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Junta Civil de Apelaciones de Contratos

La Junta Civil de Apelaciones de Contratos ( CBCA ) es una junta resolutoria compuesta por jueces administrativos federales que está alojada dentro de la Administración de Servicios Generales pero funcionalmente independiente de ella . La Junta Civil de Apelaciones de Contratos fue establecida por la Sección 847 de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el año fiscal 2006, [1] con fecha de vigencia del 6 de enero de 2007, para escuchar y decidir disputas contractuales entre contratistas gubernamentales y agencias ejecutivas bajo las disposiciones de la Ley de Disputas Contractuales , 41 USC §§ 7101 et seq., y los reglamentos y normas emitidos en virtud de ese estatuto.

Jurisdicción

La CBCA decide disputas entre contratistas gubernamentales y agencias ejecutivas de los Estados Unidos. La autoridad de la Junta se extiende a todas las agencias ejecutivas excepto el Departamento de Defensa , la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio , el Servicio Postal de los Estados Unidos , la Comisión Reguladora Postal , la Administración Federal de Aviación y la Autoridad del Valle de Tennessee .

La jurisdicción original de la CBCA sobre reclamaciones relacionadas con disputas contractuales gubernamentales se superpone parcialmente como jurisdicción concurrente con el Tribunal de Reclamaciones Federales de los Estados Unidos en virtud de la Ley de Disputas Contractuales.  El Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de los Estados Unidos puede ejercer jurisdicción de apelación sobre decisiones de la Junta que involucran disputas sobre contratos gubernamentales (28 USC § 1295).

La Junta también escucha y decide varias clases adicionales de casos, incluidos

Procedimiento

La Junta utiliza una variedad de técnicas destinadas a acortar y simplificar, cuando corresponda, los procedimientos formales normalmente utilizados para resolver disputas contractuales. La Junta apoya plenamente el uso de resolución alternativa de disputas (ADR) en todos los casos apropiados; Alienta la resolución rápida, experta y económica de disputas contractuales como lo promueve la Ley de Resolución de Disputas Administrativas . Además, la Junta proporciona a otras agencias ejecutivas, cuando lo solicitan conjuntamente una agencia y su contratista, servicios alternativos de resolución de disputas sobre asuntos relacionados con contratos, ya sea que surjan antes o después de la adjudicación de un contrato.

Historia

La Junta Civil de Apelaciones de Contratos se creó mediante la consolidación de ocho antiguas juntas de apelaciones de contratos: [2]

Ver también

Referencias

  1. ^ Ley de Autorización de Defensa Nacional para el año fiscal 2006, Pub. l.Información sobre herramientas sobre derecho público (Estados Unidos) 109–163 (texto) (PDF), § 847, 119  Stat.  3391, codificado en 41 USC  § 7105.
  2. ^ Junta de Apelaciones de Contratos; El establecimiento de la Junta Civil de Apelaciones de Contratos y la terminación de las Juntas de Apelaciones de Contratos de la Administración de Servicios Generales y los Departamentos de Agricultura, Energía, Vivienda y Desarrollo Urbano, Interior, Trabajo, Transporte y Asuntos de Veteranos , 71 FR 65825 ( 9 de noviembre de 2006).

enlaces externos