilizado por la Santa Sede durante el siglo pasado aproximadamente debe continuar; en otros lugares, y particularmente en Holanda, ciertas formas de juramentos han sido prescritas por las autoridades civiles [...]; la Santa Sede no ha aprobado formalmente tales formas, ni las ha condenado públicamente; el mismo enfoque es aconsejable en el caso de los católicos irlandeses; aunque la antigua hostilidad mostrada por los protestantes hacia los católicos [...] parece haber disminuido un poco, existe el peligro de que una declaración pública sobre el juramento despierte viejos odios y atraiga el desagrado de las autoridades civiles hacia la Santa Sede, [...] en consecuencia, las circunstancias y el tiempo deben tomarse en consideración". La carta concluye: "[S]in embargo, aunque la Santa Sede puede abstenerse de emitir un decreto público formal contra el juramento, no se sigue automáticamente que la fórmula deba ser aceptada; ni significa que no sea correcto que los obispos [...] disuadan a sus súbditos de tomar un juramento tan peligroso y odioso; de hecho, es su deber amonestar a los fieles, especialmente en conversaciones privadas con ellos [...]; estas son las instrucciones que la Congregación considera oportuno enviarle de acuerdo con las intenciones del Papa". [23]

El texto original en latín fue impreso en Analecta Hibernica en 1946. [24] Afirma que la carta fue firmada por Giuseppe Maria Castelli, Cardenal Prefecto y por Stephanus Borgia , Secretario . "Cuando el Arzobispo Butler de Cashel renunció demasiado apresuradamente al poder de deposición, y su ejemplo fue seguido tan apresuradamente por otros, que era demasiado tarde para retractarse, recibió de la sagrada congregación de Propaganda una carta de Reprimenda, porque se había atrevido a realizar un negocio tan trascendental, sin consultar previamente con la Corte de Roma" [25] La carta decía: "Su deber y el respeto habitual debido a Su Santidad parecían requerir que usted no hubiera decidido nada en un negocio de tal magnitud, sin consultar primero al soberano pontífice [...] Fue esto lo que le dio no poco dolor a Su Santidad y a esta sagrada congregación" [26]

Cardenal Leonardo Antonelli

En un rescripto fechado el 23 de junio de 1791, dirigido a los arzobispos y obispos católicos romanos de Irlanda por el cardenal Leonardo Antonelli con la autoridad y orden del papa Pío VI , se afirmaba: "La Sede de Roma nunca enseñó que la fe no debe ser guardada con los heterodoxos; que un juramento a los reyes separado de la comunión católica puede ser violado; que es lícito para el obispo de Roma invadir sus derechos y dominios temporales. Consideramos un intento o designio contra la vida de los reyes y príncipes, incluso bajo el pretexto de la religión, como un crimen horrible y detestable". [27]

Papa Pío VII

En 1805, el Papa Pío VII escribió en una carta al Nuncio Apostólico en Viena que "[L]a Iglesia [...] había establecido además, como pena del delito de herejía, la confiscación y pérdida de toda propiedad poseída por los herejes. Esta pena [...] en lo que se refiere a soberanías y feudos [...] es una regla del derecho canónico [a] cap. Absolutus XVI de Haereticis, que los súbditos de un Príncipe manifiestamente herético quedan liberados de toda obligación hacia él, dispensados ​​de toda lealtad y de todo homenaje. Es cierto que hemos caído en tiempos tan calamitosos que no es posible para la esposa de Jesucristo practicar, ni siquiera conveniente que recuerde, sus santas máximas de justo rigor contra los enemigos de la fe. Pero, aunque no puede ejercer su derecho de deponer a los herejes de sus principados" [28] [29]

Henry Edward Manning

En 1860, Henry Edward Manning , quien más tarde se convirtió en arzobispo católico romano de Westminster y cardenal, escribió: "Esa vasta quimera ante la cual el pueblo inglés se queda especialmente asombrado, el poder destituyente del Papa, ¿qué era sino ese arbitraje supremo por el cual el poder más alto del mundo, el Vicario del Hijo encarnado de Dios, ungido para ser sumo sacerdote, para ser el gobernante temporal supremo, se sentaba en su tribunal, imparcialmente para juzgar entre nación y nación, entre pueblo y príncipe, entre soberano y súbdito; y ese poder destituyente creció por la acción providencial de Dios en el mundo, y enseñó a los súbditos la obediencia y a los príncipes la clemencia". [30] En Los decretos del Vaticano en relación con la lealtad civil , publicados en 1874, el cardenal Manning escribió: "Afirmo que la deposición de Enrique IV y Federico II de Alemania fue legítima, correcta y legal; y afirmo que una deposición de la reina Victoria no sería legítima, ni correcta, ni legal, porque las condiciones morales que estaban presentes para justificar la deposición de los emperadores de Alemania están ausentes en el caso de la reina Victoria; y por lo tanto, tal acto no podría realizarse". [31]

La tabletaDiciembre de 1874

El número de The Tablet (propiedad del futuro cardenal Vaughan ) del 5 de diciembre de 1874 afirmaba: "Es cierto que SAN PEDRO nunca usó el poder de deposición, pero eso fue porque la cristiandad aún no había comenzado a existir; es igualmente cierto que ni Pío IX, ni ninguno de sus sucesores, es probable que lo usen nunca, pero eso es porque la cristiandad ha dejado de existir [...] Pero si la cristiandad alguna vez se restaurara, lo que no parece probable, profesamos nuestra convicción inquebrantable de que el poder de deposición del Vicario de DIOS reviviría con ella". [32] El número de la misma publicación del 12 de diciembre de 1874 contenía una carta de Charles Langdale (nacido en 1822) que decía: "Al igual que muchos de mis contemporáneos, he prestado más de una vez el juramento católico , una parte del cual dice lo siguiente: 'Y declaro además que no es un artículo de mi fe [...] que los príncipes excomulgados o privados por el Papa, o cualquier otra autoridad de la Sede de Roma, puedan ser depuestos o asesinados por sus súbditos, o por cualquier persona; y declaro que no creo que el Papa de Roma [...] tenga, o deba tener, ninguna jurisdicción, poder, superioridad o preeminencia temporal o civil, directa o indirectamente, dentro de este ámbito. [...]' Por lo tanto, no puedo estar de acuerdo con el escritor del artículo en cuestión, cuando dice: "nosotros (los católicos) creemos firmemente que el poder de deposición [...] está manifiestamente incluido entre los dones de Pedro". [33] En el número de la misma publicación del 19 de diciembre de 1874, se decía que el Papa de Roma [...] tenía o debería tener jurisdicción, poder, superioridad o preeminencia temporal o civil, directa o indirectamente, dentro de este ámbito. [...] ' En 1874, el autor del artículo escribió: "El señor Langdale 'lamenta' mis observaciones sobre el poder de deposición porque él y otros han jurado que no creen en él. Tenemos, por tanto, de un lado, a los papas que realmente utilizaron este poder, a las naciones cristianas que obedecieron y a los grandes teólogos que lo justificaron; y, del otro, el juramento del señor Langdale. Esto difícilmente parece constituir una ecuación. Está todo de un lado y nada del otro". [34]

Nuevo diccionario católico de 1910

En palabras del New Catholic Dictionary de 1910: "Los papas de hoy no tienen intención de resucitar su poder de deposición. Como dijo Pío IX a la delegación de la Academia de la Religión Católica el 21 de julio de 1871: 'Aunque ciertos papas han ejercido a veces su poder de deposición en casos extremos, lo hicieron de acuerdo con la ley pública entonces vigente y por el acuerdo de las naciones cristianas que reverenciaban en el Papa al Juez Supremo de Cristo, extendido a emitir juicios incluso civiliter sobre príncipes y estados individuales. Pero la situación actual es completamente diferente y sólo la malicia puede confundir cosas y tiempos tan diferentes ' " . [1] Pío IX había excomulgado al rey Víctor Manuel II de Italia en 1860 cuando Víctor Manuel aceptó la anexión de Romaña, [35] y Víctor Manuel había arrebatado Roma a Pío en 1870. [ cita requerida ]

Enciclopedia católica de 1913

El artículo de la Enciclopedia Católica de 1913 sobre los juramentos ingleses posteriores a la Reforma afirma: "En épocas posteriores, algunas personas podrían pensar que [el poder de deposición] estaba obsoleto, era inaplicable, estaba extinto, tal vez incluso era un error" y que en la época de Jaime I de Inglaterra , "la disciplina de la deposición papal para casos extremos de mal gobierno [...] nunca volvería a estar de moda, ni siquiera en los países católicos". [36]

Véase también

Notas

  1. ^ Decretales de Gregorio IX , encargadas en el año 1230

Referencias

  1. ^ ab "Poder de deposición papal - Nuevo diccionario católico de 1910 -". StudyLight.org . Consultado el 25 de agosto de 2023 .
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