El Consejo de Ministros de la República de Colombia está integrado por los políticos designados de más alto rango de la rama ejecutiva del Gobierno de Colombia . Los miembros del Gabinete son generalmente los jefes de Departamento de un Ministerio . La existencia del Gabinete se remonta al primer Presidente Simón Bolívar . Estos miembros fueron designados con el fin de asesorar al Presidente y, por lo tanto, están obligados a asistirlo en sus funciones según lo establece la Constitución colombiana.
El Gabinete del Presidente Gustavo Petro. [1]
En la Constitución de 1821, Simón Bolívar creó un Gabinete integrado por cinco secretarías:
Con el tiempo, áreas de algunas secretarías fueron cedidas a nuevas instituciones; a mediados del siglo XIX, cuando se creó la Secretaría de Comercio, se privó de esa función a la Secretaría de Relaciones Exteriores (entonces rebautizada como Relaciones Exteriores).
En 1886, el presidente Rafael Núñez cambió su nomenclatura de secretarías a ministerios, y creó otras nuevas, por lo que, a principios del siglo XX, después de la Guerra de los Mil Días , el Consejo de Ministros quedó integrado por:
La Secretaría de Comercio desapareció; sus funciones fueron transferidas al Viceministerio de Fomento, bajo el control del Ministro de Finanzas.
Durante la primera administración del Presidente Álvaro Uribe , el Congreso y el Presidente aprobaron la Ley 790 de 2002, que modificó los ministerios existentes fusionándolos y reduciendo su número a 13. De acuerdo con el artículo 7, los Ministerios en orden y precedencia quedaron entonces así:
Abreviaturas utilizadas: Agr./Liv. - Agricultura y ganadería; Env./Hous./Terr. - Medio ambiente, vivienda y desarrollo territorial; Ind./Lab. - Industria y Trabajo; ICT - Tecnologías de la información y la comunicación; Lab./Hyg./Soc. - Trabajo, higiene y protección social.