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Evaluación ambiental estratégica (Dinamarca)

La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) es un proceso en Dinamarca para evaluar los efectos ambientales de los proyectos y programas gubernamentales propuestos. Establecido en 1993 por una orden administrativa de la Oficina del Primer Ministro de Dinamarca, [1] este requisito no fue inicialmente consagrado por ley, pero fue respaldado por una circular gubernamental que exigía que se llevara a cabo una EAE sobre “propuestas gubernamentales con importantes efectos ambientales”. [2] El proceso de la EAE se limitó únicamente a las propuestas gubernamentales y no se extendió a los planes y programas. Se requirió que las EAE se centraran en los impactos que las propuestas tendrían en los factores físicos, ecológicos, culturales, de salud y de riesgo . [3] En 1995, el requisito de la EAE se amplió a nuevas leyes parlamentarias además de las propuestas gubernamentales a nivel nacional.

Orden administrativa inicial

La orden administrativa describía en términos generales cuatro pasos en el proceso de la SEA. [4]

1. Selección – utilizando la lista de verificación contenida en la guía ( agua , aire , clima , superficie de la tierra, suelo , flora y fauna , paisaje, recursos, residuos, edificios históricos, salud de la población , seguridad y transporte de sustancias nocivas) propuestas que Era necesario identificar aquellas áreas que probablemente tendrían un impacto ambiental significativo.

2. Alcance: debían identificarse los efectos acumulativos de un proyecto de ley o política.

3. Evaluación – análisis de los efectos que se habían identificado como significativos en las etapas anteriores. Fundamentalmente, la guía establecía que no era posible dar una descripción general, por lo que se incluyó en la guía una lista de factores a los que se debía hacer referencia.

4. Informe: se debía incluir un informe separado de los efectos ambientales, adjunto al proyecto de ley que se presentaría ante el parlamento. El informe tenía que ser no técnico y fácil de entender; también tenía que ponerse a disposición del público.

Marco legal

La Directiva EAE (2001/42/CE) se integró al sistema de planificación danés en 2004. La Directiva EAE ahora garantiza que la EAE se haya extendido a planes y programas, en lugar de sólo propuestas gubernamentales. La Ley sobre la Evaluación Ambiental de Planes y Programas (Ley SEA danesa) se aprobó en mayo de 2004 y “está estrictamente de acuerdo con los requisitos de la directiva [2001/42/CE]”. [5]

La Ley de EAE permite al Ministro de Medio Ambiente cierta discreción (como lo hizo la orden administrativa de 1993), pudiendo el Ministro determinar si una empresa de propiedad pública o privada está obligada a realizar una EAE según su plan o programa, cuando actúan en calidad de autoridad pública (por ejemplo, la prestación de servicios públicos). [6]

También es importante señalar que la Ley SEA puede ser anulada, siempre que un plan o programa cumpla con los requisitos procesales y sustantivos de la Directiva SEA. Esto ayuda a evitar la duplicación con “planes de uso de la tierra que han sido preparados de conformidad con la Ley de Planificación [danesa]”. [5]

Documentos de orientación

A pesar de la integración de la Directiva EAE, la orientación de la EAE se limitó a una publicación llamada Evaluación ambiental estratégica de proyectos de ley y otras propuestas: ejemplos y experiencias publicada en 1995 por el Ministerio de Medio Ambiente. En 2002 se prepararon nuevas directrices, pero nunca se publicaron debido a un cambio de gobierno. [1] La guía de 1995 establece un enfoque de seis pasos con respecto al tipo de información que debe incluirse en una EAE [1] [7]

En 2006, el Ministerio de Medio Ambiente publicó una guía actualizada relacionada con los requisitos de la SEA para planes y programas que databan de 2004. La instrucción número 9664 titulada 'Vejledning om miljøvurdering af planer og programmer' reemplazó la guía anterior que databa de 1995. La nueva guía fue Posteriormente, en 2007, se complementó con ejemplos de EAE que se habían llevado a cabo. [8] [9]

Se requieren pasos SEA

Los pasos de la SEA que se requieren están definidos por la Ley SEA y complementados por la guía.

La tabla establece el proceso de SEA específico según lo definido por la guía de 2006 y 2007 del Ministerio de Medio Ambiente danés . El proceso se divide en términos generales en nueve etapas principales:

Ejemplos de EAE producidos hasta el momento

Los ejemplos de EAE danesas llevados a cabo después de la introducción de la Directiva EAE de la UE son "hasta ahora pocos". [10] A continuación se muestran algunos ejemplos de EAE que se han producido antes de la introducción de la Directiva EAE de la UE.

Plan de desarrollo regional del norte de Jutlandia (1995-1997)

Esta fue la primera EAE que se llevó a cabo en Dinamarca y se llevó a cabo antes de la introducción de la Directiva EAE de la UE. Como resultado de esta EAE piloto, la principal preocupación entre las partes interesadas fue conciliar los impactos ambientales negativos que resultaron de las actividades de planificación. En general, si bien las partes interesadas sintieron que no se adquirieron nuevos conocimientos al realizar una EAE, el proceso de planificación se volvió más transparente. Los políticos sintieron que había más información sobre la cual podían tomar una decisión informada sobre las opciones que se les presentaban. También se decidió que las consultas deberían llevarse a cabo durante el proceso de determinación del alcance, en lugar de en etapas posteriores del proceso de la EAE. [11]

Plan regional de aguas subterráneas para el condado de Vejle, Jutlandia Oriental (2002)

Esta EAE se llevó a cabo como consecuencia del proceso de planificación regional (que incluía el requisito de EAE) y se destaca por las alternativas sugeridas. La extracción de agua subterránea se lleva a cabo debajo de áreas urbanas contaminadas y se idearon dos estrategias: "limpiar" o extraer agua de áreas rurales. El análisis resultante encontró que no había una mejor solución clara y, por lo tanto, se deben tener en cuenta otros factores, como consideraciones económicas, para ayudar en el proceso de toma de decisiones. [11]

Plan regional de extracción de minerales para el condado de Vejle (2003)

La extracción de minerales controlados bajo el plan se evaluó según seis criterios: transporte, economía, cambios en el paisaje, dinámica del paisaje, contaminación sufrida por los residentes locales y factores de estrés para los residentes locales. Esta EAE influyó claramente en el proceso de toma de decisiones, ya que la decisión sobre la mejor alternativa se aplazó hasta que se pudieran encontrar medidas de mitigación adecuadas. [11]

Fortalezas y debilidades del sistema SEA

Fortalezas

Antes de la implementación de la Directiva EAE en el sistema de planificación danés, había una larga historia de consideración de los efectos ambientales que un proceso de planificación puede tener. Por lo tanto, la transposición de la Directiva EAE a la legislación danesa es totalmente conforme, y las directrices de apoyo (aunque tardías) garantizan que las EAE realizadas cumplan con la directiva. Este enfoque histórico ha garantizado que el proceso de la EAE se haya institucionalizado en el proceso de planificación. Esto garantiza que las consideraciones medioambientales sean objeto de debates políticos y que los proyectos de ley parlamentarios se preparen adecuadamente teniendo en cuenta la Directiva EAE y la Ley EAE danesa.

El proceso de EAE en Dinamarca es transparente y los EAE tienen una influencia perceptible en el proceso de toma de decisiones (Jones et al., 2005). Existe una larga tradición de participación pública en el sistema de planificación danés y esta filosofía no es una excepción con respecto al sistema SEA. A esto se suma la sensación entre los planificadores y las partes interesadas de que, a pesar de los costos de la EAE, en general es un proceso productivo y que vale la pena.

Debilidades

La principal debilidad del sistema danés EAE se relaciona en gran medida con los ministerios gubernamentales; esto es irónico dado que son responsables de la integración de la Directiva EAE en la legislación danesa.

Es necesario reforzar los sistemas de seguimiento actualmente en vigor. Actualmente, el seguimiento de los impactos ambientales se realiza únicamente a través de comunicaciones informales, en lugar de que el Ministro de Medio Ambiente emita normas específicas. [11]

Ver también

Referencias

  1. ^ abc Dalal-Clayton y Sadler, Evaluación ambiental estratégica: un libro de consulta y una guía de referencia para la experiencia internacional, Earthscan, Londres, 2005.
  2. ^ Therival y Partidario (1996), La práctica de la evaluación ambiental estratégica, Earthscan, Londres, p25.
  3. ^ Therival y Partidario (1996), La práctica de la evaluación ambiental estratégica, Earthscan, Londres.
  4. ^ Dalal-Clayton y Sadler, Evaluación ambiental estratégica: un libro de consulta y una guía de referencia para la experiencia internacional, Earthscan, Londres, 2005, páginas 67-68.
  5. ^ ab Elling citado en: Jones et al., Evaluación ambiental estratégica y planificación del uso de la tierra: una evaluación internacional, Earthscan, Londres, 2005, pág.66.
  6. ^ Elling citado en: Jones et al., Evaluación ambiental estratégica y planificación del uso de la tierra: una evaluación internacional, Earthscan, Londres, 2005.
  7. ^ Ministerio danés de Medio Ambiente (2008), Miljøvurdering af planer og programmer (Legislación y orientación SEA), obtenido el 18/03/08.
  8. ^ Ministerio danés de Medio Ambiente (2008 (2)), Vejledning om miljøvurdering af planer og programmer, obtenido el 19/03/08.
  9. ^ Ministerio danés de Medio Ambiente (2008 (3)),Eksempelsamling for miljøvurdering af planer og programmer, septiembre de 2007, obtenido el 19/03/08.
  10. ^ Ministerio de Asuntos Exteriores de Dinamarca (2007), Evaluación ambiental estratégica, obtenido el 25/03/08.
  11. ^ abcd Jones y col. (2005), Evaluación ambiental estratégica y planificación del uso de la tierra: una evaluación internacional, Earthscan, Londres
  12. ^ RECCEE (2005), Evaluación ambiental estratégica a nivel de políticas: progreso reciente, estado actual y progreso futuro, obtenido el 25/03/08