El Consejo de Ministros ( en italiano : Consiglio dei Ministri , CdM ) es el principal órgano ejecutivo del Gobierno de Italia . Está compuesto por el Presidente del Consejo (el Primer Ministro de Italia ), todos los ministros y el Subsecretario del Primer Ministro. Los viceministros ( en italiano : viceministri ) y los ministros subalternos ( en italiano : sottosegretari ) forman parte del gobierno, pero no son miembros del Consejo de Ministros.
Historia
El Consejo de Ministros tiene su origen en la promulgación del Estatuto Albertino por parte del Reino de Cerdeña en 1848. El Estatuto, que posteriormente se convirtió en la Constitución del Reino de Italia , no preveía reuniones colegiales de ministros individuales, sino simplemente la existencia de ministros como jefes de sus ministerios, responsables de sus operaciones. El Consejo de Ministros se desarrolló posteriormente como una convención constitucional y el cargo de Presidente del Consejo surgió de la necesidad de coordinar las actividades de los ministros individuales. [1]
Formación
Cita
El Consejo de Ministros está regulado por la Constitución y está integrado por:
El Presidente del Consejo de Ministros (generalmente denominado Primer Ministro) es el presidente del Consejo y es designado por el Presidente de Italia tras consultas postelectorales con los líderes de los grupos parlamentarios, los Presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados y los ex Presidentes de la República. El Primer Ministro es confirmado mediante una moción de confianza (votación nominal) de ambas Cámaras del Parlamento a más tardar 10 días después de la toma de posesión del Gobierno, de conformidad con la Constitución;
Si alguna de las Cámaras no aprueba la moción antes mencionada, el Primer Ministro tiene el deber constitucional de dimitir para permitir que el Presidente encuentre una nueva mayoría para apoyar a otro Primer Ministro designado o convoque nuevas elecciones;
Los Ministros , nombrados por el Presidente de la República, pero a petición del Primer Ministro;
Según la Constitución, el Presidente tiene la facultad de cuestionar la elección de un ministro, si existen motivos para ello. Hasta que no se llegue a un acuerdo, no se nombrará al titular del ministerio en cuestión.
Todos los poderes del Consejo de Ministros recaen en manos del Presidente de la República hasta que los ministros asuman sus cargos.
Juramento
Después de que el Presidente de la República firma los decretos de nombramiento, pero antes de poder ejercer sus funciones, el Primer Ministro y los Ministros deben prestar juramento de su cargo según la fórmula prevista en el artículo 1.3 de la Ley n. 400/1988. El juramento expresa la necesidad de confianza que incumbe a todos los ciudadanos, pero especialmente a los que ejercen funciones públicas (según el artículo 54 de la Constitución).
Recordar
Según el artículo 94 de la Constitución, el Gobierno puede pedir que se le retire la confianza. La moción de censura debe estar firmada por al menos una décima parte de los miembros de la Cámara y no puede discutirse durante al menos tres días después de la propuesta. Una vez discutida, debe votarse mediante apelación nominal. Si bien la revocación de un ministro no está regulada explícitamente, la práctica procesal permite una moción de censura individual: el primer caso de este tipo fue el de Filippo Mancuso en 1995. [2]
Funciones
Las funciones del Consejo de Ministros están reguladas por la Constitución (artículos 92-96) [3] y por la Ley n. 400 del 23 de agosto de 1988. [4]
Relación con otras partes del sistema político
El Consejo de Ministros en una forma parlamentaria de gobierno (por ejemplo, Italia) es el principal titular del poder ejecutivo , es decir, el poder de poner en vigor una decisión del proceso político italiano (es decir, ejecutarla).
En relación con el Parlamento , la " relación de confianza " ( rapporto di fiducia ) es crucial. Para que el Consejo de Ministros y el Primer Ministro ejerzan plenamente sus funciones y sigan en el cargo, deben conservar el apoyo político de ambas Cámaras del Parlamento. La relación de confianza es el núcleo de los sistemas parlamentarios como el italiano porque significa que el Gobierno es "responsable" ante el Parlamento.
El Presidente de la República tiene el poder de nombrar al Primer Ministro y a los ministros.
El poder judicial ordinario está organizado desde el punto de vista administrativo-estructural por el Ministro de Justicia ; sin embargo, la independencia del poder judicial en relación con las demás partes del Estado se mantiene firme, como lo demuestra la existencia del Consejo Superior de la Judicatura que nombra, transfiere, promueve y disciplina a los miembros del poder judicial independientemente del poder ejecutivo.
Los miembros del Consejo de Ministros, incluso si abandonan sus cargos, sólo están sujetos a la jurisdicción de los tribunales por las actividades realizadas en el ejercicio de su cargo con autorización de una de las cámaras del Parlamento (art. 96 de la Constitución). [5]
Potestades
Como órgano principal del poder ejecutivo, la función primordial del Consejo de Ministros es la de implementar una determinada política nacional. Para ello, la Constitución le otorga los siguientes medios:
Iniciativa legislativa: El Consejo de Ministros puede presentar proyectos de ley a las dos Cámaras del Parlamento.
Poder de decreto: El Consejo de Ministros puede adoptar dos tipos diferentes de decretos que tienen fuerza de ley (es decir, con un poder legal equivalente a las leyes aprobadas por el Parlamento): el decreto-ley (provisional) en asuntos de urgencia y el decreto legislativo (no provisional) en casos en que el Parlamento ha delegado expresamente la autoridad legislativa al Consejo. El uso frecuente del poder de decreto ha hecho que un importante poder legislativo se transfiera del Parlamento al Consejo en los últimos tiempos.
El decreto-ley (arts. 72 y 77 de la Constitución y art. 15 de la Ley n. 400/1988) es una ley elaborada por el Consejo de Ministros y aprobada por la mayoría de sus miembros, pero sólo en casos de extrema necesidad y urgencia. Una vez aprobado, entra en vigor inmediatamente y se propone a una de las dos Cámaras del Parlamento para su conversión en ley. Si el decreto no se convierte en ley en el plazo de 60 días, sus efectos se vuelven nulos.
El decreto legislativo (art. 76 de la Constitución) es un instrumento mediante el cual las Cámaras deciden (por ejemplo, por insuficiencia o falta de tiempo) no disciplinar de manera detallada una materia determinada (salvo en los casos que deban ser disciplinados por ley ordinaria), al tiempo que adoptan los principios y criterios (es decir, el "marco") dentro del cual el Gobierno deberá legislar. Esto obliga al Gobierno a seguir límites específicos, y es una ley en sí misma (sc "ley delegante"), que es aprobada por el Parlamento al igual que una ley ordinaria. Una vez transcurrido el plazo establecido, el Gobierno ya no puede legislar. Además, si el Gobierno no se atiene a la ley delegante, excederá la delegación, lo que, si se presenta al Tribunal Constitucional , este decretará la falta de constitucionalidad del decreto legislativo en su parte que excede la delegación. Al igual que el decreto-ley, el decreto legislativo es elaborado por el consejo y aprobado por la mayoría de sus miembros. No necesita convertirse en ley.
Poder regulador: Los ministros tienen dos papeles distintos pero coexistentes. Son, políticamente, las máximas autoridades ejecutivas designadas por el Parlamento, pero también son los jefes administrativos del Estado, cuyas actividades dirigen de acuerdo con el proceso político. Como administradores, el consejo y los ministros individuales pueden producir "reglamentos" ( regolamentos ), que son instrumentos jurídicos subordinados a la legislación. Así, los reglamentos que contradicen la legislación (es decir, leyes aprobadas por el Parlamento, decretos-ley, decretos legislativos) son ilegítimos y pueden ser anulados por los jueces ordinarios y anulados por los jueces administrativos.
Funciones del presidente del consejo y de los ministros
El presidente del Consejo dirige la política general del Gobierno y es responsable de ella. Mantiene la unidad de dirección política y administrativa promoviendo y coordinando la actividad de los ministros.
Los ministros son colectivamente responsables de los actos del Consejo de Ministros y individualmente responsables de los actos relativos a sus ministerios.
Lista de ministros italianos actuales
El actual gobierno italiano está dirigido por Giorgia Meloni . A fecha de octubre de 2022 [update], el gobierno cuenta con 25 ministros, de los cuales 9 no tienen cartera .
↑ «La funzione del Presidente del Consiglio» (en italiano) . Consultado el 3 de noviembre de 2023 .
^ "Ministri del gobernador: nomina e revoca, la prassi in Italia". OpenBlog (en italiano). 4 de abril de 2016 . Consultado el 26 de septiembre de 2019 .
^ Artículo 92 y siguientes
^ "Gobierno Italiano – La normativa della PCM". presidenza.governo.it . Archivado desde el original el 26 de septiembre de 2019 . Consultado el 26 de septiembre de 2019 .