El caso Attorney General v Davy (1741) 26 ER 531 es un caso de derecho de sociedades del Reino Unido que establece este pequeño pero esencial punto de derecho: la regla predeterminada es que la mayoría de un órgano corporativo puede determinar lo que hace.
Las reglas equivalentes en el derecho de sociedades contemporáneo son el artículo 168 de la Ley de Sociedades de 2006 , que permite a los accionistas destituir a los directores mediante una mayoría simple, Foss v Harbottle , que presupone que una mayoría de accionistas siempre puede emprender acciones para litigar, y la regla en Automatic Self-Cleansing Filter Syndicate Co Ltd v Cuninghame , [1] que eleva el requisito al 75% de los accionistas si van a dar instrucciones a la junta.
El rey Eduardo VI había incorporado a doce personas por su nombre en una carta para elegir un capellán para la iglesia de Kirton , en las afueras de Boston, Lincolnshire . Una cláusula establecía que tres de los doce elegirían también un capellán para la iglesia de Sandford, otro pueblo dentro de la parroquia de Kirton, con el consentimiento de la mayoría de los residentes de Sandford. Se había creado una vacante tardía. Dos de los tres eligieron un capellán con el consentimiento de la mayoría de los residentes, pero el tercero disintió. La cuestión era si la elección era válida. [2]
Lord Hardwicke LC sostuvo que el capellán fue elegido válidamente, ya que una entidad corporativa puede actuar por mayoría de votos en cualquier reunión de miembros debidamente convocada.
No se puede discutir que, dondequiera que se constituyan un cierto número de personas, la mayor parte de ellas puede realizar cualquier acto corporativo; de modo que, si se convoca a todos y comparece una parte, la mayor parte de los que comparezcan puede realizar un acto corporativo, aunque no se mencione nada en el estatuto de la mayor parte. Esta es la interpretación común de los estatutos, y soy de la opinión de que las tres constituyen una corporación para el propósito para el que fueron designadas, y la elección también fue confirmada, y en consecuencia no fue necesario que las tres se unieran; pero si el acto que debía realizar un número selecto de las doce hubiera sido mediante un estatuto diferente, habría sido de otra manera; no es necesario que cada acto corporativo deba estar bajo el sello de la corporación, ni tampoco era necesario que este llevara el sello de la corporación.