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Constitución de Libia (1951)

La Constitución libia de 1951 entró en vigor el 7 de octubre de 1951, antes de la declaración formal de independencia de Libia el 24 de diciembre de 1951 [1] como monarquía constitucional y hereditaria bajo el gobierno del rey Idris . La promulgación de la Constitución libia fue significativa porque fue la primera y única ley que consolidó formalmente los derechos de los ciudadanos libios después de la creación del Estado nación libio en la posguerra. [2]

La Asamblea Nacional libia redactó la Constitución y aprobó una resolución aceptándola en una reunión celebrada en Bengasi el 7 de octubre de 1951. Mohamed Abulas'ad El-Alem , Presidente de la Asamblea Nacional y los dos Vicepresidentes de la Asamblea Nacional, Omar Faiek Shennib y Abu Baker Ahmed Abu Baker ejecutaron y presentaron la Constitución al rey Idris antes de su publicación en el Boletín Oficial de Libia.

La promulgación de la Constitución libia fue significativa porque fue la primera ley que consagró formalmente los derechos de los ciudadanos libios tras la creación del Estado nación libio en la posguerra. Tras los intensos debates de la ONU, durante los cuales Idris había argumentado que la creación de un Estado libio único sería beneficiosa para las regiones de Tripolitania, Fezzan y Cirenaica, el gobierno libio estaba interesado en formular una constitución que contuviera muchos de los derechos arraigados comunes a los estados nacionales europeos y norteamericanos.

Tras el golpe militar de la "Revolución Verde" del 1 de septiembre de 1969, liderado por Muammar Gaddafi , que derrocó a la monarquía y a la Asamblea Nacional libia, la Constitución libia ya no estaba en vigor. El Libro Verde elaborado por Gadafi se convirtió en la base de las leyes de Libia. [ cita necesaria ]

Constitución del Reino de Libia

La Constitución del Reino de Libia incluía un Preámbulo y doce Capítulos que describían la protección de los derechos humanos en Libia y regulaban la naturaleza y funciones del aparato institucional del Estado libio. La Ley N. 1 de 1963 derogó el Capítulo 3 y los artículos 173, 174 y 175, suprimiendo así el Régimen Federal originalmente establecido por la Constitución de 1951. [3]

El Capítulo 1 de la Constitución de 1951 definía la “Forma de Estado y Sistema de Gobierno del País”, mientras que el Capítulo 2 describía los “Derechos de las Personas”. El Capítulo 3, derogado en 1963, incluía una primera sección relativa a las “Poderes del Gobierno Federal” y una segunda sección relativa a los “Poderes Conjuntos”.

El Capítulo 4 organizó el acuerdo de “Poderes Generales” del Estado libio, articulado con mayor detalle en los Capítulos 5 a 8 (“El Rey”; “Los Ministros”; “Parlamento”, incluidas tres secciones que regulan “El Senado”, “La Cámara de Representantes”, y “Disposiciones Comunes a las Dos Salas”;

Finalmente, los capítulos 9 a 12 analizan el “Sistema Fiscal” de Libia (modificado en 1963), la “Administración Local”, así como las “Disposiciones Generales” y las “Disposiciones Transitorias y Provisionales”. [3]

Preámbulo

El Preámbulo de la Constitución libia establece los términos bajo los cuales se produjo la unión de las regiones de Cirenaica, Tripolitania y Fezzan en Libia:

En el nombre de Dios benéfico, misericordioso.
Nosotros, los representantes del pueblo de Libia de Cirenaica, Tripolitania y Fezzan, reunidos por voluntad de Dios en las ciudades de Trípoli y Bengasi en una Asamblea Nacional Constituyente. Habiendo acordado y decidido formar una unión (1) entre nosotros bajo la Corona del Rey Mohammad Idris el Senussi, a quien la nación ha ofrecido la Corona y quien fue declarado Rey constitucional de Libia por esta Asamblea Nacional Constituyente. Y habiendo decidido y decidido establecer un Estado democrático, independiente y soberano que garantice la unidad nacional, salvaguarde la tranquilidad interna, proporcione los medios para la defensa común, asegure el establecimiento de la justicia, garantice los principios de libertad, igualdad y fraternidad y promueva la economía y la el progreso social y el bienestar general. Y confiando en Dios, Dueño del Universo, preparo y resuelvo esta Constitución para el Reino de Libia (2).

(1) Régimen Federal derogado por la Ley N° 1 de 1963. (2) Nombre del Estado modificado para que diga "El Reino de Libia" por la Ley N° 1 de 1963. [4]

La Constitución libia

El texto completo de los Capítulos I y II de la Constitución de Libia se encuentra a continuación [4]

Constitución de Libia

Capítulo I - De la forma del Estado y del sistema de gobierno

Articulo 1
Libia es un Estado libre, independiente y soberano. No se podrá renunciar a su soberanía ni a ninguna parte de sus territorios.
Artículo 2
Libia es un Estado que tiene una monarquía hereditaria y su sistema de gobierno es representativo. Su nombre es "EL REINO DE LIBIA".
Artículo 3
El Reino de Libia es parte de la Patria Árabe y una porción del Continente Africano.
Artículo 4
Los límites del Reino de Libia son: -
Al Norte, el Mar Mediterráneo;
Al Este, la República Árabe Unida y la República del Sudán;
Al Sur, la República de Sudán, Chad, Níger y Argelia;
Al Oeste, las Repúblicas de Túnez y Argelia.
Artículo 5
El Islam es la religión del Estado.
Artículo 6
El emblema del Estado y su himno nacional serán prescritos por ley.
Artículo 7
La bandera nacional tendrá la siguiente forma y dimensiones:
Su largo será el doble de su ancho, estará dividida en tres franjas paralelas de colores, siendo la superior roja, la central negra y la inferior verde, la franja negra será igual en área a las otras dos franjas juntas y llevará en su en el centro una media luna blanca, entre cuyos dos extremos habrá una estrella blanca de cinco puntas.

Capítulo II - Derechos del Pueblo

Artículo 8
Toda persona que resida en Libia y no tenga otra nacionalidad, o no sea súbdito de ningún otro Estado, se considerará libia si cumple una de las siguientes condiciones:
(1) que nació en Libia;
(2) que cualquiera de sus padres nació en Libia;
(3) que haya tenido su residencia normal en Libia durante un período no inferior a diez años.
Artículo 9
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8 de la presente Constitución, las condiciones necesarias para adquirir la nacionalidad libia serán determinadas por ley. Dicha ley concederá facilidades a los expatriados de origen libio que residan en el extranjero y a sus hijos, así como a los ciudadanos de los países árabes, y a los extranjeros que residan en Libia y que en el momento de la entrada en vigor de esta Constitución hayan tenido su residencia normal en Libia durante un período no menor de diez años. Las personas de esta última categoría podrán optar por la nacionalidad libia en las condiciones prescritas por la ley, siempre que la soliciten en el plazo de tres años a partir del 1 de enero de 1952.
Artículo 10
Nadie podrá tener al mismo tiempo la nacionalidad libia y cualquier otra nacionalidad.
Artículo 11
Los libios serán iguales ante la ley. Gozarán de iguales derechos civiles y políticos, tendrán las mismas oportunidades y estarán sujetos a los mismos deberes y obligaciones públicas, sin distinción de religión, creencias, raza, idioma, riqueza, parentesco u opiniones políticas o sociales.
Artículo 12
Se garantizará la libertad personal y todos tendrán derecho a igual protección de la ley.
Artículo 13
No se impondrá a nadie trabajo forzoso salvo de conformidad con la ley en casos de emergencia, catástrofe o circunstancias que puedan poner en peligro la seguridad de toda o parte de la población.
Artículo 14
Toda persona tendrá derecho a recurrir a los Tribunales, de conformidad con lo dispuesto en la ley.
Artículo 15
Toda persona acusada de un delito se presumirá inocente hasta que sea demostrada culpable conforme a la ley en un juicio en el que tenga las garantías necesarias para su defensa. El juicio será público salvo los casos excepcionales previstos por la ley.
Artículo 16
Nadie podrá ser arrestado, detenido, encarcelado o registrado salvo en los casos previstos por la ley. Nadie podrá, bajo ninguna circunstancia, ser torturado por nadie ni sometido a penas que le sean degradantes.
Artículo 17
No se podrá establecer delito ni imponer pena alguna, excepto que estará sujeta a las penas que allí se especifican para esos delitos; la pena impuesta no será superior a la que era aplicable en el momento de cometerse el delito.
Artículo 18
Ningún libio podrá ser deportado de Libia bajo ninguna circunstancia ni se le podrá prohibir residir en ninguna localidad ni obligarlo a residir en ningún lugar específico ni prohibirle moverse en Libia, excepto en los casos prescritos por la ley.
Artículo 19
Las viviendas son inviolables; no podrán ser ingresados ​​ni registrados sino en los casos y en la forma prescritos por la ley.
Artículo 20
Se garantizará el secreto de las cartas, telegramas, comunicaciones telefónicas y de toda correspondencia en cualquier forma y por cualquier medio; no serán censurados ni demorados salvo en los casos previstos por la ley.
Artículo 21
La libertad de conciencia será absoluta. El Estado respetará todas las religiones y credos y garantizará a los extranjeros que residan en su territorio la libertad de conciencia y el derecho a practicar libremente la religión, siempre que no viole el orden público ni sea contraria a la moral.
Artículo 22
Se garantizará la libertad de pensamiento. Toda persona tendrá derecho a expresar su opinión y a publicarla por todos los medios y métodos. Pero no se podrá abusar de esta libertad de ningún modo que sea contrario al orden público y a la moral.
Artículo 23
La libertad de prensa y de imprenta estará garantizada dentro de los límites de la ley.
Artículo 24
Toda persona será libre de utilizar cualquier idioma en sus transacciones privadas o en asuntos religiosos o culturales o en la prensa o cualesquiera otras publicaciones o en reuniones públicas.
Artículo 25
El derecho a reuniones pacíficas está garantizado dentro de los límites de la ley.
Artículo 26
Se garantizará el derecho de asociación pacífica. El ejercicio de ese derecho estará regulado por la ley.
Artículo 27
Los particulares tendrán derecho a dirigirse a las autoridades públicas mediante cartas firmadas por ellos en relación con asuntos que les conciernen, pero sólo los organismos organizados o los jueces podrán dirigirse a las autoridades en nombre de varias personas.
Artículo 28
Todo libio tendrá derecho a la educación. El Estado garantizará la difusión de la educación mediante el establecimiento de escuelas públicas y de escuelas privadas que podrá permitir que se establezcan bajo su supervisión, para libios y extranjeros.
Artículo 29
La enseñanza será irrestricta siempre que no constituya alteración del orden público ni sea contraria a la moral. La educación pública estará regulada por la ley.
Artículo 30
La educación primaria será obligatoria para los niños libios de ambos sexos; La educación elemental y primaria en las escuelas públicas será gratuita.
Artículo 31
La propiedad será inviolable. A ningún propietario se le puede impedir disponer de sus bienes sino dentro de los límites de la ley. No se expropiará ningún bien de ninguna persona excepto en el interés público y en los casos y en la forma determinados por la ley y siempre que dicha persona reciba una compensación justa.
Artículo 32
Queda prohibida la pena de confiscación general de bienes.
Artículo 33
La familia es la base de la sociedad y tiene derecho a la protección del Estado. El Estado también protegerá y fomentará el matrimonio.
Artículo 34
El trabajo es uno de los elementos básicos de la vida. Estará protegido por el Estado y será un derecho de todos los libios. Toda persona que trabaje tendrá derecho a una remuneración justa.
Artículo 35
El Estado se esforzará por proporcionar, en la medida de lo posible, a cada libio y a su familia un nivel de vida adecuado.

La Asamblea Nacional Libia preparó y resolvió esta Constitución en su reunión celebrada en la ciudad de Benghazi el domingo 6 de Muharram, Hegera 1371 correspondiente al 7 de octubre de 1951, y delegó en su presidente y en los dos Vicepresidentes la promulgación y sometimiento a Su Majestad, el Exaltado Rey, y publicado en el Boletín Oficial de Libia. De conformidad con la Resolución de la Asamblea Nacional, hemos promulgado esta Constitución en la ciudad de Bengasi el domingo 6 de Muharram, Hegera 1371, correspondiente al 7 de octubre de 1951.

Mohamed Abulas'as El-Alem

Presidente de la Asamblea Nacional

Omar Faiek Shennib

Vicepresidente de la Asamblea Nacional

Abubaker

Vicepresidente de la Asamblea Nacional

Fortalezas y debilidades

La Constitución libia contenía muchos elementos tradicionales de la regional, como proclamar el Islam como religión del Estado y establecer detalladamente los términos en que debe gobernar la monarquía hereditaria junto con el procedimiento de sucesión. En particular, los artículos 44 y 45 de la Constitución de 1951 especifican que el trono del Reino de Libia se transmite mediante primogenitura de preferencia masculina , en línea con la tradición libia codificada por dos Órdenes Reales promulgadas el 22 de Safar de 1374 H. y el 25 de Rabi'e el-Thani 1376 H. [3]

Sin embargo, la carta también contiene varias disposiciones que consagran los derechos de sus ciudadanos a disfrutar de ciertos derechos comunes a los estados nacionales europeos y norteamericanos, lo que indica la influencia de los principales actores occidentales en la región. Así, aunque no llegó a ser un Estado laico (el artículo 5 proclama al Islam como religión) y al mismo tiempo previó un monarca inviolable (el artículo 59 exime al rey de toda responsabilidad), la Constitución de 1951 estableció un robusto aparato democrático e instituyó mecanismos sólidos para la protección de derechos humanos. [3] [5]

En particular, el Capítulo II (Derechos del Pueblo) de la Constitución de Libia establece derechos como la igualdad ante la ley, así como la igualdad de derechos civiles y políticos, la igualdad de oportunidades y la igual responsabilidad por los deberes y obligaciones públicos, "sin distinción de religión, creencias, raza, lengua, riqueza, parentesco u opiniones políticas o sociales" (artículo 11).

Muchas disposiciones parecen estar en consonancia con las normas internacionales modernas para la protección de los derechos humanos, especialmente las relativas al derecho a recurrir ante los tribunales. [3] Además, varios perfiles del aparato institucional establecidos por la Constitución de Libia – en particular los artículos que regulan la autonomía de los miembros del Parlamento en su función legislativa (Art. 108), la independencia del poder judicial (Art. 142), y procedimientos para revocar un veto del Rey (Art. 136): elementos presentes de la democracia. [3]

Asimismo, la responsabilidad de los ministros y funcionarios públicos está garantizada por el art. 90, 114 y 122. Art. 197 consagra la forma representativa del gobierno libio y prohíbe futuras enmiendas que puedan alterar esa naturaleza. [3]

El documento establece un sistema parlamentario basado en el sufragio universal de adultos y una monarquía constitucional en la que el Rey promulga pero no puede vetar las leyes del Parlamento . No obstante, el sistema de controles y equilibrios entre los poderes del gobierno libio que consagra la carta parece ser relativamente débil, especialmente a la luz de la limitada independencia del poder judicial. Además, en el documento no figura ninguna disposición detallada relativa a las elecciones democráticas. [3]

Tras el golpe de Estado liderado por el ejército libio el 1 de septiembre de 1969 y la posterior abdicación de Idris, la Constitución libia dejó de tener toda aplicabilidad directa. Sin embargo, varios actores han afirmado la relevancia duradera de la Constitución de 1951. [3] [5] [6]

Relevancia duradera

El documento fue recibido como un modelo progresista de buena gobernanza para la región en el momento de su publicación. Significativamente, un documento elaborado en 2012 por la ONG independiente Democracy Reporting International, con sede en Berlín, enfatizó que especialmente las disposiciones constitucionales relativas a la protección de los derechos humanos, la transparencia y las salvaguardias contra las acumulaciones de poder antidemocráticas siguen haciendo de la carta un documento atractivo y un importante punto de referencia. hacia una solución a la crisis política de Libia. [3]

Desde 2011 se registró un creciente apoyo sobre el terreno en Libia a la idea de que un retorno a la Constitución de 1951 podría contribuir mejor a una transición hacia un país unificado y políticamente estable. Se desarrollaron campañas de base promovidas por grupos dedicados al “Retorno de la Legitimidad Constitucional”. en las principales ciudades de Libia (desde Trípoli, Zliten, Bengasi y Misrata) y obtuvo una importante tracción y seguimiento en las redes sociales. [7] [8] [9]

Varios miembros del comité libio responsable de redactar una nueva constitución, la llamada Asamblea de Redacción de la Constitución, expresaron un apoyo similar a la restauración de la Constitución de Libia en 2015 a través de una petición en línea. El entonces alcalde de Bayda, Ali Hussain Bubaker, también escribió una carta para respaldar formalmente la causa. [10] [11] También en 2015, el partido cirenaicano que apoya las soluciones federalistas, el Bloque Federal Nacional, solicitó al Parlamento que adoptara la Constitución de Libia como una carta válida y legítima para todo el país. [12]

La prensa internacional también registró un creciente apoyo al llamado a restablecer la Constitución de Libia, especialmente The National Interest en julio de 2014 y el New York Times en febrero de 2016. [13] [14] En junio de 2015, el miembro británico del El Parlamento Daniel Kawczynski abogó públicamente por la devolución de la Constitución de Libia en respuesta al creciente apoyo a la causa. [5]

Paralelamente, la gran mayoría de los actores locales de apoyo han pedido el restablecimiento de la monarquía Senussi bajo el liderazgo de Mohammed El Hassan El Rida El Senussi como parte del mismo proyecto político.

Cuando Gadafi tomó el poder el 1 de septiembre de 1969, el príncipe heredero Hasan as-Senussi actuaba como regente en nombre del rey Idris. Fue arrestado junto con su familia y muchos miembros de la extensa casa real, aislado durante años y humillado públicamente por el régimen de Gadafi. Cuando, en 1984, fue liberado del arresto domiciliario, viajó al Reino Unido para buscar tratamiento médico después de que un derrame cerebral había comprometido gravemente su salud. Antes de morir en 1992, designó a su segundo hijo, el príncipe Mohammed, como legítimo heredero de la Corona Senussi de Libia. [15] [16]

En particular, en abril de 2014, el importante periódico panárabe Al-Hayat publicó una entrevista con Mohamed Abdelaziz, quien entonces se desempeñaba como Ministro de Relaciones Exteriores de Libia, afirmando que el restablecimiento de la Monarquía Constitucional regulada por la Constitución de 1951 serviría como " símbolo unificador de la nación", así como "un paraguas político" hacia la institución de un régimen con un parlamento de dos consejos y un gobierno tecnocrático dirigido por un primer ministro. [6]

2017 propuesta de reactivación

Después de que la Asamblea Constituyente de Libia votara por una mayoría de dos tercios a favor del proyecto de constitución libia de 2017 en julio de 2017, se hizo una propuesta para revivir la constitución de 1951. El 31 de octubre de 2017, casi mil simpatizantes se reunieron para la Conferencia Nacional para la Activación de la Constitución de la Independencia en Gharyan , una de las ciudades más grandes de las Montañas Occidentales. [17] [18] Sus partidarios sienten que el regreso a la gobernanza política anterior a Gadafi –una época de estabilidad y unidad en Libia– ayudará a sacar al país de su crisis duradera.

El príncipe Mohammed El Senussi , heredero legítimo de la monarquía libia, fue ampliamente mencionado durante el evento como el posible líder del pueblo libio si se restablece la Constitución de 1951. [17] Los partidarios pidieron a Senussi que "asuma todos sus poderes constitucionales y reanude la vida constitucional que crearon los padres fundadores". [19]

La conferencia fue transmitida en vivo por la televisión libia y los asistentes viajaron desde muchas partes de la región, incluidas Trípoli, Zliten , Benghazi y Misrata, donde los movimientos de base que abogan por el “retorno de la legitimidad constitucional” han cobrado impulso.

Ashraf Baoudoura, quien coordinó el evento, dijo que se llevarán a cabo conferencias similares en Beida, Jaghbub y Tobruk. [17]

Ver también

Notas

  1. ^ JE Luebering. "Historia de Libia". www.britannica.com .
  2. ^ Cronología de eventos y documentos internacionales, Real Instituto de Asuntos Internacionales. vol. 7, núm. 8 (5 a 18 de abril de 1951), págs. 213-244
  3. ^ abcdefghij "Documento informativo 28: Evaluación de la Constitución libia de 1951". Democracy Reporting International es una organización no partidista, independiente y sin fines de lucro registrada en Berlín . Archivado desde el original el 14 de mayo de 2021 . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  4. ^ ab http://www.libyanconstitutionalunion.net/constitution%20of%20libya.htm. Archivado el 8 de diciembre de 2008 en la Wayback Machine.
  5. ^ abc "¿Qué sigue para Libia?". www.newstatesman.com . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  6. ^ ab Cheaib, Ali (8 de abril de 2014). "El Ministro de Asuntos Exteriores de Libia pide el regreso de la monarquía". Al-Monitor . Archivado desde el original el 13 de enero de 2017 . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  7. ^ "حراك العودة للشرعية الدستورية _ طرابلس". Facebook .
  8. ^ "حراك العودة للشرعية الدستورية _ الجبل الأخضر". Facebook .
  9. ^ "حراك العودة للشرعية الدستورية - مدينة زليتن". Facebook .
  10. ^ "حراك العودة للشرعية الدستورية _ الجبل الأخضر". Facebook .
  11. ^ "ليبيا - العربية.نت | الصفحة الرئيسية". www.alarabiya.net (en árabe) . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  12. ^ "التكتل الفيدرالي يدعو إلى اعتماد دستور 1951 ويحذر من عدم الاستجابة". بوابة الوسط (en árabe) . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  13. ^ Walsh, Declan (24 de febrero de 2016). "Una idea radical para reconstruir una Libia destrozada: restaurar la monarquía". Los New York Times . ISSN  0362-4331 . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  14. ^ Varga, Marcos. "El caso de la monarquía en Libia". El Interés Nacional . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  15. ^ "La familia Senussi". 24dec1951.com . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  16. ^ "Heredero del trono libio bajo la atención de Bruselas". EURACTIV.com . 2011-04-21 . Consultado el 19 de octubre de 2017 .
  17. ^ abc "La conferencia monárquica en Gharyan pide al príncipe Mohamed El-Senussi que asuma la corona".
  18. ^ "المؤتمر الوطني لتفعيل دستور الإستقلال وعودة الملكية الدستورية لليبيا". Facebook .
  19. ^ "بالصور: المؤتمر الوطني لتفعيل دستور الاستقلال وعودة الملكية إلى ليبيا يختتم أعماله". بوابة الوسط (en árabe) . Consultado el 27 de noviembre de 2017 .