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Artículo 29 Grupo de trabajo sobre protección de datos

El Grupo de Trabajo del Artículo 29 ( Art. 29 PT ), cuyo nombre completo es Grupo de Trabajo sobre la Protección de las Personas Físicas en lo que respecta al Tratamiento de Datos Personales , [1] era un órgano consultivo independiente de la Unión Europea en materia de protección de datos y privacidad . Estaba integrado por un representante de la autoridad de protección de datos de cada Estado miembro de la UE , el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la Comisión Europea .

La composición y finalidad del Art. 29 WP se establecieron en el Artículo 29 de la Directiva de Protección de Datos (Directiva 95/46/CE) y se puso en marcha en 1996. Fue reemplazado por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) el 25 de mayo de 2018 de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE (Reglamento (UE) 2016/679). [2]

Sus principales misiones declaradas eran:

El Grupo de Trabajo eligió un presidente y dos vicepresidentes, cada uno con un mandato de dos años, renovable una sola vez. [4] La secretaría del Grupo de Trabajo estuvo a cargo de la Comisión Europea .

Véase también

Referencias

  1. ^ "Trabajo futuro en materia de códigos de conducta: Documento de trabajo sobre el procedimiento para el examen por el Grupo de trabajo de los códigos de conducta comunitarios" (PDF) . Comisión Europea. 10 de septiembre de 1998. Archivado (PDF) desde el original el 2 de junio de 2021 . Consultado el 22 de agosto de 2020 .
  2. ^ "Las nuevas normas de protección de datos de Europa y el CEPD: dar a los particulares un mayor control" (Nota de prensa). Bruselas: Comité Europeo de Protección de Datos. 25 de mayo de 2018. Archivado desde el original el 14 de junio de 2018 . Consultado el 1 de junio de 2018 .
  3. ^ «Grupo de trabajo del artículo 29». Comisión Europea. Archivado desde el original el 16 de septiembre de 2013. Consultado el 21 de enero de 2016 .
  4. ^ "Reglamento interno del Grupo de trabajo sobre la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales" (PDF) . Bruselas: Grupo de trabajo del artículo 29. 15 de febrero de 2010. Artículo 3.3. Archivado desde el original (PDF) el 30 de diciembre de 2011.

Enlaces externos