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Franklin contra el Estado

Franklin v. State , 257 So. 2d 21 (Fla. 1971), fue un caso en el que la Corte Suprema de Florida anuló la ley de sodomía de Florida por ser "inconstitucional por la vaguedad e incertidumbre en su lenguaje, violando el debido proceso constitucional para los acusados". [1] El tribunal mantuvo la prohibición del estado sobre la sodomía al dictaminar que el sexo anal y oral aún podía procesarse bajo el cargo menor de conducta "antinatural y lasciva", reduciendo así el delito de un delito grave a un delito menor .

Asunto

El caso involucraba a dos hombres, Alva Gene Franklin y Stephen F. Joyce, quienes fueron arrestados por cometer un " crimen contra la naturaleza " durante las primeras horas de la mañana en un automóvil estacionado cerca de la costa de San Petersburgo . [2] La policía los acusó de un delito grave , punible con hasta 20 años de prisión, por violar el Estatuto de Florida 800.01, promulgado en 1868, que decía:

El que cometa el abominable y detestable delito contra naturaleza, ya sea con hombres o con bestias, será castigado con pena de prisión en la prisión estatal no mayor de veinte años.

En el caso de Delaney v. State , 1966, el tribunal superior había dictaminado previamente que, si bien el significado en derecho consuetudinario de "crimen contra la naturaleza" se refería únicamente a la "cópula per anum y no per os ", los tribunales de Florida ya habían sostenido durante décadas que el FS 800.01 incluía tanto el sexo oral como el anal, y que el público podía averiguar fácilmente lo que significaba el estatuto a ese respecto: [3]

Al señalar que el estatuto, sin mayor definición, simplemente prohíbe "... el abominable y detestable crimen contra la naturaleza, ya sea con la humanidad o con los animales...", el Estado planteó lógicamente la cuestión de si es más fácil para el público, o para un acusado, determinar la naturaleza de este crimen investigando la historia del derecho consuetudinario o la jurisprudencia de este estado. Aunque las opiniones de este tribunal no siempre son la esencia de la claridad, y nunca tan lúcidas como nos gustaría que fueran, en este caso las que se emitieron anteriormente sobre este tema advierten claramente a todas las personas que en este estado el abominable crimen contra la naturaleza incluye la cópula, ya sea por la boca o por el ano. Estas decisiones son ciertamente más accesibles y más fáciles de entender que las del derecho consuetudinario. Concluimos, por lo tanto, que la Sección 800.01, tal como fue interpretada previamente por este tribunal en los casos citados, prohíbe el acto imputado a este apelante, y le proporcionó y le proporciona a él y a todas las demás personas, conocimiento de que el acto del que se queja fue un delito en este estado con al menos el grado de precisión requerido por nuestras constituciones.

Sin embargo, cinco años después, en el caso Franklin , el tribunal se retractó explícitamente de este punto.

Decisión

En su decisión, emitida el 17 de diciembre de 1971, la Corte Suprema revocó las condenas por delitos graves de Franklin y Joyce, que habían sido confirmadas en apelación por un tribunal de distrito, y declaró: [1]

El renovado ataque al lenguaje de esta ley por su vaguedad constitucional y su amplitud excesiva no es sorprendente en vista de la redacción cautelosa utilizada en tales leyes en 1868 cuando se redactaron. Se plantea una cuestión muy seria sobre si la ley cumple con el criterio constitucional reconocido de informar a la persona promedio de inteligencia común sobre lo que está prohibido, de modo que no tenga que especular sobre el significado de la ley. Si el lenguaje no cumple con este criterio, entonces debe ser desestimado y el asunto debe dejarse a la corrección legislativa. . . .

El lenguaje de esta ley podría atrapar a ciudadanos desprevenidos y someterlos a penas de 20 años de cárcel, tal como prevé la ley. Una pena de ese tipo es equivalente a la del homicidio y sin duda sería una revelación impactante para quienes no entiendan el significado de la ley.

El estatuto 800.01 es nulo de pleno derecho por ser inconstitucional debido a la vaguedad e incertidumbre de su lenguaje, violando el debido proceso constitucional para los acusados. Anticipamos y recomendamos un estudio legislativo del tema y, a la espera de una mayor legislación al respecto, la sociedad seguirá estando protegida de este tipo de acto reprobable en virtud de la Sección 800.02 de los Estatutos de Florida, FSA, que dispone: "Actos antinaturales y lascivos. Quien cometa un acto antinatural y lascivo con otra persona será castigado con una multa que no exceda de quinientos dólares o con una pena de prisión que no exceda de seis meses.

En virtud de las pruebas de este caso, la conducta denunciada en la Sección 800.02 de los Estatutos de Florida, FSA, es un delito menor incluido. En consecuencia, debemos, sin ninguna crítica al competente jurista de primera instancia que estaba siguiendo las decisiones vigentes en ese momento, revocar las dos sentencias que declararon a los acusados ​​culpables de un delito grave y remitir las causas al tribunal de primera instancia con instrucciones de dictar sentencia de culpabilidad de conformidad con la Sección 800.02, que es un delito menor, y de imponer la pena correspondiente. En vista de nuestras decisiones anteriores, esta sentencia que declara nula la ley de delitos graves no es retroactiva, sino solo prospectiva. Nos apartamos de opiniones anteriores que no son consistentes con esta decisión.

De esta forma, la sodomía consensual fue reducida a un delito menor y se ordenó al tribunal inferior que declarara a Franklin y Joyce culpables del delito menor.

Dado que la sentencia del Tribunal Supremo de Florida permitió que se mantuvieran en pie las condenas dictadas antes de 1971, en el caso Wainwright v. Stone, dos reclusos condenados en virtud de la ley de 1868, Raymond Stone y Eugene Huffman, presentaron un caso de habeas corpus ante un tribunal federal, argumentando que la ley de Florida era inconstitucional. El Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Quinto Circuito estuvo de acuerdo, pero el 5 de noviembre de 1973, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos revocó la decisión del tribunal de apelaciones y confirmó las condenas de los hombres de conformidad con el derecho del Tribunal Supremo de Florida a declarar que su sentencia no tenía efecto retroactivo. [4]

Otros casos

En otros casos posteriores a 1971, la Corte Suprema de Florida sostuvo que el ciudadano promedio de la época se sentiría desconcertado por el significado de "crimen detestable y abominable contra la naturaleza" (escrito en 1868), pero entendería claramente que la frase "acto antinatural y lascivo" (escrita en 1917) se refería tanto al sexo anal como al sexo oral , y por lo tanto permitió que la policía y los tribunales de Florida continuaran con los arrestos y condenas por tales hechos. [2] Por ejemplo, en Thomas v. State , el tribunal dijo:

Nos adherimos a decisiones recientes de este Tribunal que sostienen que las palabras "antinatural y lascivo" tal como se utilizan en la Sección 800.02 de los Estatutos de Florida, no son nulas por vaguedad y que estas palabras son de tal carácter que un ciudadano común puede determinar fácilmente qué carácter o acto se pretende.

Estos casos incluyeron, entre otros:

Legislación

La Legislatura de Florida de 1972 intentó, pero no logró, llegar a un acuerdo sobre un sustituto de la ley de "delitos contra la naturaleza" porque los legisladores no pudieron ponerse de acuerdo sobre si las parejas de distinto sexo debían incluirse o no en la definición de sodomía. De hecho, los senadores del condado de Dade presentaron una enmienda para despenalizar todas las relaciones sexuales consentidas entre adultos, pero la propuesta fue derrotada por 24 votos a 18. Finalmente, en 1974, la Legislatura volvió a codificar y mantuvo la sección "lasciva y obscena" como un delito menor de segundo grado (castigable con una multa de 500 dólares o hasta 60 días de cárcel), que a partir de entonces funcionó como la ley de sodomía del estado, aplicable tanto a parejas del mismo sexo como de distinto sexo, pero utilizada principalmente para estigmatizar a los gays y lesbianas como delincuentes cada vez que el estado consideraba una cuestión relacionada con sus derechos civiles. [9]

En 2003, la Corte Suprema de los Estados Unidos falló en el caso Lawrence contra Texas y anuló todas las leyes de sodomía que aún existían en todo el país, incluida la de Florida, por considerarlas violaciones inconstitucionales del debido proceso y la privacidad. [2] Sin embargo, a partir de 2013, la ley seguía siendo parte de los Estatutos de Florida. [10]

En 1977, tras la derrota de una ordenanza sobre los derechos de los homosexuales en el condado de Miami-Dade ante la oposición masiva organizada por la campaña Save Our Children , Anita Bryant instó a la Legislatura a restablecer la ley de "crímenes contra la naturaleza". [2] Los legisladores se negaron a hacerlo, pero en su lugar aprobaron una ley que prohibía la adopción por parte de homosexuales y lesbianas , que permaneció en vigor hasta que un tribunal de apelaciones de Florida la anuló por inconstitucional en 2010. [11]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab Franklin v. Estado , 257 So. 2d 21 (Fla. 1971).
  2. ^ abcd Eskridge, William N., Jr. Pasiones deshonrosas: leyes de sodomía en Estados Unidos, 1861–2003. Nueva York: Viking/Penguin, 2008. Los números de página no están disponibles en la vista previa de Google.
  3. ^ Delaney v. State, Corte Suprema de Florida, 1966
  4. ^ Wainwright contra Stone , 414 U.S. 21 (1973).
  5. ^ Morris v. State, Tribunal Supremo de Florida, 1972
  6. ^ Witherspoon contra el Estado, Tribunal Supremo de Florida, 1973
  7. ^ Estado v. Fasano, Corte Suprema de Florida, 1973
  8. ^ Thomas v. State, Corte Suprema de Florida, 1975
  9. ^ Turbe, Laura A. "Florida's Inconsistent Use of the Best Interests of the Child Standard", 33 Stetson L. Rev. 369 (2003-2004), consultado el 16 de julio de 2011, págs. 377-381. Archivado el 21 de junio de 2010 en Wayback Machine . Véase la nota al pie 34, pág. 374.
  10. ^ Estatutos de Florida de 2010, Sitio oficial de Internet de la Legislatura de Florida, consultado el 16 de julio de 2011 El estatuto dice: "800.02 — Acto antinatural y lascivo. — Una persona que comete cualquier acto antinatural y lascivo con otra persona comete un delito menor de segundo grado, punible según lo dispuesto en la sección 775.082 o la sección 775.083. El hecho de que una madre amamante a su bebé no viola esta sección bajo ninguna circunstancia".
  11. ^ "Florida no impugnará el fin de la prohibición de adopción por parte de homosexuales", Orlando Sentinel online, 22 de octubre de 2010.

Enlaces externos