La Ley de Disolución de Matrimonios Musulmanes de 1939 se ocupa de las situaciones en las que las mujeres musulmanas en la India pueden obtener el divorcio . [1] Su título y contenido se refieren a la Ley de Aplicación de la Ley Personal Musulmana (Shariat) de 1937 , [2] que trata del matrimonio , la sucesión y la herencia entre musulmanes. La Ley de 1939 (Ley Nº 8 de 1939) tiene por objeto consolidar y aclarar las disposiciones de la ley musulmana relativas a las demandas de disolución del matrimonio interpuestas por mujeres casadas conforme a la ley musulmana. La ley recibió la aprobación del Gobernador General el 17 de marzo de 1939. [3] En la ley musulmana, la esposa puede reclamar el divorcio de forma extrajudicial o judicial. Las modalidades extrajudiciales son Talaaq-i-tafweez y Lian. La modalidad judicial es mediante la Ley de disolución de matrimonios musulmanes de 1939. La ley define las causas de divorcio y el procedimiento a tal efecto. [4] [5] Un aspecto importante de esta ley es el artículo 4 que establece: "La renuncia al Islam por parte de una mujer musulmana casada o su conversión a una fe distinta del Islam no constituirá por sí sola la disolución de su matrimonio". [1]
Según la ley, una mujer casada según la ley musulmana tendrá derecho a obtener un decreto para la disolución de su matrimonio por uno o más de los siguientes motivos: [1]
i) que no se haya conocido el paradero del marido durante un período de cuatro años;
(ii) que el marido ha descuidado o no ha proporcionado su manutención durante un período de dos años;
(iii) que el marido haya sido condenado a pena privativa de libertad de siete años o más;
(iv) que el marido ha incumplido, sin causa razonable, sus obligaciones conyugales durante un período de tres años; sigue siendo asi:
(v) que el marido era impotente al momento del matrimonio y (vi) que el marido ha estado demente por un período de dos años o padece lepra o una enfermedad venérea virulenta ;
(vii) que ella, habiendo sido entregada en matrimonio por su padre u otro tutor antes de cumplir los quince años, repudió el matrimonio antes de cumplir los dieciocho años: siempre que el matrimonio no haya sido consumado ;
(viii) que el marido la trate con crueldad es decir,-
(ix) por cualquier otro motivo que se reconozca como válido para la disolución de matrimonios según la ley musulmana: Siempre que,