El Consejo de Defensa Nacional ( CDN ) ( en portugués : Conselho de Defesa Nacional ) es un órgano consultivo del Presidente de Brasil en asuntos de seguridad nacional , política exterior y estrategia de defensa. [1] El Consejo fue establecido el 29 de noviembre de 1927 por el presidente Washington Luís . [2] Está compuesto por ministros clave y comandantes militares y presidido por el Presidente de Brasil. [3]
El Consejo de Defensa Nacional fue creado por el Decreto n° 17.999 del 29 de noviembre de 1927, [2] y organizado por el Decreto n° 23.873 del 15 de febrero de 1934. [4] Estaba presidido por el Presidente de la República e integrado por varios ministros , el Jefe del Estado Mayor del Ejército, el Jefe del Estado Mayor de la Marina y en tiempo de guerra, por generales y almirantes de determinados mandos. Tenía como órganos complementarios, la Comisión de Estudios de la Defensa Nacional, la Secretaría General de la Defensa Nacional y sectores de defensa nacional en cada ministerio del gobierno. [5]
El papel del Consejo de Defensa Nacional fue reafirmado con la promulgación de la Constitución de 1934. En la parte dedicada a la seguridad nacional (artículo 162), el Consejo de Defensa Nacional pasó a denominarse Consejo de Seguridad Nacional. [5] El decreto-ley n° 900 del 29 de septiembre de 1969 modificó algunas disposiciones del decreto-ley n° 200, y el Consejo de Seguridad Nacional pasó a ser el "órgano consultivo de más alto nivel del Presidente de la República, en la formulación y ejecución de la política de seguridad nacional". [6] En septiembre de 1980, un decreto presidencial estableció el reglamento interno del CSN. [7]
La nueva Constitución ratificada en 1988 cambió el nombre del Consejo de Seguridad Nacional a Consejo de Defensa Nacional. [8]
El Consejo de Defensa Nacional es responsable de asesorar al Presidente de la República en caso de declaración de guerra o establecimiento de la paz , en decretar estado de defensa , estado de sitio o intervención federal ; y proponer los criterios y condiciones para el uso de las zonas esenciales para la seguridad del territorio nacional y opinar sobre su uso efectivo, especialmente en la frontera y en lo relacionado con la preservación y explotación de los recursos naturales de cualquier clase; así como estudiar, proponer y vigilar el desarrollo de las medidas que se requieran para garantizar la independencia nacional y la defensa del Estado democrático. [9]
El Consejo elabora documentos importantes que definen los enfoques conceptuales de la seguridad nacional. Las reuniones periódicas del Consejo se celebran de acuerdo con un calendario establecido por el Presidente; en caso necesario, el Consejo puede celebrar reuniones extraordinarias. El Presidente define la agenda y el orden del día basándose en las recomendaciones del Secretario Ejecutivo del Consejo. El Presidente preside las reuniones, mientras que el Secretario celebra reuniones de trabajo con los miembros del Consejo de forma periódica.
El Consejo de Defensa Nacional está encabezado por el Presidente de la República y está compuesto por los siguientes miembros: [3]