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Cuarta enmienda a la Constitución de Pakistán

La Cuarta Enmienda a la Constitución de Pakistán ( Urdu : آئین پاکستان میں چوتھی ترمیم ) es una enmienda que se convirtió en parte de la Constitución de Pakistán el 21 de noviembre de 1975, bajo el Gobierno del Primer Ministro Zulfikar Ali Bhutto . [1] La IV Enmienda decretó los escaños para la representación de las minorías y los no musulmanes en el gobierno de Pakistán y el Parlamento de Pakistán , para proteger los derechos de las minorías en el país. [1] La IV Enmienda también privó a los tribunales del poder de conceder libertad bajo fianza a cualquier acusado o inocente [persona] hasta que se demuestre su culpabilidad bajo cualquier detención preventiva . [1] La IV Enmienda protege los derechos de las minorías en el país, y también protege los derechos de los acusados ​​[personas] hasta que se demuestre su culpabilidad de la brutalidad policial durante las investigaciones posteriores. [1]

Texto

IV Enmienda, Artículo VIII de la Constitución : En la cláusula (3), por el párrafo (b) se sustituirá lo siguiente, a saber, las leyes especificadas en el Primer Anexo vigentes inmediatamente antes del día de inicio o modificadas por cualquiera de las leyes especificadas en ese anexo; (ii) otras leyes especificadas en la Parte I del "Primer Anexo"; (c)(sic) en la cláusula (4), por las palabras y comas "el Primer Anexo, que no es una ley que se relaciona con, o está conectada con, reformas económicas", se sustituirán las palabras y la cifra "Parte II del Primer Anexo". [1]

IV Enmienda del Artículo XVII de la Constitución : En la Constitución, en el Artículo 17, en la cláusula (1), las palabras "moralidad u orden público" se sustituirán por las palabras "soberanía o integridad de Pakistán, orden público o moralidad". [1]

IV Enmienda del artículo 199 de la Constitución. :Un Tribunal Superior no podrá dictar una orden hasta que se pruebe la culpabilidad; prohibiéndose dictar una orden para la detención de una persona, o para la concesión de libertad bajo fianza a una persona detenida, en virtud de cualquier ley que establezca la prisión preventiva. [1]

VI Enmienda del artículo 51 (LI) de la Constitución : (2-A) Además del número de escaños a que se refiere el apartado (1), habrá en la Asamblea Nacional seis escaños adicionales reservados para las personas que no sean exclusivamente musulmanas. Tan pronto como sea posible después de la elección general de la Asamblea Nacional, los miembros que ocupen los escaños reservados en esa Asamblea para las personas a que se refiere el apartado (2-A) serán elegidos de conformidad con la ley por los miembros de la Asamblea a que se refiere el apartado (1)". [1]

Referencias

  1. ^ abcdefgh Gobierno de Pakistán. "Cuarta enmienda a la Constitución de Pakistán". Gobierno electrónico de Pakistán.