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Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919

El Primer Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras ( ICWW ), convocado por la Women's Trade Union League of America del 28 de octubre al 6 de noviembre de 1919, fue una reunión de feministas obreras de todo el mundo. La ICWW tenía previsto compartir sus propuestas para abordar las preocupaciones laborales de las mujeres en la Primera Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) de 1919. Las delegadas de la ICWW acordaron una lista de resoluciones, algunas de las cuales fueron adoptadas por la Comisión sobre el Empleo de la Mujer de la CIT y dieron lugar a la aprobación del Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3).

Fondo

El amanecer de la industrialización en los siglos XVIII y XIX transformó los métodos de producción y revolucionó las relaciones sociales, empezando por el norte de Europa. Los textiles y la confección estuvieron entre las primeras industrias que se vieron radicalmente alteradas por el uso de máquinas y la concentración de la mano de obra en fábricas. La consiguiente demanda de trabajadores no cualificados atrajo a un gran número de mujeres y niños a la fuerza de trabajo industrial asalariada. [1] [2]

Las trabajadoras de fábrica, al igual que los hombres, solían enfrentarse a largas jornadas y condiciones horribles en el lugar de trabajo, pero, algo exclusivo de su sexo, las mujeres también sufrían salarios más bajos, prácticas de contratación discriminatorias y la doble carga del trabajo doméstico. [3] Otros sectores de la economía planteaban otros riesgos únicos. El servicio doméstico , una importante fuente de empleo para las mujeres, ofrecía poco tiempo libre y dejaba a las mujeres vulnerables a la explotación sexual. [4] Las preocupaciones sobre la explotación general y específica por sexo llevaron a las trabajadoras de Europa y Estados Unidos a organizarse y hacer huelga por salarios y horas de trabajo justos. [5] [6] En la segunda mitad del siglo XIX, comenzaron a formarse poderosas federaciones nacionales de la clase trabajadora y partidos políticos para exigir cambios en las condiciones laborales, pero casi uniformemente, las mujeres fueron marginadas, si no directamente excluidas, de estas organizaciones, que defendían los derechos del sustentador masculino . [7] [8]

A principios del siglo XX, las activistas laborales femeninas y sus aliados de clase alta se unieron en organizaciones nacionales dedicadas a la búsqueda de la justicia industrial, la democracia y los derechos de las mujeres. Entre ellas se encontraban la Liga Sindical de Mujeres Británicas , fundada en 1874, y la Liga Sindical de Mujeres de Estados Unidos, fundada en 1903. [9]

Formación del Congreso

El año 1919 marcó el inicio de la Conferencia de Paz de París y el establecimiento del Tratado de Versalles, que incluía una Carta del Trabajo que exigía la creación de un organismo internacional dedicado a regular el trabajo en todo el mundo. [10] El Tratado creó un gobierno mundial permanente, la Sociedad de Naciones , así como la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La OIT tenía la responsabilidad de abordar cuestiones laborales, establecer normas laborales internacionales y promover la paz a través de la justicia social. [11]

El movimiento obrero internacional centró su atención en la OIT y en la Conferencia de Paz de París. Margaret Dreier Robins , presidenta de la organización sindical estadounidense Women's Trade Union League (WTUL), vio en esta reunión internacional una oportunidad para abordar la nueva era de las mujeres, cuyo trabajo a nivel internacional resultó esencial para producir alimentos, municiones y bienes manufacturados durante la Primera Guerra Mundial. [12] La WTUL alentó a las mujeres de todo el mundo a reunirse en la conferencia para hacer oír sus voces y preocupaciones en torno a las condiciones laborales. Rose Schneiderman y Mary Anderson , ambas miembros destacadas de la WTUL, ascendieron rápidamente a Francia para dirigirse a la recién creada OIT. Con ellas, trajeron un documento que enumeraba las normas laborales que fue redactado por el Comité de Reconstrucción Social e Industrial de la WTUL. El documento incluía normas como "igual salario por igual trabajo", un máximo de ocho horas diarias y una semana laboral de cuarenta y cuatro horas, la prohibición del trabajo nocturno para las mujeres y salarios sociales por maternidad, vejez y desempleo. [13] Schneiderman y Anderson no pudieron presentar el documento de la WTUL en la Conferencia, pero se reunieron con la británica Margaret Bondfield y muchas otras mujeres líderes laborales de todo el mundo. [14] Las mujeres líderes laborales acordaron establecer una conferencia internacional de mujeres trabajadoras para preparar la próxima convención de la OIT que se llevaría a cabo en octubre en Washington DC. Se estableció rápidamente una convocatoria de delegadas e instó a las mujeres de sindicatos laborales reconocidos internacionalmente a asistir a la ICWW. Se estableció el Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras y estaba programado para reunirse a mediados de octubre para discutir y establecer sus propias pautas laborales que protegerían a las trabajadoras a nivel internacional.

Primer Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras convocado por la Liga Nacional de Sindicatos de Mujeres de Estados Unidos, Washington, DC, 28 de octubre de 1919

Metas y logros de la ICWW de 1919

Veintiocho delegadas de Argentina, Bélgica, Canadá, Checoslovaquia, Francia, Gran Bretaña, India, Italia, Noruega, Polonia y Suecia asistieron al congreso internacional de mujeres. Sin embargo, también asistieron mujeres de Cuba, Dinamarca, Japón, Países Bajos, Serbia, España y Suiza, que participaron en la toma de decisiones. [15] En total, más de doscientas mujeres asistieron al congreso. Margaret Dreier Robins, de la WTUL, presidió el Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919 y planeó crear un borrador de resoluciones para ser enviado a la primera conferencia anual de la Organización Internacional del Trabajo.

Después de diez días, los delegados de la ICWW ultimaron muchas decisiones relacionadas con las normas laborales. La ICWW completó un documento que contenía diez disposiciones que se presentarían a la OIT durante su primera conferencia anual en Washington DC. El congreso incluyó un requisito en su documento que exigía aumentar el número de delegados de la OIT de cada nación de cuatro a seis y también exigir que dos de los seis fueran mujeres. Además, la ICWW fue responsable de crear una organización permanente, la Federación Internacional de Mujeres Trabajadoras. Sin embargo, todas estas decisiones y el establecimiento de estas disposiciones no se produjeron sin debate. Las trabajadoras presentes en la conferencia estaban divididas al discutir la jornada de ocho horas , el trabajo nocturno y el seguro de maternidad. [16] Todos estos debates surgieron de cómo definir a la "trabajadora". Si definir a las trabajadoras de manera neutral en cuanto al género o mediante una legislación laboral "protectora". Los delegados de Noruega y Suecia propusieron que no se permitiera a las mujeres trabajar durante la noche porque las pondría en peligro. Schneiderman creía que esto no era cierto y propuso que si las mujeres querían trabajar de noche y correr el riesgo, deberían poder hacerlo. [17] El congreso comprometió las opiniones al adherirse a la limitación del trabajo nocturno de las mujeres, pero también extendió esta propuesta a todos los hombres también.

Además, la delegada checoslovaca Marie Majerová instó a sus compañeras delegadas a considerar las responsabilidades domésticas de las mujeres como parte de la jornada de ocho horas. Reconoció que el trabajo doméstico recaía sobre los hombros de las mujeres y comprendió que esto tiene un gran impacto en las mujeres de todo el mundo. [18] Lamentablemente, las delegadas no encontraron atractiva esta opinión y no se llevó a cabo un debate más amplio sobre el trabajo doméstico. En cambio, Robins centró el debate sobre la jornada de ocho horas en el trabajo doméstico agrícola e industrial. Finalmente, las mujeres del congreso acordaron una jornada de ocho horas y una semana de cuarenta y cuatro horas para todos los trabajadores.

Al discutir el tema de la protección de la maternidad, los delegados estadounidenses y británicos coincidieron en sus opiniones sobre la maternidad libre del trabajo asalariado. [19] Sin embargo, muchas otras naciones creían que las mujeres podían combinar el trabajo asalariado con las responsabilidades familiares si contaban con ciertas disposiciones. Las mujeres de Bélgica creían que las mujeres necesitaban las tardes de los sábados libres para hacer las tareas domésticas y comprar, y las mujeres de Francia e Italia creían que las mujeres necesitaban guarderías que estuvieran cerca de sus lugares de trabajo y también necesitaban descansos para amamantar, además de dos descansos que les permitieran comer con sus familias. Los delegados estadounidenses y británicos no estaban de acuerdo en que las mujeres debieran amamantar a sus hijos en el trabajo. Jean Bouvier, de la delegación francesa, defendió la necesidad de amamantar en el trabajo. Ambas opiniones se llevaron a la conferencia de la OIT.

Después de varios debates y discusiones, la ICWW elaboró ​​un documento que se presentó en la Conferencia Internacional del Trabajo. El documento abordaba: una jornada de ocho horas y una semana de cuarenta y cuatro horas para todos los trabajadores, límites al trabajo infantil, beneficios de maternidad, prohibición del trabajo nocturno tanto para hombres como para mujeres y en situaciones peligrosas, nuevas políticas para los desempleados y la emigración, una "distribución igualitaria de las materias primas existentes en el mundo", el fin del bloqueo ruso y el establecimiento de una oficina permanente del Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras con sede en los Estados Unidos.

Comisión para el Empleo de la Mujer

Una comisión de la OIT, la Comisión sobre el Empleo de la Mujer, fue responsable de dos convenios: el Convenio sobre la Protección de la Maternidad y un convenio sobre el trabajo nocturno de las mujeres. [20] Ambos convenios se vieron afectados en gran medida por las propuestas de la ICWW y por las mujeres líderes de la ICWW. El Convenio sobre la Protección de la Maternidad abarcó una variedad de disposiciones que regían los beneficios de maternidad en las empresas industriales y comerciales. Jeanne Bouvier, Margaret Bonfield, Mary Macarthur y Constance Smith participaron en la ICWW y fueron designadas delegadas a la Comisión sobre el Empleo de la Mujer durante la conferencia de la OIT. El Convenio sobre la Protección de la Maternidad documentó sus acuerdos y decisiones sobre la protección de las trabajadoras y formó un documento que constaba de doce artículos. El documento establecía que: las mujeres recibirían una licencia de maternidad de seis semanas después del nacimiento de su hijo, se les pagarían a las mujeres beneficios suficientes para el mantenimiento completo de la salud de ella y su hijo, se les garantizaría protección laboral, derecho a la asistencia gratuita de un médico o partera certificada y, una vez que regresaran al trabajo, se les darían dos descansos de media hora para amamantar a su hijo recién nacido. Las naciones que ratificaran la convención aceptarían sus disposiciones y las incorporarían a la legislación de sus naciones. [21] Las mujeres de la ICWW influyeron en las decisiones tomadas durante la Convención sobre la Protección de la Maternidad de la Organización Internacional del Trabajo.

Durante la segunda conferencia, que abordó el trabajo nocturno de las mujeres, también expresaron sus opiniones las mujeres de la ICWW. Betsy Kjelsberg , de Noruega, opinaba que las leyes especiales que se establecen para la protección de las mujeres son denigrantes para ellas. [22] Explicó que trabajaría por la eliminación gradual del trabajo nocturno tanto para las mujeres como para los hombres. Las disposiciones finales del convenio sobre el trabajo nocturno prohibían el empleo de mujeres después de las 10 de la noche o antes de las 5 de la mañana, pero no extendían esta disposición a los trabajadores varones.

La FIWW después de 1919

El segundo Congreso Internacional de la Mujer Trabajadora, que tuvo lugar en 1921 en Ginebra, abordó la cuestión de la afiliación a la organización permanente de la ICWW, la Federación Internacional de la Mujer Trabajadora. La Federación aceptó un compromiso y permitió que los sindicatos con miembros femeninos se unieran a la federación y también permitió que las organizaciones laborales de mujeres que compartieran sus mismos valores se unieran a ellas.

En Viena, en 1923, se celebró la tercera Conferencia Internacional de Mujeres Trabajadoras. En esta conferencia se discutieron los desafíos de relacionarse con un movimiento obrero internacional que estaba orientado y dominado en gran medida por los hombres. Las delegadas de la tercera ICWW decidieron unirse a la Federación Internacional de Sindicatos , lo que provocaría la disolución de la federación.

Referencias

  1. ^ Clark, Anna (1995). La lucha por los pantalones: género y la formación de la clase obrera británica. Berkeley: University of California Press. p. 24. ISBN 978-0-520-91905-1.OCLC 45885595  .
  2. ^ Chenut, Helen Harden (2005). El tejido del género: la cultura de la clase trabajadora en la Francia de la Tercera República. University Park, Pa.: Pennsylvania State University Press. p. 92. ISBN 0-271-02520-4.OCLC 55871182  .
  3. ^ Eileen Boris, De casa al trabajo: la maternidad y las políticas del trabajo a domicilio industrial en los Estados Unidos (Nueva York: Cambridge University Press, 1994) 10.
  4. ^ Smith, Bonnie G. (1989). Cambiando vidas: mujeres en la historia europea desde 1700. Lexington, MA: DC Heath and Co. págs. 148-150. ISBN 0-669-14561-0.OCLC 19060069  .
  5. ^ "Las mujeres de Lowell Mill crean el primer sindicato de mujeres trabajadoras | AFL-CIO". aflcio.org . Consultado el 2 de diciembre de 2021 .
  6. ^ Smith, Bonnie G. (1989). Cambiando vidas: mujeres en la historia europea desde 1700. Lexington, MA: DC Heath and Co., págs. 168-170. ISBN 0-669-14561-0.OCLC 19060069  .
  7. ^ Wilentz, Sean (2004). Chants democratic: New York City and the rise of the American working class, 1788-1850 (edición del 20.º aniversario). Londres, Reino Unido: Oxford University Press. pp. 248–49. ISBN 0-19-517450-X.OCLC 55738323  .
  8. ^ Clark, Anna (1995). La lucha por los pantalones: género y la formación de la clase obrera británica . Berkeley: University of California Press. pp. 233–47. ISBN 978-0-520-91905-1.OCLC 45885595  .
  9. ^ Cobble, Dorothy Sue (2021). Para la mayoría: feministas estadounidenses y la lucha global por la igualdad democrática . Princeton, NJ. pp. 15–18. ISBN 978-0-691-22059-8.OCLC 1221018017  .{{cite book}}: Mantenimiento de CS1: falta la ubicación del editor ( enlace )
  10. ^ Lubin, Carol Riegelman (1990). Justicia social para las mujeres: la Organización Internacional del Trabajo y las mujeres. Anne Winslow. Durham: Duke University Press. pp. 1–2. ISBN 0-8223-1062-7.OCLC 21562209  .
  11. ^ Laura Vapnek, "El Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919: Debates transnacionales sobre la mujer trabajadora ". Revista de Historia de las Mujeres. (2014): 164.
  12. ^ Vanpnek, "El Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919", 164.
  13. ^ Dorothy Sue Cobble, "El internacionalismo de las mujeres trabajadoras en Estados Unidos", 46.
  14. ^ Vapnek, "El Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919", 166.
  15. ^ Vapnek, "El Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919", 164.
  16. ^ Dorothy Sue Cobble, "El internacionalismo de las mujeres trabajadoras en Estados Unidos", 48.
  17. ^ Dorothy Sue Cobble, "El internacionalismo de las mujeres trabajadoras en Estados Unidos", 49.
  18. ^ Vapnek, "El Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919", 167.
  19. ^ Vapnek, "El Congreso Internacional de Mujeres Trabajadoras de 1919", 171.
  20. ^ Carol Riegelman Lubin y Anne Winslow, Justicia social para las mujeres, 28.
  21. ^ "Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3)", Organización Internacional del Trabajo (1919) Recuperado de: http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312148
  22. ^ Carol Riegelman Lubin y Anne Winslow, Justicia social para las mujeres, 30.