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Distrito Escolar Independiente de San Antonio contra Rodríguez

Distrito Escolar Independiente de San Antonio contra Rodríguez , 411 US 1 (1973), fue un caso en el que la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que el sistema de financiamiento del Distrito Escolar Independiente de San Antonio , que se basaba en impuestos locales a la propiedad, no era una violación de lacláusula de igual protección de la Decimocuarta Enmienda . [1]

La opinión mayoritaria, revocada por el Tribunal de Distrito , afirmó que los apelados no probaron suficientemente una base textual, dentro de la Constitución de los Estados Unidos, que respaldara el principio de que la educación es un derecho fundamental . Al insistir en que el sistema de financiación escolar conducía a una discriminación basada en la riqueza, los demandantes habían argumentado que el derecho fundamental a la educación debería aplicarse a los estados, a través de la Decimocuarta Enmienda. El Tribunal concluyó que no existía tal derecho fundamental y que el desigual sistema de financiación escolar no estaba sujeto a un escrutinio estricto .

Fondo

La demanda fue presentada por miembros de la Asociación de Padres Preocupados de Edgewood que representan a sus hijos y estudiantes en situaciones similares. La demanda fue presentada el 30 de junio de 1968 en el Tribunal de Distrito para el Distrito Oeste de Texas. En la denuncia inicial, los padres demandaron a San Antonio ISD, Alamo Heights ISD y otros cinco distritos escolares; los Fideicomisarios Escolares del Condado de Bexar; y el Estado de Texas. Sostuvieron que "el método de financiación escolar de Texas violaba la cláusula de protección igualitaria de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos". La demanda alegaba que la educación era un derecho fundamental y que la discriminación basada en la riqueza en la provisión de educación (como un derecho fundamental), creaba en los pobres, o aquellos de menor riqueza, una clase constitucionalmente sospechosa, que debían ser protegidas de la discriminación.

Finalmente, los distritos escolares fueron retirados del caso, dejando sólo al Estado de Texas como acusado. El caso avanzó a través del sistema judicial, brindando la victoria a los padres de Edgewood hasta que llegó a la Corte Suprema en 1972.

Los distritos escolares del área de San Antonio, y en general de Texas, tenían una larga historia de desigualdad financiera. Rodríguez presentó evidencia de que los distritos escolares en las áreas ricas, principalmente blancas, de la ciudad, más notablemente el Distrito Escolar Independiente de Alamo Heights del lado norte, pudieron contribuir con una cantidad mucho mayor por niño que Edgewood, un área pobre y minoritaria.

Del escrito del juicio, el Dr. José Cárdenas, Superintendente de Escuelas del Distrito Escolar Independiente de Edgewood testificó sobre el problema en su declaración jurada, la siguiente información:

  1. Edgewood es un distrito pobre con una base impositiva baja. Como resultado, sus ingresos fiscales ad valorem están muy por debajo del dinero disponible en otros distritos escolares del condado de Bexar. Con este financiamiento desigual de sus escuelas, Edgewood no puede contratar suficiente personal calificado ni proporcionar las instalaciones físicas, los libros, el equipo y los suministros de la biblioteca que ofrecen otros distritos del condado de Bexar.
  2. Para ilustrar, los residentes de Edgewood están haciendo un gran esfuerzo fiscal, se han cargado con una de las proporciones más altas de deuda en bonos en el condado para pagar mejoras de capital y, nunca, en la historia del distrito, han dejado de aprobar un bono. asunto.

Cárdenas cita un estudio, "A Tale of Two Districts", que hace las siguientes comparaciones en 1967-68 entre Edgewood y el Distrito Escolar Independiente del Noreste :

De hecho, la disparidad financiera entre Edgewood y Alamo Heights aumentó en los cuatro años que le llevó a Rodríguez abrirse camino a través del sistema judicial "de una disparidad total de $310 por alumno en 1968 en apoyo estatal y local entre los distritos a una Disparidad de $389 en 1972."

Decisión

En la Corte Suprema se había nombrado un nuevo grupo de magistrados desde que se presentó el caso. El nuevo miembro más importante fue el juez Lewis Powell , que resultó ser el voto decisivo en el caso Rodríguez. Powell lideró a la estrecha mayoría al decidir que el derecho a ser educado (como niño en edad escolar o como adulto sin educación) no se encontraba textualmente "explícita o implícitamente" en ninguna parte de la Constitución de Estados Unidos. Por lo tanto, no estaba protegido por la Constitución en ninguna parte.

También encontró que Texas no había creado una clase sospechosa relacionada con la pobreza. Los dos hallazgos permitieron al estado continuar con su plan de financiamiento escolar siempre que estuviera "racionalmente relacionado con un interés estatal legítimo".

Disentimiento

Los jueces Brennan , Douglas , White y Marshall discreparon. En su disidencia, el juez Marshall argumentó que en casos que involucran derechos no enumerados, la "tarea de la Corte... debería ser determinar en qué medida los derechos garantizados constitucionalmente dependen de intereses no mencionados en la Constitución" y "[a]s la "El nexo entre la garantía constitucional específica y el interés inconstitucional se acerca, el interés inconstitucional se vuelve más fundamental y el grado de escrutinio judicial aplicado cuando el interés se infringe de manera discriminatoria debe ajustarse en consecuencia". [2]

Reacción y secuelas

En una entrevista de TIME de 2015 con más de 50 juristas, el decano de la Facultad de Derecho de Berkeley de la Universidad de California, Erwin Chemerinsky, y el profesor de derecho de Cornell, Steven Shiffrin, nombraron a Rodríguez como la "peor decisión de la Corte Suprema desde 1960", y Chemerinsky señaló que la decisión ha "jugado un papel importante". papel importante en la creación de las escuelas separadas y desiguales que existen hoy". [3]

En parte como respuesta al fallo de la Corte en el caso Rodríguez , el juez William Brennan escribió un artículo en Harvard Law Review instando a los abogados y litigantes a recurrir a sus Cortes Supremas estatales (en lugar de la Corte Suprema de los Estados Unidos) para litigar sus reclamos constitucionales, como lo hizo el conservador Burger. El tribunal probablemente no sería receptivo a los reclamos hechos por minorías raciales, los pobres u otros "grupos políticamente impotentes cuyos miembros han sido históricamente sujetos a discriminación deliberada". [4] Desde que se publicó el artículo de Brennan, varios Tribunales Supremos estatales [ ¿quién? ] han sostenido que la financiación sustancialmente desigual de las escuelas públicas viola las constituciones estatales. [5]

En abril de 2020, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos votó 2 a 1 en el caso Gary B. contra Whitmer para reconocer que los niños tienen el derecho constitucional de los Estados Unidos a una educación básica de alfabetización. La decisión del panel distinguió al Distrito Escolar Independiente de San Antonio contra Rodríguez, que no abordó el derecho fundamental a la educación básica. [6] [7] [8] [9] [10] Después de una apelación para una revisión en pleno , el caso se resolvió y se anuló la decisión precedente del panel. [11] [12]

Ver también

Referencias

  1. ^ San Antonio Independiente. Sch. Dist. contra Rodríguez , 411 U.S. 1 (1973).
  2. ^ 411 US en 102-03 (Marshall, J., disidente).
  3. ^ Sachs, Andrea (6 de octubre de 2015). "Las peores decisiones de la Corte Suprema desde 1960". TIEMPO . Consultado el 23 de junio de 2021 .
  4. ^ William J. Brennan, Constituciones estatales y protección de los derechos individuales , 90 Harv. L. Rev. 489, 491 (1977).
  5. ^ "Casos emblemáticos de EE. UU. relacionados con la igualdad de oportunidades en la educación K-12". Universidad Stanford . Consultado el 20 de agosto de 2023 .
  6. ^ Journal, ABA "Los estudiantes tienen derecho a una educación mínima básica, reglas del Sexto Circuito". Revista ABA . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  7. ^ Testani, Rocco E. (21 de mayo de 2020). "Un derecho constitucional de corta duración a la educación". Educación Siguiente . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  8. ^ "El Sexto Circuito reconoce un derecho fundamental a una educación mínima básica - Frost Brown Todd | Bufete de abogados de servicio completo". Todd marrón escarchado . 28 de mayo de 2020 . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  9. ^ "El acceso a la alfabetización es un derecho fundamental, según determina el Sexto Circuito". www.courthousenews.com . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  10. ^ "Sentencia del Sexto Circuito sobre 'Derecho fundamental a una educación mínima básica'". Revista Nacional . 24 de abril de 2020 . Consultado el 2 de septiembre de 2022 .
  11. ^ Cooper, J (15 de junio de 2020). "El caso de alfabetización de Detroit termina sin precedente legal sobre el derecho a la educación". Sitio web socialista mundial . El miércoles 10 de junio, la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito de Estados Unidos firmó una orden desestimando el caso Gary B. v. Whitmer, comúnmente conocido como el caso de alfabetización de Detroit, llevándolo legalmente a su conclusión. El acuerdo alcanzado el mes pasado entre la gobernadora Gretchen Whitmer y los demandantes en el caso Gary B. v. Whitmer se mantendrá, pero ha quedado sin efecto un precedente legal para el derecho constitucional a la educación.
  12. ^ Walsh, Mark (12 de junio de 2020). "Orden del Tribunal Federal de Apelaciones pone fin al caso del 'derecho a la alfabetización' de Detroit". Semana de la Educación . En un giro que parece cerrar el libro de una demanda seguida a nivel nacional en Detroit sobre un derecho federal de acceso a la alfabetización, un tribunal federal de apelaciones desestimó una apelación y reconoció un acuerdo en el caso. La orden del 10 de junio del pleno del Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de Estados Unidos, en Cincinnati, en el caso conocido como Gary B. v. Whitmer no alteró una orden anterior que anuló una decisión del 23 de abril de un panel del tribunal que reconocía un derecho constitucional estadounidense a una educación básica mínima que garantice el acceso a la alfabetización. Por lo tanto, la innovadora decisión del panel sigue siendo borrada de los libros del Sexto Circuito, aunque otros tribunales pueden considerar el razonamiento de la audaz opinión que reconoció el derecho federal de acceso a la alfabetización.
  13. ^ 179 Arizona 233, 877 P.2d 806 (1994).
  14. ^ 306 Kan.1170, 402 P.3d 513 (2017).

Otras lecturas

enlaces externos