Reclamaciones de propiedad sobre bienes en otros planetas, lunas o partes del espacio exterior
El término "bienes raíces extraterrestres" hace referencia a las reclamaciones de propiedad de tierras en otros planetas , satélites naturales o partes del espacio por parte de determinadas organizaciones o individuos. Las reclamaciones anteriores [ aclaración necesaria ] no están reconocidas por ninguna autoridad y no tienen validez legal. Sin embargo, algunos individuos y organizaciones privados han reivindicado la propiedad de cuerpos celestes, como la Luna, y participan activamente en la "venta" de partes de ellos a través de certificados de propiedad denominados "escrituras lunares", "escrituras marcianas" o similares.
Si bien las reivindicaciones personales tienen poco peso, países enteros podrían potencialmente reclamar la colonización de ciertos cuerpos. Los bienes raíces extraterrestres no solo tienen que ver con los puntos de vista legales de la colonización potencial, sino también con cómo podría ser factible para los bienes raíces a largo plazo. Hay múltiples factores a considerar al usar otro planeta para bienes raíces, incluidos el transporte, la protección planetaria , la astrobiología, la sostenibilidad , cómo crear un mercado inmobiliario y también los bienes raíces orbitales del planeta.
Historia
El tema de los bienes inmuebles en los objetos celestes ha estado presente desde la década de 1890. Dean Lindsay hizo declaraciones sobre todos los objetos extraterrestres el 15 de junio de 1936. El público también le envió ofertas para comprar objetos. [3]
Derecho y gobernanza
El Tratado del Espacio Ultraterrestre de 1967, patrocinado por las Naciones Unidas, estableció todo el espacio ultraterrestre como un bien común internacional al describirlo como " provincia de toda la humanidad " y prohibir a todas las naciones reclamar soberanía territorial. [4]
El Artículo VI confiere la responsabilidad de las actividades en el espacio a los Estados Partes , independientemente de que sean llevadas a cabo por gobiernos o entidades no gubernamentales. El Tratado del Espacio Ultraterrestre de 1967 había sido ratificado por 102 países en 2013, [5] incluidas todas las principales naciones con programas espaciales. También ha sido firmado, pero aún no ratificado, por otras 26 naciones. [6]
El Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre estableció las ramificaciones básicas de la actividad espacial en el Artículo 1:
"La exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, se realizarán en beneficio e interés de todos los países, independientemente de su grado de desarrollo económico o científico, y serán competencia de toda la humanidad."
Continúa en el artículo 2 diciendo:
"El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no está sujeto a apropiación nacional por reivindicación de soberanía, mediante uso u ocupación, ni por ningún otro medio." [7]
Un tratado posterior, el Tratado Internacional sobre la Luna —finalizado en 1979 (solo cinco países lo habían ratificado en 1984, pero cinco países fueron suficientes para que se lo considerara oficialmente en vigor)— fue más allá y prohibió la propiedad privada de bienes inmuebles extraterrestres. [10]
Este acuerdo no ha sido ampliamente ratificado, [5] [11]
y solo 18 países lo habían ratificado en 2018. [12]
Varias personas y organizaciones privadas han reivindicado la propiedad de la Luna y otros cuerpos extraterrestres, pero hasta el momento no se ha reconocido ninguna de esas reivindicaciones. Un informe del Competitive Enterprise Institute sugirió una legislación por la que Estados Unidos reconocería las reivindicaciones realizadas por entidades privadas, estadounidenses y de otros países, que cumplan determinadas condiciones en materia de habitabilidad y transporte. [13]
Planes de compra privada
Algunas personas y organizaciones ofrecen planes o esquemas que pretenden permitir a la gente comprar partes de la Luna u otros cuerpos celestes. Aunque los detalles de algunos de los argumentos jurídicos de los esquemas varían, uno llega al extremo de afirmar que, si bien el Tratado del Espacio Ultraterrestre , que entró en vigor en 1967, prohíbe a los países reclamar cuerpos celestes, no existe ninguna disposición que prohíba a los particulares hacerlo. Sin embargo, el artículo VI de este tratado establece que "las actividades de entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluida la Luna y otros cuerpos celestes, requerirán la autorización y la supervisión continua del Estado Parte correspondiente en el Tratado". Por lo tanto, si bien no prohíbe explícitamente tales esquemas, el tratado sí exige que sean autorizados por el gobierno de los infractores.
Desde la década de 1970 se han creado varias empresas y " registros de estrellas " que afirman vender estrellas o derechos de denominación sobre ellas. [14] [15]
Órbitas geoestacionarias
Una cuestión de propiedad espacial de importancia práctica actual es la asignación de franjas horarias para satélites en órbita geoestacionaria . Esto lo gestiona la Unión Internacional de Telecomunicaciones . La Declaración de la Primera Reunión de Países Ecuatoriales de 1976, también conocida como la Declaración de Bogotá , firmada por varios países ubicados en el ecuador de la Tierra , intentó afirmar la soberanía sobre aquellas porciones de la órbita geoestacionaria que se encuentran continuamente sobre el territorio de la nación signataria. [16] Estas reivindicaciones no recibieron un apoyo o reconocimiento internacional más amplio y posteriormente fueron abandonadas en gran medida. En cambio, a partir de entonces las franjas horarias se han asignado internacionalmente.
Bienes raíces orbitales
Dos cuestiones problemáticas surgen con respecto a las naves espaciales abandonadas : en órbita alrededor de la Tierra, los satélites "muertos" y abandonados amenazan los viajes futuros en las mismas órbitas con una lluvia de desechos mortales. En órbita alrededor de planetas extraterrestres, los orbitadores no estériles en órbitas en descomposición amenazan con contaminar los planetas remotos que orbitan con organismos terrestres y, por lo tanto, crean una "señal" falsa de vida extraterrestre, posiblemente destruyendo o suplantando la vida nativa, o infestando sus restos.
Acumulación de peligros en órbita alrededor de la Tierra
Para remediar el daño que ya han causado los objetos creados por el hombre, los astronautas tendrán que llevar al espacio un equipo específico para exterminar los escombros. Una vez despejado, el espacio que rodea a un planeta puede utilizarse para más oportunidades inmobiliarias. Sin embargo, hay órbitas específicas que han provocado debates sobre su propiedad. [ cita requerida ]
Contaminación de planetas con vida terrestre
Otro problema es el de la caída de restos orbitales abandonados en planetas extraterrestres. Antes del siglo XXI, la exploración de otros planetas del Sistema Solar suscitaba poca preocupación por la contaminación de planetas con vida procedente de la Tierra. Desde entonces, los experimentos han demostrado que algunas formas de vida terrestres son sorprendentemente resistentes y que el tiempo que pasan en tránsito en el espacio no es garantía de que la nave llegue estéril. Algunos "bichos" sobrevivirán al viaje y posiblemente invadirán el planeta, eliminando así la posibilidad de determinar si la vida surgió de forma independiente en otros planetas o si en el pasado geológico profundo se ha propagado entre los planetas del Sistema Solar a través de los hipotéticos procesos de " panspermia ". Si un orbitador viejo y contaminado se estrella en un planeta extraterrestre, salvo en casos extremos, ya no será posible comprobar la hipótesis de la panspermia con ninguna confianza en el resultado. [ cita requerida ]
Reclamaciones notables
Richard Garriott , un famoso diseñador de juegos de computadora e hijo de un astronauta, compró legítimamente en 1993 el Lunokhod 2 y su módulo de aterrizaje Luna 21 a la entonces oficina rusa Lavochkin del programa espacial soviético , siendo la primera compra privada de un objeto en otro cuerpo astronómico. Desde entonces, como persona privada que no está sujeta a acuerdos internacionales, ha reclamado en broma el resto de la Luna en nombre de su personaje de juego, Lord British , [18] o al menos el área inmediata alrededor de los dos objetos y posiblemente el camino de 39 km de largo que tomó el rover. [19]
El abogado chileno Jenaro Gajardo Vera se hizo famoso por su reclamación de propiedad de la Luna en 1953. [3]
Martin Juergens de Alemania afirma que la Luna pertenece a su familia desde el 15 de julio de 1756, cuando el rey prusiano Federico el Grande se la regaló a su antepasado, Aul Juergens, como gesto simbólico de gratitud por los servicios prestados, y decretó que debía pasar al hijo menor nacido. [20]
A. Dean Lindsay reclamó todos los objetos extraterrestres el 15 de junio de 1936 y envió una carta al Notario Público de Pittsburgh junto con una escritura y dinero para el establecimiento de la propiedad. El público también le envió ofertas para comprar objetos. [3] Anteriormente había hecho reclamaciones sobre los océanos Atlántico y Pacífico. [21]
James T. Mangan (1896-1970) fue un famoso excéntrico hombre de relaciones públicas y autor de best-sellers sobre temas de autoayuda que reivindicó públicamente la propiedad del espacio exterior en 1948. Mangan fundó lo que llamó la Nación del Espacio Celestial y la registró en el Registro de Escrituras y Títulos del Condado de Cook, Illinois , el 1 de enero de 1949. [22]
Robert R. Coles, ex presidente del Planetario Hayden de Nueva York , fundó la "Corporación de Desarrollo Interplanetario" [23] y vendió lotes en la Luna a un dólar por acre (2,50 dólares/ha). [24]
Dennis Hope, un empresario de los EE. UU. , vende bienes raíces extraterrestres. [25] En 1980, comenzó su propio negocio, la Comisión de la Embajada Lunar. [26] Hope afirmó haber vendido 2,5 millones de parcelas de 1 acre (0,40 ha; 4000 m 2 ) en la Luna hasta 2009, por alrededor de 20 dólares estadounidenses por acre (50 dólares estadounidenses/ ha ). Asigna tierras para ser vendidas cerrando los ojos y señalando al azar un mapa de la Luna. Afirma que dos expresidentes estadounidenses son clientes, afirmando que Jimmy Carter y Ronald Reagan tenían asistentes que compraron las parcelas en la Luna. [27] [28]
En 1997, tres hombres de Yemen –Adam Ismail, Mustafa Khalil y Abdullah al-Umari– demandaron a la NASA por invadir Marte. Afirman que “heredaron el planeta de nuestros antepasados hace 3.000 años”. [29] Basaron su argumento en las mitologías de las civilizaciones himyarítica y sabea que existieron varios miles de años antes de Cristo. [30]
Gregory W. Nemitz reclamó la propiedad del asteroide (433) Eros , en el que aterrizó NEAR Shoemaker en 2001. Su empresa, llamada "Orbital Development", [31] presentó a la NASA una factura de 20 dólares por estacionar la nave espacial en el asteroide. La NASA se negó a pagar, citando la falta de capacidad legal. [32]
En 2005, cuando tenía doce años, el comediante y desconocido físico Samuel P. Cottle reivindicó las lunas de los gigantes gaseosos, con excepción de la luna Ío de Júpiter. Más tarde, Dennis Hope irrumpió y comenzó a vender propiedades inmobiliarias en la mayoría del resto de los cuerpos celestes del sistema solar, por lo que parece reconocer las afirmaciones de Cottle como legítimas. Hope ahora está vendiendo tierras en Venus y Marte, y está ofreciendo Plutón en venta como una sola parcela. También afirma ser dueño de Ío. Cottle se declaró emperador de "sus" territorios y desde entonces ha tratado de esquivar las acusaciones de apropiación nacional delegando sus derechos de propiedad (así llamados) a nivel internacional como un regalo a todos y cada uno de los miembros de la especie humana a partir de 2023. El "imperio" sigue siendo un esfuerzo académico en derecho constitucional y una forma de sátira extraña. Vice News informó recientemente sobre el estado de la reclamación de Hope, pero su artículo no mencionó a Cottle ni sus afirmaciones. Cottle se inspiró en la serie de Danny Wallace "Cómo crear tu propio país", en la que aparecía Hope y se emitió en el Reino Unido en 2005.
^ "Tratados y principios de las Naciones Unidas sobre el espacio ultraterrestre" (PDF) . Oficina de las Naciones Unidas para Asuntos del Espacio Ultraterrestre. 2002. Consultado el 4 de junio de 2013 .
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↑ Alexander Lock (6 de junio de 2015). «El espacio: la última frontera». The British Library . Blog de manuscritos medievales . Consultado el 18 de noviembre de 2020 .
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citado por
"republicado". modernmechanix.com (blog). Archivado desde el original el 29 de abril de 2013. Consultado el 4 de junio de 2013 .
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citado por
White, WN Jr. (1985). Real Property Rights in Outer Space (edición académica inédita). Nota 79, pág. 41. La cita de la fuente primaria es inexacta.
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Enlaces externos
"Biblioteca de derecho espacial" Archivado el 27 de junio de 2022 en Wayback Machine.
"Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes"
Tratado sobre la Luna Archivado el 18 de febrero de 1999 en Wayback Machine