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I-20 (formulario)

El Formulario I-20 (también conocido como Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Estudiante No Inmigrante (F-1) - Para Estudiantes Académicos y de Idiomas) es un documento del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos , específicamente ICE y el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP), emitido por escuelas certificadas por SEVP ( institutos universitarios , universidades y escuelas vocacionales ) que proporciona información de respaldo sobre el estatus F o M de un estudiante. [1] [2] Desde la introducción del Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS) administrado por SEVP, el formulario también incluye el número de seguimiento del estudiante ( número de identificación SEVIS ) y el código de la escuela. El Formulario I-20 es solo para los estatus F-1, F-2, M-1 y M-2. Los titulares de los estatus J-1 y J-2 tienen un Formulario DS-2019 equivalente que es emitido por un programa de visitantes de intercambio J designado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos .

Formulario I-20, Certificado de elegibilidad para estatus de estudiante no inmigrante (F-1) - Para estudiantes académicos y de idiomas

Estructura

Estructura actual de la I-20

El I-20 se actualizó a partir de junio de 2015. Todos los nuevos I-20 se emitieron utilizando el nuevo formato a partir del 26 de junio de 2015 y el nuevo I-20 fue necesario para todos los estudiantes que buscan ingresar o reingresar a partir de julio de 2016. La razón principal de la actualización del formulario fue la estandarización de los nombres en SEVIS. Los cambios incluyen: [3]

El nuevo Formulario I-20 tiene tres páginas. Cada dependiente recibe tres páginas adicionales, con el mismo formato. [4]

La página 1 contiene lo siguiente:

La página 2 contiene lo siguiente (esta es información que apareció en la página 3 del I-20 anterior):

En el caso de historiales de eventos largos, la página 2 podría extenderse a varias páginas.

La página 3 contiene instrucciones.

Estructura de la I-20 hasta junio de 2015

El Formulario I-20 utilizado hasta junio de 2015 tiene tres páginas, de las cuales la segunda página era una página de instrucciones, de modo que solo la primera y la tercera página contenían información específica del registro SEVIS del estudiante. [5]

La página 1 contiene lo siguiente:

La página 3 incluye lo siguiente:

Se podrá incluir una página 4 adicional para información sobre los dependientes del estudiante, si los hubiera.

Rol general

Institución certificada por SEVP

El Formulario I-20 es emitido por un Funcionario Escolar Designado (DSO) en la institución (universidad, colegio o escuela vocacional). Solo las instituciones que están certificadas por SEVP pueden emitir Formularios I-20. Una institución puede adquirir la certificación SEVP presentando el Formulario I-17 ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los EE. UU . (este es un proceso que se realiza una sola vez). [6] Tenga en cuenta que una institución puede estar certificada por SEVP a pesar de no tener acreditación nacional o regional. [2] Por el contrario, una institución puede tener acreditación nacional o regional pero puede haber elegido no obtener la certificación SEVP si no tiene la intención de admitir a estudiantes internacionales en el estado F, J o M.

Una universidad grande normalmente tiene una oficina internacional que administra su participación en el SEVP, y todos los DSO trabajan para esta oficina. La oficina internacional administra las actualizaciones del registro SEVIS y la emisión de nuevos Formularios I-20 en papel. Los estudiantes que tengan algún cambio en sus planes (como la fecha de finalización del programa, la carga horaria, la licencia, el regreso de la licencia) deben comunicar estos cambios a su oficina internacional.

Expediente SEVIS del estudiante y Formulario I-20

En el momento en que se emite el primer Formulario I-20 al estudiante (después de aceptar la oferta de admisión de la institución), se crea un registro para el estudiante en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). En cualquier momento, la responsabilidad de mantener actualizado el registro SEVIS del estudiante recae en la institución certificada por SEVP en la que el estudiante está inscrito actualmente. Si el estudiante se transfiere a una institución certificada por SEVP diferente, la responsabilidad de actualizar el registro SEVIS recae ahora en la nueva institución. [7]

El Formulario I-20 puede considerarse como una representación en papel de la información SEVIS más actualizada registrada para la inscripción actual del estudiante. Siempre que haya cambios sustanciales en la información, el registro SEVIS se actualiza y la institución emite un nuevo Formulario I-20 para el estudiante con la información actualizada. El estudiante debe utilizar el Formulario I-20 más actualizado para demostrar su condición de estudiante. [8]

Proceso

Emisión del primer Formulario I-20

Una vez que el futuro estudiante ha aceptado la oferta de admisión de la institución, la institución le emite un Formulario I-20. [1] [2]

Además de la información biográfica del estudiante (incluido el nombre del estudiante, fecha de nacimiento, ciudadanía, etc.), hay dos datos principales que deben ingresarse en el registro SEVIS del estudiante y en el Formulario I-20 inicial.

Cada oficina internacional puede seguir sus propias reglas o pautas con respecto al tipo de documentación que solicita al estudiante o a otros departamentos para poder emitir el I-20. La jerga utilizada para esta documentación también variará según la institución. Por ejemplo, la Universidad de Chicago y la Universidad de Michigan utilizan el término "Declaración de recursos financieros" para la declaración que los estudiantes deben presentar sobre cómo cubrirán sus gastos, [9] [10] mientras que la Universidad de Illinois en Urbana-Champaign utiliza el término "Declaración y certificación de finanzas para la solicitud I-20/DS-2019". [11]

Después de recibir información del estudiante y de la institución sobre la duración y la fecha de finalización del programa, la oficina internacional crea el registro SEVIS del estudiante, obtiene un número SEVIS para el estudiante y emite un Formulario I-20. Se puede enviar una copia física del formulario al estudiante en el extranjero. En caso de que el estudiante tenga un registro SEVIS de un estatus de estudiante anterior, se debe transferir el registro SEVIS existente. [7]

La oficina internacional puede negarse a emitir un Formulario I-20 si el estudiante no puede demostrar cómo planea cubrir los gastos del primer año.

Uso del Formulario I-20 durante la transición al estatus de estudiante

El Formulario I-20 se utiliza en las siguientes etapas de la transición al estatus de estudiante en los Estados Unidos:

Para quienes ingresan a los Estados Unidos con estatus de estudiante, la fecha de ingreso a los Estados Unidos se considera la fecha de inicio del estatus de estudiante F o M (incluso si es anterior a la fecha de inicio del programa). Para quienes pasan de otro estatus al estatus de estudiante, la fecha de transición indicada en el Formulario I-539 se considera la fecha de inicio.

Uso posterior del Formulario I-20

Establecimiento de la legalidad del estatus y la estancia

El Formulario I-20 sirve como prueba de la legalidad de la presencia actual del estudiante en los Estados Unidos. Cabe señalar que no es necesario tener una visa válida para tener la condición de estudiante legal; solo se necesita una visa válida para ingresar o reingresar a los Estados Unidos. [15]

Documentación de la condición de estudiante para fines del gobierno de los Estados Unidos

El Formulario I-20 puede utilizarse para demostrar la condición de estudiante al solicitar documentos y beneficios del gobierno de los Estados Unidos, como el Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN) y el Número de Seguro Social . [16] También se requiere para demostrar la autorización para trabajar para los estudiantes en Capacitación Práctica Curricular . [17]

Viajes y firmas de viajes

Siempre que el estudiante vuelva a ingresar a los Estados Unidos después de viajar, deberá tener todos estos documentos al momento de llegar al puerto de entrada: [18]

Dado que las firmas de viaje son válidas solo por un año, los estudiantes deben obtener periódicamente firmas de viaje actualizadas en su I-20 de la oficina de estudiantes internacionales. El propósito de este requisito es evitar casos en los que las personas que ya no están inscritas como estudiantes en una institución sigan utilizando un Formulario I-20 desactualizado para ingresar. En particular, al agregar una nueva firma de viaje al OPT, es responsabilidad de la oficina de estudiantes internacionales asegurarse de que el estudiante aún esté inscrito en la institución. En caso de que el Formulario I-20 se quede sin espacio para las firmas de viaje, la oficina internacional puede imprimir un nuevo Formulario I-20 para el estudiante.

En el caso especial de la revalidación automática de visa , en el que el estudiante regresa a los Estados Unidos después de un viaje a Canadá, México o una isla cercana por un máximo de 30 días, no es necesario tener una visa válida al momento del reingreso. Sin embargo, aún es necesario tener un Formulario I-20 válido y una firma de viaje. [19]

Cambios al Formulario I-20

En general, siempre que hay cambios en la información del Formulario I-20, se emite un nuevo Formulario I-20. [8] Se recomienda al estudiante conservar todos los Formularios I-20 históricos para el registro, pero solo se debe utilizar la copia más reciente para viajar o como prueba del estado actual de estudiante.

Cambiar la fecha de finalización del programa

Puede suceder que la fecha de finalización real del programa del estudiante sea anterior o posterior a la prevista por el estudiante. Es necesario que se emita un nuevo I-20 que refleje la fecha de finalización actual del programa, tanto antes de la finalización real del programa como antes de la fecha de finalización del programa indicada en el Formulario I-20.

Si se acorta el Formulario I-20, la oficina internacional puede exigir al estudiante que presente evidencia que demuestre que tiene suficientes créditos académicos para graduarse antes. [20] Si se extiende el Formulario I-20, entonces, además de cualquier evidencia del estudiante sobre cambios en sus planes académicos, la oficina internacional también necesita una declaración actualizada de los recursos financieros para el nuevo I-20 para cubrir hasta un año de la extensión del I-20.

Después de que se realiza el cambio de la fecha de finalización del programa en el registro SEVIS del estudiante, se le emite al estudiante el nuevo Formulario I-20.

Es importante tener en cuenta que la fecha de finalización del programa en el Formulario I-20 no tiene por qué coincidir con la fecha de graduación. Más bien, es la fecha de finalización de la inscripción del estudiante en los cursos. No es posible extender la fecha de finalización del programa simplemente para poder quedarse hasta la ceremonia de graduación. Si la ceremonia de graduación cae fuera del período de gracia de 60 días desde la finalización del trabajo del curso, entonces el estudiante debe encontrar otra manera de estar legalmente presente para ella (por ejemplo, permaneciendo en el lugar para realizar la Capacitación Práctica Opcional o obteniendo una visa B para la ceremonia de graduación). [20]

Otros cambios

A continuación se enumeran otros tipos de actualizaciones importantes del registro SEVIS del estudiante que requieren cambios en el Formulario I-20. En todos los casos, el estudiante debe comunicarse con la oficina internacional con anticipación y obtener un nuevo I-20 emitido con anticipación: [21]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab "¿Qué es el Formulario I-20?". 28 de enero de 2013. Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  2. ^ abc "Visas para estudiantes internacionales". EducationUSA. 4 de marzo de 2015. Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  3. ^ "Próximamente: Formulario I-20 rediseñado". 18 de junio de 2015. Consultado el 10 de febrero de 2016 .
  4. ^ "I-20, Certificado de elegibilidad para el estatus de estudiante no inmigrante" (PDF) .
  5. ^ "EJEMPLO de Certificado de Elegibilidad I-20 (para titulares de visas F)" (PDF) . Universidad Brandeis . Archivado desde el original (PDF) el 2015-09-12 . Consultado el 2016-02-10 .
  6. ^ "Descripción general del proceso de certificación SEVP". Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  7. ^ abc "Transferencias para estudiantes con visa F-1". Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  8. ^ ab "Requisitos de las escuelas que buscan la certificación F&M". Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos . Consultado el 10 de febrero de 2016 .
  9. ^ "Cómo calificar para su I-20 o DS-2019". Universidad de Chicago . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  10. ^ "Declaración de recursos financieros para la emisión del Formulario I-20 o DS-2019" (PDF) . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  11. ^ "Declaración y certificación de finanzas para la solicitud I-20/DS-2019 SOLO PARA SOLICITANTES INTERNACIONALES" (PDF) . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  12. ^ "Programa de estudiantes y visitantes de intercambio: tarifa del formulario I-901". Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos . Consultado el 10 de febrero de 2016 .[ enlace muerto permanente ]
  13. ^ "Llegada a los EE.UU. en el aeropuerto o puerto de entrada" . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  14. ^ "Soy un no inmigrante. ¿Cómo puedo cambiar a otro estatus de no inmigrante?" (PDF) . Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
  15. ^ "Visa vs. Estatus: Uno puede expirar, el otro no". Universidad de Chicago . Consultado el 10 de febrero de 2016 .
  16. ^ "Estudiantes internacionales y números de seguridad social" (PDF) . Administración de la Seguridad Social . Consultado el 10 de febrero de 2016 .
  17. ^ "Requisitos de documentación adicional". Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos . 30 de julio de 2020.
  18. ^ "Firmas de viaje". Archivado desde el original el 16 de febrero de 2016 . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  19. ^ "Viajes y visados" . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  20. ^ ab "Finalizar cursos antes de la fecha de finalización del formulario I-20/DS-2019". Universidad de Chicago . Consultado el 9 de febrero de 2016 .
  21. ^ ab "Abandono de un curso, baja y estado de licencia". Universidad de Washington . Archivado desde el original el 16 de febrero de 2016.
  22. ^ "Mantener una carga horaria de estudio a tiempo completo". Universidad de Chicago .
  23. ^ "OPT (Capacitación práctica opcional)". Universidad de Chicago . Consultado el 10 de febrero de 2016 .
  24. ^ "Permiso de ausencia y retiro". Universidad de Chicago . Consultado el 10 de febrero de 2016 .