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Consejo de Colegios de Abogados de Europa

El Consejo de Colegios de Abogados de Europa (CCBE) es una asociación que reúne a colegios de abogados de 32 países de Europa (los de la Unión Europea , del Espacio Económico Europeo y de Suiza), el Reino Unido y otros once miembros asociados y observadores. El CCBE representa a alrededor de un millón de abogados europeos ante las instituciones de la UE principalmente, pero también ante otras organizaciones internacionales. El CCBE es una organización internacional sin ánimo de lucro ( AISBL ) de derecho belga y tiene su sede en Bruselas .

Creación y pasos siguientes

El CCBE fue creado en septiembre de 1960 durante un congreso de la Unión Internacional de Abogados (UIA) en el que se propuso crear un organismo que representara a los colegios de abogados de los seis Estados miembros fundadores de la CEE (Alemania Occidental, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos). La creación de un organismo de este tipo se consideró necesaria para representar los intereses de los abogados ante la CEE.

El proyecto nació en diciembre de 1960 con la creación del «Comité consultivo de los colegios de abogados y asociaciones nacionales de los seis Estados de la CEE (reunidos por la UIA)». Esta denominación se simplificó con el tiempo y pasó a llamarse «Consejo de Colegios de Abogados de Europa», manteniendo la abreviatura CCBE. El CCBE se convirtió en autónomo en 1966. El primer presidente del CCBE fue el conde Ercole Graziadei .

En 1977, la Comisión Europea consultó atentamente al CCBE durante la redacción de la Directiva (CE) 77/249 que permitía a los abogados de la UE prestar servicios temporales en un Estado miembro de la UE distinto de su Estado miembro de origen.

En 1979, el CCBE obtuvo el reconocimiento oficial como representante de los intereses de la abogacía en Europa gracias a su intervención en el asunto AM&S Europe Limited contra la Comisión de las Comunidades Europeas, que se centró en la cuestión del secreto profesional de los abogados de empresa. A partir de entonces, el CCBE estableció una delegación permanente ante los tribunales comunitarios.

En 1998, tras un largo debate en el seno del CCBE, se aprobó la segunda directiva específica para la profesión jurídica, la Directiva (CE) 98/5. Esta directiva permitía a los abogados de la UE establecerse en otro Estado miembro, siempre que estuvieran registrados y regulados por el colegio de abogados local.

La Comisión Europea y el Parlamento Europeo consultan periódicamente al CCBE sobre directivas relativas a los intereses de la profesión jurídica en Europa.

Miembros

En la actualidad, todos los colegios de abogados nacionales de los 27 Estados miembros de la Unión Europea y de los tres Estados miembros del Espacio Económico Europeo (Noruega, Liechtenstein e Islandia) y Suiza son miembros de pleno derecho del CCBE. Además de estos miembros “de pleno derecho”, los colegios de abogados del Reino Unido tienen el estatus de “afiliados” (lo que les otorga el estatus de pleno derecho, salvo en los asuntos relacionados con la Unión Europea), [1] los colegios de abogados de otros países europeos son miembros “asociados” (países del Consejo de Europa en negociaciones oficiales con vistas a unirse a la Unión Europea) u “observadores” (otros países del Consejo de Europa). Los miembros asociados y observadores deben adherirse a los estatutos del CCBE y se les anima a adoptar el Código de Conducta del CCBE.

Objeto

Los estatutos del CCBE definen su objeto como:

  1. Representar a los Colegios de Abogados de sus Miembros, ya sean miembros de pleno derecho, asociados u observadores, en todos los asuntos de interés mutuo relacionados con el ejercicio de la profesión de abogado, el desarrollo del derecho y la práctica relacionados con el estado de derecho y la administración de justicia y los desarrollos sustantivos en el propio derecho, tanto a nivel europeo como internacional.
  2. Actuar como órgano consultivo e intermediario entre sus Miembros, ya sean miembros plenos, asociados u observadores, y entre los Miembros y las instituciones de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo en todos los asuntos transfronterizos de interés mutuo enumerados en el apartado a) anterior.
  3. Supervisar activamente la defensa del Estado de derecho, la protección de los derechos y libertades fundamentales y humanos, incluido el derecho de acceso a la justicia y la protección del cliente, y la protección de los valores democráticos indisolublemente asociados a dichos derechos.

Comités especializados y grupos de trabajo compuestos por expertos de delegaciones nacionales redactan documentos de posición y contribuciones del CCBE en muchas áreas que afectan a la profesión jurídica europea. Los temas incluyen la ética de los abogados (" deontología "), la competencia en lo que respecta a la profesión jurídica, la libre circulación de abogados, la formación de abogados, el comercio internacional de servicios jurídicos y los derechos humanos. En los últimos años, los grupos de trabajo se han centrado en cuestiones como la asistencia jurídica, el derecho penal, el derecho de familia y el derecho de sucesiones, la lucha contra el blanqueo de dinero, el derecho contractual europeo, las resoluciones alternativas de disputas y el recurso colectivo. El CCBE es consultado regularmente sobre los cambios en los procedimientos en el Tribunal de Justicia Europeo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos . El CCBE también representa a sus miembros en sus relaciones con otras organizaciones de abogados en el mundo sobre cuestiones de interés común para la profesión jurídica, como la lucha contra el terrorismo y otros delitos graves, y también la capacidad de los abogados para ejercer su profesión en cualquier parte del mundo de forma libre, independiente y sin acoso ni impedimentos.

Iniciativas específicas

El carné de identidad del CCBE se creó en 1978. Está redactado en inglés, en francés y en la(s) lengua(s) oficial(es) del colegio de abogados que lo expide. El carné de identidad identifica al titular como abogado colegiado en uno de los Estados miembros y facilita el acceso a los tribunales e instituciones a los abogados que ejercen su actividad fuera de su jurisdicción de origen. También está reconocido por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Los carnés son expedidos en nombre del CCBE por los colegios de abogados nacionales a sus miembros autorizados, de acuerdo con las condiciones establecidas en cada estado miembro. El Código de conducta del CCBE, que se adoptó en 1988 y se modificó tres veces desde entonces, tiene como objetivo resolver los conflictos transfronterizos debidos a la aplicación simultánea de diferentes códigos de conducta nacionales a una misma situación. El Código regula los contactos profesionales entre abogados dentro de la Unión Europea y en otros países que lo han adoptado, así como las actividades de los abogados que trabajan en estados miembros distintos del suyo. El Código es un marco de principios que abarca la independencia profesional, la confidencialidad del cliente, la publicidad de los servicios y el comportamiento hacia los clientes, los tribunales y otros abogados. El Código es vinculante únicamente cuando lo adopta un colegio de abogados en particular. El Código ha sido reconocido por la Comisión Europea y los tribunales europeos y está empezando a ser considerado como una norma autorizada por los tribunales nacionales.

En 2006, el CCBE adoptó una Carta de principios básicos de la profesión jurídica europea. Esta Carta contiene una lista de diez principios que se han identificado como comunes a toda la profesión jurídica europea y que podrían ser aplicados por los colegios nacionales para su propio uso y no ya para casos transfronterizos. Entre los principios figuran la independencia del abogado, la confidencialidad y la prevención de conflictos de intereses, principios que el Tribunal de Justicia Europeo reconoció en el caso Wouters (C-309/99), y varios otros en los que los colegios miembros estuvieron de acuerdo. La Carta debe servir como un documento paneuropeo, ayudando a los colegios que luchan por establecer su independencia en las democracias emergentes de Europa.

Desde 2007, el CCBE concede el Premio de Derechos Humanos, que reconoce la labor de un abogado o de una organización de abogados eminentes que hayan demostrado un compromiso y un sacrificio excepcionales en la defensa de los valores fundamentales. Con este premio, el CCBE pretende contribuir a una importante campaña de sensibilización sobre el papel de los abogados como actores del Estado de derecho. El primer premio se concedió en 2007 a Abogados Sin Fronteras (ASF).

CCBE y el Código de conducta para los profesionales del derecho

El CCBE es también el órgano de autoridad que supervisa el documento del Código de Conducta [2] para todos los que ejercen la abogacía, es decir, los abogados, procuradores y procuradores, en primer lugar.

Referencias

  1. ^ "Cómo trabajamos - CCBE". www.ccbe.eu . Consultado el 30 de junio de 2022 .
  2. ^ http://www.ccbe.eu/fileadmin/user_upload/NTCdocument/EN_Code_of_conductp1_1306748215.pdf [ URL básica PDF ]

Enlaces externos