La Ley de Artes y Oficios Indígenas de 1990 (PL 101-644) es una ley de veracidad en la publicidad que prohíbe la tergiversación en la comercialización de productos de arte y oficios de indios americanos o nativos de Alaska dentro de los Estados Unidos. Es ilegal ofrecer o exhibir para la venta o vender cualquier producto de arte o oficio de una manera que sugiera falsamente que es de producción india, un producto indio o el producto de una tribu india o una organización de arte y oficios india , residente en los Estados Unidos. Por una primera violación de la Ley, una persona puede enfrentar sanciones civiles o penales de hasta $250,000 de multa o una pena de prisión de cinco años, o ambas. Si una empresa viola la Ley, puede enfrentar sanciones civiles o puede ser procesada y multada por hasta $1,000,000.
La ley cubre todas las artesanías tradicionales y contemporáneas de estilo indio y de la India producidas después de 1935. La Ley se aplica en términos generales a la comercialización de artesanías por parte de cualquier persona en los Estados Unidos. Algunos artículos tradicionales que los no indígenas copian con frecuencia son las joyas, la cerámica, las cestas, los fetiches de piedra tallada , las alfombras tejidas, las figuras kachina y la ropa de estilo indio.
La Junta de Artes y Oficios de la India , una agencia establecida en 1934, tiene la responsabilidad de supervisar la implementación de la Ley.
El Departamento del Interior de los EE. UU. declara explícitamente en su sitio web informativo sobre la Ley que, "Según la Ley, un indio se define como un miembro de cualquier tribu india reconocida a nivel federal o estatal, o un individuo certificado como artesano indio por una tribu india". [1]
En la Sección 309.2, la Ley define una "tribu india" como:
(1) Cualquier tribu, banda, nación, aldea nativa de Alaska o cualquier grupo o comunidad organizada que sea reconocida como elegible para los programas y servicios especiales proporcionados por los Estados Unidos a los indios debido a su condición de indios; o (2) Cualquier grupo indio que haya sido reconocido formalmente como tribu india por una legislatura estatal o por una comisión estatal u organización similar investida legislativamente con autoridad estatal de reconocimiento tribal. [2]
Todos los productos deben comercializarse de manera veraz respecto de la herencia indígena y la afiliación tribal de los productores, a fin de no engañar al consumidor. Es ilegal comercializar un artículo de arte o artesanía utilizando el nombre de una tribu si un miembro o artesano indio certificado de esa tribu no creó realmente el artículo de arte o artesanía. [3]
La sección 309.4 de la ley también permite que las personas con ascendencia tribal que no son elegibles para la inscripción sean designadas como "artesanos indígenas de una tribu en particular". La certificación debe estar documentada por escrito por el gobierno tribal. [4]
La Ley no se aplica a los servicios , como lo reveló la sentencia en el caso contra James Arthur Ray .
La antropóloga cultural y abogada Gail Sheffield y otros afirman que esta ley ha tenido "la consecuencia no deseada de sancionar la discriminación contra los nativos americanos cuya afiliación tribal no estaba oficialmente reconocida". [5] Aquellos que afirman ser artistas nativos pero no están inscritos en una tribu corren el riesgo de recibir multas o prisión si continúan vendiendo su arte mientras reivindican su herencia nativa. [6] [7] [8]