En la política ecuatoriana , muerte cruzada ( pronunciación en español: [ˈmweɾte kɾuˈsaða] ; ' muerte mutua ' , lit. ' muerte cruzada ' ) es el nombre comúnmente dado a un mecanismo que rige la destitución del presidente de Ecuador y la disolución de la Asamblea Nacional previsto en los artículos 130 y 148 de la Constitución de 2008. [ 1] [2] [3]
El artículo 148 otorga al presidente el poder de disolver la Asamblea Nacional, pero sólo a cambio de dar al electorado la oportunidad de votar para destituirlo. El mecanismo exige que tras la disolución se celebren elecciones especiales en las que se elija a un nuevo presidente y vicepresidente y a una nueva Asamblea Nacional. Los candidatos elegidos –tanto para el poder ejecutivo como para el legislativo– cumplen entonces el resto de los mandatos presidencial y legislativo en curso. Después se celebran elecciones ordinarias para un período completo de cuatro años, de conformidad con el calendario electoral normal. [4]
El artículo 130 establece lo mismo en caso de un impeachment exitoso del presidente: un presidente en funciones puede ser destituido de su cargo por dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional (92 votos de 137), [5] pero si un presidente es destituido de esta manera, se deben celebrar nuevas elecciones para elegir un nuevo presidente y una nueva Asamblea Nacional para cumplir el resto del mandato actual. [1]
Así, el aspecto de "muerte mutua" de las disposiciones surge de un elemento clave: "al disolver una rama del gobierno, la otra rama ofrece su propia continuidad en el cargo para que el electorado decida sobre ella: en otras palabras, se convocan elecciones con respecto tanto a la rama del gobierno destituida como a la rama que solicitó la destitución". [6]
La cláusula de muerte cruzada fue introducida como una forma de evitar los períodos prolongados de parálisis política que habían caracterizado a Ecuador bajo las constituciones anteriores . [7] Se la ha llamado tanto una opción nuclear [8] como un plebiscito sobre el mandato del presidente. [9] Una sentencia de septiembre de 2010 de la Corte Constitucional la describió como "una herramienta de pesos y contrapesos que busca equilibrar una rama del gobierno con otra". [10]
El artículo 148 de la Constitución de 2008 dispone lo siguiente:
El Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta haya asumido funciones que no sean de su competencia constitucional, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; cuando obstaculice reiterada e injustificadamente la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ejercerse una sola vez durante los tres primeros años del mandato presidencial. Transcurridos siete días como máximo desde la publicación del decreto de disolución, el Consejo Nacional Electoral convocará a elecciones legislativas y presidenciales, que se celebrarán en la misma fecha, para el resto de los respectivos períodos. Hasta tanto se instale la Asamblea Nacional, el Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, dictar decretos-leyes de carácter urgente en materia económica, los cuales podrán ser aprobados o derogados por el Poder Legislativo. [11]
El artículo 130 dice:
La Asamblea Nacional podrá destituir al Presidente de la República en los casos siguientes: 1) Por asumir funciones que no sean de su competencia, previo pronunciamiento favorable de la Corte Constitucional; 2) Por grave crisis política y conmoción interna. Dentro de las setenta y dos horas siguientes a la conclusión del procedimiento previsto en la ley, la Asamblea Nacional dictará resolución motivada, con fundamento en las pruebas de descargo presentadas por el Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. Si se adopta la destitución del Presidente, el Vicepresidente asumirá el cargo de Presidente de la República. Esta facultad sólo podrá ejercerse una vez en el período legislativo, durante sus tres primeros años. Dentro del plazo máximo de siete días siguientes a la publicación de la resolución de destitución, el Consejo Nacional Electoral convocará a elecciones legislativas y presidenciales, que se celebrarán, en la misma fecha, para el resto de los respectivos períodos. [11]
Muerte cruzada fue activada por primera vez el 17 de mayo de 2023 por el presidente Guillermo Lasso después de que la Asamblea Nacional liderada por la oposición iniciara un proceso de juicio político en su contra por cargos de malversación de fondos . [8] En el decreto que anuncia la medida , Lasso dijo que su decisión había sido motivada por la existencia de una "grave crisis política y agitación interna". [12]
Como resultado, se celebraron elecciones presidenciales y legislativas especiales en 2023 , antes de su fecha programada en 2025, y se anularon los procedimientos de juicio político. [13] Tanto Lasso como los miembros en ejercicio de la Asamblea Nacional son elegibles para la reelección; [2] [12] Sin embargo, el 18 de mayo, Lasso anunció que no se presentaría. [14] [15] Daniel Noboa ganó las elecciones generales ecuatorianas de 2023. [16]