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Ley de hurto de 1861

La Ley de Hurto de 1861 ( 24 y 25 Vict. c. 96) fue una ley del Parlamento del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda (como se la conocía entonces). Consolidó disposiciones relacionadas con el hurto y delitos similares de una serie de estatutos anteriores en una sola ley. En su mayor parte, estas disposiciones se incorporaron, según el redactor de la ley, [3] con poca o ninguna variación en su fraseología. Es una de un grupo de leyes a las que a veces se hace referencia como Leyes de Consolidación del Derecho Penal de 1861. Se aprobó con el objeto de simplificar la ley. Es esencialmente una versión revisada de una ley de consolidación anterior, la Ley de Hurto de 1827 ( 7 y 8 Geo. 4 . c. 29) (y la Ley irlandesa equivalente), que incorpora estatutos posteriores. [4]

Inglaterra y Gales

Esta Ley fue derogada para Inglaterra y Gales por la sección 33(3) y la Parte I del Anexo 3 de la Ley de Robo de 1968 .

República de Irlanda

Esta Ley fue conservada para la República de Irlanda por la sección 2 y la Parte 4 del Anexo 1 de la Ley de Revisión de la Legislación Estatutaria de 2007. Las secciones 12, 16, 24 y 25 continúan en vigor.

Provisiones

Sección 1 - Interpretación de los términos

Las palabras desde "el término 'fideicomisario'" hasta "quiebra o insolvencia", y desde "para los fines de esta Ley, la noche" hasta "día sucesivo" fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 2 - Todos los hurtos serán de la misma naturaleza

Davis dijo que la nota marginal de esta sección ("todos los hurtos deben ser de la misma naturaleza") era "imperfecta" y que esto era "obvio". [5]

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Sección 3 - Depositarios que convierten fraudulentamente bienes culpables de hurto

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 4 - Castigo por hurto simple

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 5 - Se podrán imputar en una sola acusación tres hurtos en un período de seis meses.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 6. Cuando se imputa una sola expropiación y se prueban varias expropiaciones en diferentes tiempos

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Sección 7 - Hurto después de una condena por delito grave

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 8 - Hurto después de una condena por un delito menor procesable en virtud de esta Ley

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 9 - Hurto después de dos condenas sumarias

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al hurto de ganado o de otros animales

Artículo 10 - Robo de caballos, vacas, ovejas, etc.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 11 - Matanza de animales con intención de robar el cadáver, etc.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 12 - Robo de ciervos en una zona no cerrada del bosque

Artículo 13 - Robo de ciervos en cualquier terreno cerrado

Artículo 14 - Personas sospechosas que se encuentren en posesión de venado, etc. y no den cuenta satisfactoriamente de ello

Sección 15 - Preparación de motores para cazar ciervos o derribar cercas de parques

Artículo 16 - Los criadores de ciervos pueden confiscar las armas, etc., de los infractores que, al ser requeridos, no las entreguen.

Artículo 17 - Matanza, etc. de liebres o conejos en una madriguera

Artículo 18 - Robo de perros

Las palabras desde "y quienquiera" hasta el final fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 19 - Posesión de perros robados

Las palabras desde "y quienquiera" hasta el final fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Sección 20 - Tomar dinero para restaurar perros

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 21 - Robo de animales o aves que ordinariamente se mantienen en confinamiento y no son objeto de hurto

Artículo 22 - Las personas que se encuentren en posesión de animales robados, etc., estarán sujetas a sanciones

Artículo 23 - Matanza de palomas

Artículo 24 - La pesca en cualquier agua situada en cualquier terreno perteneciente a una casa de habitación o en una pesquería privada en otro lugar

Artículo 25 - Los aparejos de los pescadores podrán ser embargados

Artículo 26 - Robo o dragado de ostras en la pesca de ostras

Las palabras del comienzo de la sección que dicen "hurto simple y" fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al hurto de instrumentos escritos

Artículo 27 - Bonos, letras, pagarés, etc.

Las palabras "robará o" fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 28 - Escrituras, etc. relativas a bienes inmuebles

Las palabras "robará o" fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 29 - Testador

Artículo 30 - Robo de registros u otros documentos legales

Las palabras "robará o" fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al hurto de cosas adheridas a la tierra o que crecen en ella

Artículo 31 - Metales, vidrios, maderas, etc. fijados a la casa o al terreno

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 32 - Árboles en terrenos de recreo de valor 1l o en otro lugar de valor 5l

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 33 - Robo de árboles, arbustos, etc.

Las palabras desde "y cuyo delito haya sido condenado dos veces" hasta el final de la sección fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 34 - Robo, etc., de cualquier cerca viva o muerta, cerca de madera, portillo o puerta.

Artículo 35 - Personas sospechosas de estar en posesión de madera, etc., que no den cuenta de ella satisfactoriamente

Artículo 36 - Robar, etc., cualquier fruta o verdura de un jardín, etc. se castigará con condena sumaria por primera vez.

Las palabras desde "y quienquiera" hasta el final de la sección fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 37 - Robo, etc. de producciones vegetales, no cultivadas en huertos.

En cuanto al hurto en las minas

Artículo 38 - Minerales metálicos, carbón, etc.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 39 - Mineros que extraen mineral con intención de defraudar

En cuanto al hurto a la persona y otros delitos similares

Artículo 40 - Robo o hurto a la persona

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 41 - En un juicio por robo, el jurado puede condenar por un asalto con intención de robar.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 42 - Agresión con intención de robar

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 43 - Robo o asalto por una persona armada o por dos o más o robo y heridas

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 44 - Carta exigiendo dinero, etc., con amenazas

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 45 - Exigir dinero, etc., con amenazas o por la fuerza con la intención de robar

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 46 - Carta amenazando con acusar de un delito con intención de extorsionar

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 47 - Acusar o amenazar con acusar con intención de extorsionar

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 48 - Inducir a una persona mediante violencia o amenazas a ejecutar hechos, etc. con intención de defraudar

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 49 - Será indiferente de quién provengan las amenazas

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al sacrilegio, robo y allanamiento de morada

Artículo 50 - Entrar ilegalmente en una iglesia o capilla y cometer cualquier delito grave

Véase sacrilegio .

Artículo 51 - Robo con fuga

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 52 - Robo

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 53 - ¿Qué edificio dentro del perímetro se considerará parte de la casa de habitación?

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 54 - Entrar en una casa de habitación durante la noche con la intención de cometer cualquier delito

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 55 - Entrar por la fuerza en cualquier edificio dentro del perímetro que no sea parte de la casa de habitación y cometer cualquier delito grave.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 56 - Entrar ilegalmente en cualquier comercio, casa, almacén, etc., y cometer cualquier delito grave.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 57 - Allanamiento de morada, etc. con intención de cometer cualquier delito grave

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 58 - Estar armado con la intención de entrar a robar en cualquier casa durante la noche

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 59 - Análogos, después de una condena previa por delito grave, etc.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al hurto en la casa

Artículo 60 - Robo en casa habitación por valor de 5l

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 61 - Robo en casa de habitación con amenazas

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al hurto en las fábricas

Artículo 62 - Robo de mercancías en proceso de fabricación

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto al hurto en buques, muelles, etc.

Artículo 63 - Hurto en buques, muelles, desembarcaderos, etc.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 64 - Robo a un buque en peligro o naufragado

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 65 - Personas en posesión de bienes naufragados que no den cuenta satisfactoria

Artículo 66 - Si alguna persona ofrece en venta cosas naufragadas, las cosas podrán ser embargadas, etc.

En cuanto al hurto o malversación de fondos por parte de empleados, servidores o personas al servicio público

Artículo 67 - Hurto cometido por empleados o sirvientes

Artículo 68 - Malversación de fondos por parte de empleados o sirvientes

Artículo 69 - Hurto cometido por personas al servicio de la Reina o por la policía

Artículo 70 - Malversación de fondos por parte de personas al servicio de la Reina o de la policía

Artículo 71 - En una misma acusación podrán imputarse distintos actos de malversación de fondos.

Artículo 72 - Las personas acusadas de malversación de fondos como empleado, etc., no serán absueltas si el delito resulta ser hurto y viceversa.

Artículo 73 - Malversación de fondos por parte de funcionarios del Banco de Inglaterra o de Irlanda

En cuanto al hurto por parte de inquilinos o huéspedes

Artículo 74 - El inquilino o huésped roba bienes muebles o instalaciones alquilados con casa o alojamiento

En cuanto a los fraudes cometidos por agentes, banqueros o factores

Artículo 75 - Agente, banquero, etc., que malversa dinero o vende valores, etc., que le han sido confiados

Artículo 76 - Banqueros, etc. que venden fraudulentamente, etc., bienes confiados a su cuidado

Artículo 77 - Personas con poderes notariales que venden bienes fraudulentamente

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 78 - Factores que obtienen anticipos sobre los bienes de sus principales

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 79 - Definiciones de términos

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 80 - Los fideicomisarios que enajenen fraudulentamente bienes, serán culpables de un delito menor

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 81 - Directores, etc. de cualquier persona jurídica o empresa pública que se apropien fraudulentamente de bienes

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 82 - De la tenencia fraudulenta de cuentas

Artículo 83 - O destruir voluntariamente libros, etc.

Artículo 84 - O la publicación de declaraciones fraudulentas

Artículo 85 - Ninguna persona estará exenta de responder preguntas en ningún tribunal, pero ninguna persona que haga una revelación en un procedimiento obligatorio estará sujeta a procesamiento.

Artículo 86 - No se afectará ningún recurso en derecho o en equidad

Artículo 87 - Ciertos delitos menores que no son juzgables en sesiones

En cuanto a obtener dinero, etc. mediante engaños.

Artículo 88 - Falsas pretensiones

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 89 - Cuando se haga pagar o entregar dinero o cosa a persona distinta de la que hace la falsa declaración

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 90 - Inducir a las personas mediante fraude a ejecutar escrituras y otros instrumentos

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

En cuanto a recibir bienes robados

Artículo 91 - Recepción, cuando el mandante es culpable de delito grave

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 92 - Acusación por robo y recepción

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 93 - En ausencia de principal, en una misma acusación podrán incluirse síndicos distintos.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 94 - En la acusación por recepción conjunta, las personas pueden ser condenadas por recepción separada.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 95 - Recepción, cuando el mandante haya incurrido en delito menor

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 96 - Receptor en caso de ser objeto de juicio

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 97 - Receptores de bienes, cuando el delito original sea punible mediante condena sumaria

Artículo 98 - Principales en segundo grado y accesorios

Las palabras "excepto únicamente el receptor de propiedad robada" fueron derogadas por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 99 - Cómplices de delitos sancionables mediante sentencia sumaria

En cuanto a la restitución y recuperación de bienes robados

Artículo 100 - El dueño de cosa robada que persiga al ladrón o al receptador hasta condenarlo tendrá la restitución de su cosa.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 101 - Recibir una recompensa por ayudar a recuperar bienes robados sin llevar al infractor a juicio

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 102 - Publicidad de una recompensa por la devolución de bienes robados, etc.

Se establecieron disposiciones en relación con esta sección en las secciones 3 y 4 de la Ley de Hurto (Publicidad) de 1870 y en la Ley de Informadores Comunes de 1951 .

Esta sección se sustituye para Inglaterra y Gales por la sección 23 de la Ley de Robo de 1968. [ 6]

En cuanto a la aprehensión de los infractores y otros procedimientos

Artículo 103 - Una persona en el momento de cometer un delito puede ser detenida sin orden judicial.

Artículo 104 - Una persona que merodee durante la noche y sea sospechosa de cualquier delito contra esta Ley podrá ser detenida

Artículo 105 - Modo de obligar a comparecer a las personas que pueden ser condenadas mediante sentencia sumaria

Artículo 106 - Aplicación de las confiscaciones y sanciones en las condenas sumarias

Artículo 107 - Si una persona condenada sumariamente no paga, etc., el juez podrá condenarla

Artículo 108 - La justicia puede absolver al infractor en determinadas circunstancias

Artículo 109 - La condena sumaria impedirá cualquier otro procedimiento por la misma causa.

Artículo 110 - Apelación

Artículo 111 - No procede certiorari, etc.

Artículo 112 - Las condenas se devolverán a las sesiones trimestrales

Artículo 113 - Competencia en los procedimientos contra personas que actúen conforme a esta Ley

Artículo 114 - Los ladrones de bienes en una parte del Reino Unido que los tengan en cualquier otra parte del Reino Unido podrán ser juzgados y castigados en aquella parte del Reino Unido donde tengan los bienes.

Esta sección fue derogada por la sección 48(1) y el Anexo a la Ley de Hurto de 1916 .

Artículo 115 - Delitos cometidos dentro de la jurisdicción del Almirantazgo

Artículo 116 - Forma de acusación por un delito posterior

Artículo 117 - Multas y fianzas para el mantenimiento del orden público; en qué casos

Artículo 118 - Trabajo forzado

Artículo 119 - Aislamiento y azotes

Artículo 120 - Los procedimientos sumarios pueden realizarse conforme a los artículos 11 y 12 del Código de Procedimiento Penal y 43 del Código de Procedimiento Penal y en Irlanda conforme a los artículos 14 y 15 del Código de Procedimiento Penal.

Artículo 121 - Las costas de los procesos por delitos menores cometidos contra la presente Ley podrán ser admitidas

Artículo 122 - La ley no se extenderá a Escocia

Artículo 123 - Entrada en vigor de esta Ley

Véase también

Referencias

  1. ^ La cita de esta Ley con este título abreviado fue autorizada por la Ley de Títulos Abreviados de 1896 , artículo 1 y primer anexo. Este título abreviado fue autorizado anteriormente por el artículo 1 de la Ley de Hurto (Publicidad) de 1870. Debido a la derogación de esas disposiciones, ahora está autorizado por el artículo 19(2) de la Ley de Interpretación de 1978 .
  2. ^ Ley de Hurto de 1861, artículo 123
  3. ^ Greaves (1861). Leyes de consolidación y enmienda del derecho penal . págs. 3-4.
  4. ^ Davis, James Edward (1861). Los estatutos de consolidación del derecho penal de los distritos 24 y 25 de Victoria, capítulos 94 a 100. Butterworths. págs. vi-vii https://books.google.com/books?id=HMw0AAAAIAAJ&pg=PA6 – vía Google Books .
  5. ^ Davis, James Edward. Los Estatutos de Consolidación de la Ley Penal de los Distritos 24 y 25 de Victoria, Capítulos 94 a 100. Butterworths. 1861. Página 22.
  6. ^ Ormerod, David. Smith and Hogan's Criminal Law. Decimotercera edición. Oxford University Press. 2011. pág. 254. n. 49.

Enlaces externos