La Constitución de la República Unida de Tanzanía , también conocida como Constitución Permanente , fue ratificada el 16 de marzo de 1977. Antes de su creación actual, Tanzanía tuvo tres constituciones: la Constitución de la Independencia (1961), la Constitución Republicana (1962) y la Constitución Provisional de la República Unida de Tanganyika y Zanzíbar (1964). [1]
Tras su independencia del Reino Unido , Tanganyika adoptó una primera constitución basada en el modelo de Westminster (con exclusión de la Carta de Derechos ). Esta definía a un Gobernador General que representaba a la Reina de Tanganyika, Isabel II , como jefe formal del Estado . El ejecutivo estaba dirigido por el Primer Ministro , elegido por el partido mayoritario . La constitución también establecía la independencia del poder judicial .
En 1962, el Parlamento de Tanzania (integrado únicamente por candidatos del partido Unión Nacional Africana de Tanganyika ) se transformó en una asamblea constituyente y revisó drásticamente la constitución de 1961, en particular con el establecimiento de un sistema fuertemente presidencial . Al nuevo Presidente de Tanzania se le otorgaron las prerrogativas de ambos roles anteriores, Gobernador General y Primer Ministro, sirviendo como jefe de estado y comandante en jefe de las fuerzas armadas . Se le concedió el derecho de designar al vicepresidente y a los ministros, y el derecho de disolver el Parlamento en determinadas circunstancias. El Presidente también heredó poderes represivos relacionados con la seguridad que anteriormente eran del Gobernador General, con la adición de otros nuevos; la Ley de Detención Preventiva, por ejemplo, le dio al Presidente el derecho de detener a cualquier persona sin juicio.
En 1964, Tanganyika y Zanzíbar se fusionaron para formar la República Unida de Tanganyika y Zanzíbar, que ese mismo año pasó a llamarse "República Unida de Tanzania". La constitución de la nación recién nacida se basó en la Constitución republicana de Tanganyika de 1962, modificada según los acuerdos entre la TANU y el partido mayoritario de Zanzíbar, el Partido Afro-Shirazi (ASP). Estos acuerdos habían sido ratificados con el nombre de "Artículos de la Unión" y pasaron a formar parte de la nueva constitución como "Actas de la Unión". La característica más notable de las Actas de la Unión fue el establecimiento de la estructura de doble gobierno que también forma parte de la actual constitución de Tanzania. Esta estructura incluía un gobierno para la Unión y un gobierno independiente en gran medida autónomo para Zanzíbar. El gobierno de Zanzíbar incluía su propio Parlamento y Presidente. El Presidente de Zanzíbar también actuaba como vicepresidente de la Unión.
La Constitución de 1964 fue aprobada de manera provisional . Las propias Actas de la Unión incluían instrucciones sobre los pasos a seguir para elaborar una constitución definitiva, que debía ser elaborada por una asamblea constituyente integrada por representantes tanto de la TANU como de la ASP. Este procedimiento se inició, pero luego se suspendió.
La Constitución provisional fue modificada varias veces después de su primera redacción. En 1965 se realizó un cambio importante para formalizar el carácter unipartidista del gobierno de Tanzania. En consonancia con la estructura de gobierno doble definida en 1964, la Constitución de 1965 identificó dos partidos de gobierno, TANU para la Unión y ASP para Zanzíbar.
En los años siguientes se añadieron varias enmiendas que redujeron la autonomía de Zanzíbar y reforzaron aún más el Estado de partido único. Por ejemplo, una enmienda de 1975 estableció que todas las instituciones gubernamentales, incluido el Parlamento, estaban subordinadas al comité ejecutivo del partido. En ese momento, TANU y ASP estaban a punto de fusionarse en Chama Cha Mapinduzi (CCM), algo que sucedió en 1977.
Un mes después de la fundación del CCM, se aprobó la Constitución Permanente, que en esencia confirmó los principios fundamentales de la República y de las Constituciones Provisionales, es decir, la presidencia fuerte, la estructura de gobierno dual y el Estado de partido único.
Desde 1977, se han aplicado varias enmiendas a la Constitución original. Muchas de ellas están relacionadas con la relación entre el gobierno unificado y el gobierno de Zanzíbar. A principios de la década de 1990, el presidente de la Unión, Ali Hassan Mwinyi, lanzó un programa de reformas liberales . Nombró una comisión (denominada Comisión Nyalali en honor a su presidente Francis Nyalali ) dedicada a preparar la transición a un sistema político multipartidista . Basándose en los trabajos de la comisión, se promulgaron varias enmiendas. La Octava Enmienda (1992) estableció que un miembro de cualquier partido político registrado podía postularse para cualquier escaño político; de manera coherente, se definieron nuevas reglas que regían el registro de los partidos. La Novena Enmienda reorganizó las elecciones presidenciales e introdujo la posibilidad de un juicio político por parte del Parlamento; además, separó las funciones de Presidente y Primer Ministro.
Las relaciones entre Zanzíbar y la Unión también se modificaron con el tiempo. Por ejemplo, la Undécima Enmienda estableció que el Presidente de Zanzíbar y el Vicepresidente de la Unión eran dos cargos diferentes e independientes.
Abril de 2000: La Decimotercera Enmienda Constitucional
Introdujo los siguientes cambios:
- Antes, un candidato necesitaba el 50% de los votos en las elecciones presidenciales para ser declarado presidente de la República Unida; ahora sólo se requiere una mayoría simple para ser declarado presidente.
- Antes, el Presidente no tenía poder para nominar a ningún organismo al Parlamento; todos los miembros del Parlamento, excepto el Fiscal General, las mujeres que ocupan escaños especiales y los representantes de la Cámara de Representantes de Zanzíbar, eran elegidos en distritos electorales. La enmienda constitucional permitió al Presidente nominar hasta 10 miembros del Parlamento.
- Aumentar el número de escaños especiales para mujeres del 15% al 20%, dependiendo de la declaración que haga la Comisión Electoral Nacional en ese momento, con el consentimiento del Presidente.