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Descarga de quiebra

La liquidación de una quiebra es una orden judicial que libera a una persona o empresa de deudas y obligaciones específicas que tiene con los acreedores. En otras palabras, es un proceso legal que elimina la responsabilidad del deudor de pagar ciertos tipos de deudas que tiene antes de presentar el caso de quiebra . [1]

Una vez que se concede la liquidación de la quiebra, el deudor ya no está legalmente obligado a pagar las deudas liquidadas y los acreedores tienen prohibido intentar cobrarlas. Esto significa que el deudor puede tener un nuevo comienzo financiero y seguir adelante sin la carga de una deuda abrumadora. [2]

Aunque el deudor no es personalmente responsable de las deudas canceladas, un acreedor garantizado puede reclamar cualquier derecho de retención o derecho de propiedad sobre la propiedad del deudor que no haya sido declarado inaplicable por los tribunales. Por ejemplo, si el deudor vende un derecho de retención sobre una propiedad, el acreedor garantizado tiene derecho a recibir el pago de la venta. [3]

Es importante tener en cuenta que no todas las deudas se pueden cancelar en una quiebra. Además, existen requisitos específicos que un deudor debe cumplir para ser elegible para una cancelación, como completar un asesoramiento crediticio y cumplir con otros requisitos legales. Un deudor que ha recibido una cancelación puede pagar voluntariamente cualquier deuda cancelada, incluso si la deuda ya no es legalmente exigible. Esto es común cuando el deudor tiene una relación especial con el acreedor, como un familiar o un médico. [4]

Si el deudor pierde la orden de liquidación, puede solicitar una copia del documento al secretario del tribunal de quiebras que dictó la orden. Por lo general, se aplican tarifas por la recuperación y certificación de los documentos. Algunos tribunales de quiebras pueden utilizar el sistema PACER, donde el deudor puede acceder a la orden de liquidación electrónicamente. [5]

Historia

La historia de la ley de quiebras en los Estados Unidos se remonta a la época colonial temprana. Esta ley se basó en las leyes de Inglaterra, donde existen leyes de quiebras desde 1542. [6] La primera ley de quiebras en los Estados Unidos se promulgó en 1800 y, desde entonces, la ley ha sufrido numerosas revisiones y enmiendas. El artículo I, § 8, cl. 4 de la Constitución de los Estados Unidos facultó al gobierno federal para crear y supervisar una ley de quiebras nacional. [7]

Anteriormente, las leyes de quiebras estaban diseñadas para beneficiar a los acreedores en lugar de a los deudores. La primera ley de quiebras de los EE. UU., conocida como la Ley de Quiebras de 1800 , preveía la liquidación de los activos del deudor y la distribución de las ganancias entre los acreedores del deudor, pero no preveía la condonación de las deudas. Esta ley fue derogada apenas tres años después debido a la preocupación de que fuera demasiado dura con los deudores. [8]

En 1838, el gobierno de Estados Unidos promulgó una nueva ley de quiebras que permitía a los deudores declararse en quiebra de forma voluntaria y preveía la condonación de ciertas deudas. Sin embargo, esta ley también fue derogada unos años más tarde debido a que se temía que fuera demasiado indulgente con los deudores. [9]

El sistema moderno de derecho de quiebras en los Estados Unidos se estableció en la Ley de Quiebras de 1898. Esta ley preveía la quiebra voluntaria e involuntaria y permitía la liquidación de ciertas deudas. La Ley de 1898 también estableció tribunales de quiebras y creó el cargo de síndico de quiebras para supervisar los casos de quiebra. [10]

Desde entonces, la ley de bancarrotas en los Estados Unidos ha sufrido varias revisiones importantes. En 1978, se promulgó la Ley de Reforma de Bancarrotas , que creó el sistema actual de bancarrotas del Capítulo 7 , Capítulo 11 y Capítulo 13. En 2005 se promulgó la Ley de Prevención del Abuso de Bancarrotas y Protección del Consumidor (BAPCPA), que introdujo cambios significativos en la ley de bancarrotas, incluidos requisitos de elegibilidad más estrictos para la bancarrota del Capítulo 7 y requisitos de presentación adicionales para los deudores que limitan la capacidad de los deudores para liquidar ciertas deudas. [11]

Tipos de descargo por quiebra

En un caso del Capítulo 7, el deudor no tiene derecho absoluto a la condonación. Un acreedor o fiduciario puede presentar una objeción a la condonación de la deuda. Para oponerse a una condonación, un acreedor debe presentar una queja antes de la fecha límite indicada en la notificación enviada por el tribunal de quiebras. Más del 90% de los deudores del Capítulo 7 reciben una condonación de deudas. [12]

El tribunal denegaría una liquidación en un caso posterior del Capítulo 7 si el deudor recibió una liquidación previa en virtud del Capítulo 7 o del Capítulo 11 presentada dentro de los ocho años posteriores a la segunda presentación de la petición. Si el deudor recibió una liquidación en un caso del Capítulo 12 o del Capítulo 13 presentado dentro de los seis años posteriores a la presentación del segundo caso, a menos que el deudor haya pagado en su totalidad todas las reclamaciones no garantizadas permitidas en el caso anterior o si el deudor hizo al menos el 70% de las reclamaciones no garantizadas permitidas en el plan del caso anterior con buena fe y el máximo esfuerzo por parte del deudor. [13]

En los casos del Capítulo 12 y el Capítulo 13, el deudor suele tener derecho a una condonación al completar todos los pagos del plan. Si el deudor no completa un curso de finanzas personales obligatorio después de presentar un Capítulo 13, no será elegible para su condonación. Aproximadamente entre el 25 y el 40 % de las deudas del Capítulo 13 reciben una condonación. [14]

Liberación de la quiebra del deudor

En los Estados Unidos , generalmente hay siete tipos de descargas de deudores en quiebra, que se encuentran en los siguientes estatutos:

11 USC  § 727(a) (relativo a las quiebras de liquidación para individuos);
11 USC  § 944(b) (relativo a las quiebras municipales);
11 USC  § 1141(d)(1)(A) (relacionado con las descargas resultantes de la confirmación de un plan de reorganización del Capítulo 11);
11 USC  § 1228(a) (relacionado con ciertos casos de agricultores o pescadores familiares);
11 USC  § 1228(b) (relacionado con ciertos casos de agricultores o pescadores familiares);
11 USC  § 1328(a) (relacionado con ciertos casos que involucran el ajuste de deudas de un individuo con ingresos regulares);
11 USC  § 1328(b) (relacionado con ciertos casos que involucran el ajuste de deudas de un individuo con ingresos regulares).

El efecto de la liberación del deudor se establece en el artículo 11 USC  § 524. Además, ciertas limitaciones a la liberación del deudor se describen en el artículo 11 USC  § 523.

Para obtener más información sobre la liberación del deudor, consulte Quiebra en los Estados Unidos .

Excepciones a la liberación por quiebra

Existen 19 categorías de deudas que no pueden ser liquidadas en virtud de los capítulos 7, 11 y 12. Varios tipos de deudas no pueden ser liquidadas en virtud del artículo 523. Entre ellas se incluyen ciertos impuestos, como los impuestos sobre la nómina, los préstamos estudiantiles, la manutención de los hijos, la pensión alimenticia y las deudas derivadas de fraude o de mala conducta intencional. Las deudas por multas y sanciones impuestas por organismos gubernamentales, las deudas por lesiones intencionales o maliciosas a otra persona o propiedad no pueden ser liquidadas en virtud de la quiebra. Las deudas que no figuran en los anexos de la quiebra o las deudas ocultas intencionalmente en los procedimientos no pueden ser liquidadas en virtud de la quiebra. [15]

Las deudas que se pueden cancelar en el Capítulo 13 pero no en el Capítulo 7 incluyen deudas por daños intencionales y maliciosos a la propiedad, deudas contraídas para pagar obligaciones tributarias no cancelables y deudas que surgen de acuerdos de propiedad en procedimientos de divorcio o separación. [16]

Revocación de la descarga

En determinadas circunstancias, el tribunal tiene el poder de revocar una liberación. Por ejemplo, cuando un síndico, un acreedor o el síndico de los EE. UU. apela la liberación basándose en la actividad fraudulenta del deudor, la falta de divulgación de bienes que pertenecerían a la masa de la quiebra o la falta de presentación de información durante una auditoría. Por lo general, la parte que apela debe presentar la solicitud dentro de un año desde la liberación o antes de que se cierre el caso para revocar la liberación. En los casos de los capítulos 11, 12 y 13, el tribunal puede cancelar la orden si el deudor recibe una liberación debido a fraude. El tribunal determinará si las acusaciones son verdaderas y, de ser así, decidirá si rescinde la liberación. [17]

Otras descargas en quiebra

En los Estados Unidos, con respecto a los impuestos incurridos por la masa de la quiebra (a diferencia del deudor) durante la administración del caso, el 11 USC  § 505(b) establece una descarga especializada para el síndico, el deudor, cualquier sucesor del deudor y (para los casos iniciados a partir del 17 de octubre de 2005) la masa de la quiebra.

Al concluir un caso, el fideicomisario (si lo hay) puede ser despedido como fideicomisario según el artículo 11 USC  § 350(a).

Referencias

  1. ^ Howard, Margaret. "Teoría de la liquidación en la quiebra del consumidor, A." Ohio State Law Journal, vol. 48, núm. 4, 1987, págs. 1047-1088.
  2. ^ Contino, Michael, "Bankruptcy Basics: A Prime", Servicio de Investigación del Congreso, 12 de octubre de 2022
  3. ^ Descargo en caso de quiebra: conceptos básicos sobre quiebras. USCourts.Gov
  4. ^ Sousa, Michael D. "El principio de utilidad del consumidor: una teoría contemporánea de la liquidación de la quiebra". University of Kansas Law Review, vol. 58, núm. 3, marzo de 2010, págs. 553-614.
  5. ^ Descargo en caso de quiebra: conceptos básicos sobre quiebras. USCourts.Gov
  6. ^ Howard, Margaret. "Teoría de la liquidación en la quiebra del consumidor, A." Ohio State Law Journal, vol. 48, núm. 4, 1987, págs. 1047-1088.
  7. ^ Constitución de los Estados Unidos, art. I, § 8, cl. 4
  8. ^ Tabb, Charles Jordan. "La evolución histórica de la liquidación de la quiebra". American Bankruptcy Law Journal, vol. 65, núm. 3, primavera de 1991, págs. 325-372.
  9. ^ Tabb, Charles Jordan. "La evolución histórica de la liquidación de la quiebra". American Bankruptcy Law Journal, vol. 65, núm. 3, primavera de 1991, págs. 325-372.
  10. ^ Howard, Margaret. "Teoría de la liquidación en la quiebra del consumidor, A." Ohio State Law Journal, vol. 48, núm. 4, 1987, págs. 1047-1088.
  11. ^ Tabb, Charles Jordan. "La evolución histórica de la liquidación de la quiebra". American Bankruptcy Law Journal, vol. 65, núm. 3, primavera de 1991, págs. 325-372
  12. ^ Flynn, Ed. Casos de personas que llegan muertas al lugar de la quiebra, American Bankruptcy Institute Journal; Alexandria Vol. 37, Iss. 1, (enero de 2018): 58-59,82-83.
  13. ^ Flynn, Ed. Casos de personas que llegan muertas al lugar de la quiebra, American Bankruptcy Institute Journal; Alexandria Vol. 37, Iss. 1, (enero de 2018): 58-59,82-83.
  14. ^ Flynn, Ed. Casos de personas que llegan muertas al lugar de la quiebra, American Bankruptcy Institute Journal; Alexandria Vol. 37, Iss. 1, (enero de 2018): 58-59,82-83.
  15. ^ Rao, John, Nuevo proceso para cancelar préstamos estudiantiles en caso de quiebra, Centro Nacional de Derecho del Consumidor, 7 de marzo de 2023
  16. ^ Warren, Elizabeth, Quiebra y Suplemento Estatutario del Artículo 9 de 2022, agosto de 2022.
  17. ^ Descargo en caso de quiebra: conceptos básicos sobre quiebras. USCourts.Gov