La Ley de Religión Protestante e Iglesia Presbiteriana de 1707 (c 6) es una ley del Parlamento previo a la Unión de Escocia que se aprobó para garantizar que el estatus de la Iglesia de Escocia no se viera afectado por la Unión con Inglaterra . Su título extenso es Ley para asegurar la religión protestante y el gobierno de la Iglesia Presbiteriana .
La Ley de Religión Protestante e Iglesia Presbiteriana de 1707 tiene la distinción constitucional de ser nombrada en la Ley de Regencia de 1937 como un estatuto que no puede modificarse durante una regencia. La Ley de Regencia de 1937 establece que un regente no puede aprobar un proyecto de ley para modificar la Ley de 1707, ni ningún proyecto de ley que afecte la línea de sucesión. [2] Cuando el Proyecto de Ley de Regencia se debatió en la Cámara de los Comunes, el fiscal general explicó: "La salvaguardia de esta ley particular del Parlamento escocés se mencionó expresamente en el Acta de Unión , y esa es la razón histórica por la que parece aquí." [3]
Una ley del Parlamento de Inglaterra , 6 Ann. C. 8, había hecho disposiciones similares para la Iglesia de Inglaterra en 1706, pero no se menciona en la Ley de Regencia.