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Convenio para la protección de las personas en lo que respecta al tratamiento automatizado de datos personales

El Convenio para la protección de las personas con respecto al procesamiento automático de datos personales, también conocido como Convenio 108, es un tratado del Consejo de Europa de 1981 que protege el derecho a la privacidad de las personas, teniendo en cuenta el creciente flujo a través de fronteras de datos personales sometidos a procesamiento automático. [1]

Todos los miembros del Consejo de Europa han ratificado el tratado. Al ser estados que no pertenecen al Consejo de Europa, Argentina , Cabo Verde , Mauricio , México , Marruecos , Senegal , Túnez y Uruguay se han adherido al tratado.

Desde 1985, este convenio de protección de datos se ha actualizado y se ha añadido un nuevo instrumento sobre inteligencia artificial . [2] El Consejo de Europa aprobó una propuesta de modernización del acuerdo en 2018. La modernización incluía la obligación de informar cuando se producen violaciones de datos, responsabilidad adicional para los almacenadores de datos y nuevos derechos para la toma de decisiones algorítmicas . [3]

Ver también

Referencias

  1. ^ Revisión de seguridad y derecho informático.
  2. ^ Consejo de Europa (30 de enero de 2019). «Nuevas Directrices sobre Inteligencia Artificial y Protección de Datos» . Consultado el 30 de enero de 2019 .
  3. ^ Convenio 108 "Modernización de la Protección de Datos""". www.coe.int . Consultado el 4 de septiembre de 2021 .

Enlaces externos