Legislación británica para reestructurar la industria eléctrica
Legislación del Reino Unido
La Ley de Electricidad de 1957 ( 5 y 6 Eliz. 2. c. 48) (derogada en 1989 ) fue una ley del Parlamento del Reino Unido . El principal impacto de la ley fue la disolución de la Autoridad Central de Electricidad , que fue reemplazada por la Junta Central de Generación de Electricidad (CEGB) y el Consejo de Electricidad . [1]
La Ley de Electricidad de 1947 , que nacionalizó la industria, creó la Autoridad Británica de Electricidad (BEA) y 14 juntas de área; también estableció un consejo consultivo para cada una de las juntas de área. Dos de las juntas de área servían al sur de Escocia. Estas se formaron, junto con las actividades de generación de la BEA en la región, en la Junta de Electricidad del Sur de Escocia (SSEB) por la Ley de Reorganización de la Electricidad (Escocia) de 1954, en virtud de la cual la BEA pasó a llamarse Autoridad Central de Electricidad. El norte de Escocia ha sido atendido desde 1943 por la Junta Hidroeléctrica del Norte de Escocia (NSHEB).
La principal innovación de la Ley de Electricidad de 1957 fue el Consejo de Electricidad; sin embargo, esta Ley también convirtió a la Autoridad Central de Electricidad en la Junta Central de Generación de Electricidad (CEGB).
Los órganos estatutarios creados por ella tenían las siguientes responsabilidades clave:
- La CEGB debía desarrollar y mantener un sistema eficiente, coordinado y económico de suministro de electricidad en grandes cantidades a todas las partes de Inglaterra y Gales. Para ello, generaba electricidad y la transmitía, a través de las líneas y cables de alta tensión de su red nacional, a las Juntas de Área y directamente a unos pocos grandes usuarios industriales;
- las 12 juntas de área de Inglaterra y Gales (creadas por la Ley de Electricidad de 1947) compraron suministros de electricidad a granel de la CEGB y los distribuyeron a los consumidores de su área;
- El Consejo de Electricidad, organismo coordinador de la industria de suministro de electricidad, asesoró al Secretario de Estado sobre asuntos que afectaban a la industria y promovió y ayudó al desarrollo y mantenimiento por parte del CEGB y las juntas de área de un sistema eficiente, coordinado y económico de suministro de electricidad;
- Los 12 consejos consultivos de electricidad representaban los intereses de los consumidores en su área y supervisaban los estándares de servicio de las juntas de área; y
- El Consejo de Consumidores de Electricidad representaba los intereses de los consumidores a nivel nacional y podía presentar alegaciones al respecto a la ESI y al Secretario de Estado. El Consejo de Electricidad debía informarle de los planes y acuerdos generales tanto del Consejo de Electricidad como de la CEGB y, en particular, de cualquier propuesta de la CEGB para modificar una tarifa.
Provisiones
La Ley de Electricidad de 1957 comprendía 43 secciones en seis partes y cinco anexos.
Reorganización
- 1. Disolución de la Autoridad Central de Electricidad
- 2. Creación, constitución y funciones de la Junta Central de Generación de Electricidad.
- 3. Creación, constitución y funciones del Consejo de Electricidad.
- 4. Miembros a tiempo completo.
- 5. Consejos Consultivos.
Generación de electricidad por parte de las Juntas de Área y provisión para investigación
- 6. Generación de electricidad.
- 7. Investigación.
Disposiciones relativas a la administración y a las condiciones de empleo
- 8. Poderes del Ministro.
- 9. Representaciones de las Juntas Eléctricas.
- 10. Informes anuales.
- 11. Estados de cuentas.
- 12. Términos y condiciones de empleo.
Finanzas de las Juntas Eléctricas y del Consejo de Electricidad
- 13. Balancear cuenta de ingresos.
- 14. Tarifas y acuerdos especiales.
- 15. Poderes de endeudamiento.
- 16. Emisión de acciones.
- 17. Garantías del Tesoro.
- 18. Requisitos de las Juntas Directivas.
- 19. Fondo central de garantía.
- 20. Fondos de reserva.
- 21. Contribuciones.
- 22. Ingresos excedentes.
- 23. Indemnización a las autoridades locales.
- 24. Impuesto sobre la renta y sobre las utilidades.
Transferencia de la responsabilidad de la Autoridad Central al Consejo de Electricidad y a la Junta de Generación
- 25. Transferencia de activos de la Autoridad Central.
- 26. Transferencia de activos y pasivos.
- 27. Compensación.
Disposiciones diversas y complementarias
- 28. Suministro de electricidad a los ferrocarriles.
- 29. Cargos máximos.
- 30. Certificación de contadores.
- 31. Colocación de líneas de servicio sobre el suelo.
- 32. Colocación de líneas eléctricas.
- 33. Construcción o ampliación de centrales generadoras.
- 34. Investigaciones públicas.
- 35. Entrada en tierra.
- 36. Procedimiento vial en relación con obras eléctricas.
- 37. Preservación de las comodidades.
- 38. Situación del Consejo de Electricidad, Junta de Generación y Juntas de Área.
- 39. Gastos administrativos.
- 40. Interpretación.
- 41. Disposiciones transitorias.
- 42. Modificación y adaptación de leyes y derogaciones.
- 43. Título corto, cita, comienzo y extensión.
HORARIOS:
- Primer Anexo - Consejos.
- Anexo Segundo - Disposiciones complementarias relativas a las investigaciones públicas.
- Anexo Tercero - Disposiciones Transitorias.
- Cuarto Anexo - Modificación y Adaptación de Disposiciones.
- Parte I - Enmiendas a la Ley de Electricidad de 1947.
- Parte II - Enmiendas y adaptaciones de otras disposiciones legales.
- Anexo Quinto - Disposiciones Derogadas.
Véase también
Enlaces externos
Referencias
- ^ Comisión de Competencia (Reino Unido), Informe sobre la industria de suministro de electricidad, 1987 (PDF) [usurpado]