En la nomenclatura química , un nombre IUPAC preferido ( PIN ) es un nombre único, asignado a una sustancia química y preferido entre todos los nombres posibles generados por la nomenclatura IUPAC . La "nomenclatura IUPAC preferida" proporciona un conjunto de reglas para elegir entre múltiples posibilidades en situaciones en las que es importante decidir sobre un nombre único. Está destinada a usarse en situaciones legales y regulatorias. [1]
Los nombres IUPAC preferidos son aplicables solo para compuestos orgánicos , para los cuales la IUPAC (Unión Internacional de Química Pura y Aplicada) tiene la definición como compuestos que contienen al menos un solo átomo de carbono pero ningún metal alcalino , alcalinotérreo o de transición y pueden ser nombrados por la nomenclatura de compuestos orgánicos [2] (ver abajo). Las reglas para los compuestos orgánicos e inorgánicos restantes aún están en desarrollo. [3] El concepto de PINs está definido en el capítulo introductorio y el capítulo 5 de la "Nomenclatura de Química Orgánica: Recomendaciones IUPAC y Nombres Preferidos 2013" (de libre acceso), [4] que reemplaza dos publicaciones anteriores: la "Nomenclatura de Química Orgánica" , 1979 (el Libro Azul ) y "Una Guía para la Nomenclatura IUPAC de Compuestos Orgánicos, Recomendaciones 1993" . También está disponible la versión completa del borrador de las recomendaciones del PIN ( "Nombres preferidos en la nomenclatura de compuestos orgánicos" , Borrador del 7 de octubre de 2004). [5] [6]
Un nombre IUPAC preferido o PIN es un nombre que se prefiere entre dos o más nombres IUPAC. Un nombre IUPAC es un nombre sistemático que cumple con las reglas IUPAC recomendadas. Los nombres IUPAC incluyen nombres retenidos. Un nombre IUPAC general es cualquier nombre IUPAC que no sea un "nombre IUPAC preferido". Un nombre retenido es un nombre tradicional o de uso frecuente, generalmente un nombre trivial , que puede usarse en la nomenclatura IUPAC. [7]
Dado que los nombres sistemáticos a menudo no son legibles por humanos, un PIN puede ser un nombre retenido. Tanto los "PIN" como los "nombres retenidos" deben elegirse (y establecerse por la IUPAC) explícitamente, a diferencia de otros nombres de la IUPAC, que surgen automáticamente de las reglas de nomenclatura de la IUPAC. Por lo tanto, el PIN es a veces el nombre retenido (por ejemplo, fenol y ácido acético, en lugar de benceno y ácido etanoico), mientras que en otros casos, se eligió el nombre sistemático en lugar de un nombre retenido muy común (por ejemplo, propan-2-ona, en lugar de acetona).
Un nombre preseleccionado es un nombre preferido elegido entre dos o más nombres para hidruros parentales u otras estructuras parentales que no contienen carbono (padres inorgánicos). Los "nombres preseleccionados" se utilizan en la nomenclatura de compuestos orgánicos como base para los PIN de los derivados orgánicos. Son necesarios para los derivados de compuestos orgánicos que no contienen carbono en sí mismos. [7] Un nombre preseleccionado no es necesariamente un PIN en la nomenclatura química inorgánica.
Los sistemas de nomenclatura química desarrollados por la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC) se han concentrado tradicionalmente en garantizar que los nombres químicos sean inequívocos, es decir, que un nombre solo pueda referirse a una sustancia. Sin embargo, una sola sustancia puede tener más de un nombre aceptable, como el tolueno , que también puede denominarse correctamente como "metilbenceno" o "fenilmetano". Algunos nombres alternativos siguen estando disponibles como "nombres retenidos" para contextos más generales. Por ejemplo, tetrahidrofurano sigue siendo un nombre inequívoco y aceptable para el disolvente orgánico común, incluso si el nombre IUPAC preferido es "oxolano". [8]
La nomenclatura es: [9]
Están disponibles los siguientes, pero no se les da preferencia especial: [10]
El número de nombres triviales y no sistemáticos conservados de compuestos orgánicos simples (por ejemplo, ácido fórmico y ácido acético ) se ha reducido considerablemente para los nombres preferidos de la IUPAC, aunque hay disponible un conjunto más grande de nombres conservados para la nomenclatura general. Los nombres tradicionales de monosacáridos simples , α-aminoácidos y muchos productos naturales se han conservado como nombres preferidos de la IUPAC; en estos casos, los nombres sistemáticos pueden ser muy complicados y prácticamente nunca se utilizan. El nombre del agua en sí es un nombre conservado de la IUPAC.
En la nomenclatura IUPAC, todos los compuestos que contienen átomos de carbono se consideran compuestos orgánicos. La nomenclatura orgánica solo se aplica a los compuestos orgánicos que contienen elementos de los grupos 13 a 17. Los compuestos organometálicos de los grupos 1 a 12 no están cubiertos por la nomenclatura orgánica. [7] [11 ]