La Comisión Electoral Central de Armenia ( CEC ) ( en armenio : Հայաստանի Կենտրոնական ընտրական հանձնաժողով ) organiza elecciones y referendos en Armenia . La Comisión supervisa y regula el proceso electoral, cuenta y publica los resultados, entre otras funciones. Antes de la formación de la República de Armenia en 1991, las actividades del Comité Electoral Central se llevaban a cabo de conformidad con las leyes armenias soviéticas establecidas por la Elección de Diputados del Pueblo. En agosto de 2011 se adoptaron reformas electorales relativas a la organización y realización de elecciones presidenciales y regionales en Armenia, y se establecieron tres niveles de comités electorales.
Estructura
Desde junio de 2011, el Comité Electoral Central está integrado por 7 miembros, que son designados a propuesta del Presidente de Armenia , el Defensor del Pueblo, el Presidente del Tribunal de Apelaciones y el Presidente de la Cámara de Control. Los miembros son designados por un período de seis años, con algunas excepciones. Armenia está dividida en 41 distritos y 13 de ellos se encuentran en la capital, Ereván .
Presidente de la CEC
El actual presidente de la CEC es Tigran Mukuchyan.
- Supervisa el proceso continuo de trabajo realizado por el comité.
- Realiza trabajos de autor establecidos por el código y los reglamentos de la República de Armenia.
- Sus subordinados son el Vicepresidente de la CEC y el Secretario Presidente de la CEC.
Vicepresidente de la CEC
La actual vicepresidenta del CEC es Laura Galstyan
- Es responsable de la preparación de cartas, solicitudes, mensajes y otros documentos escritos elaborados por el Jefe del Comité.
- También es responsable de ejecutar las recomendaciones y tareas delegadas del Jefe del Comité.
Secretario de la CCA
El actual Secretario de la CEC es Armen Smbatyan
- Facilita las actividades regulares de la CEC, incluidas las sesiones, garantizando la transparencia y la rendición de cuentas.
- Es responsable de la adecuada gestión y archivo de los documentos electorales según la legislación.
- Coordina las capacitaciones y talleres que realiza la CEC para comisionados electorales territoriales, observadores y otros actores interesados.
- Es responsable de la asociación con organizaciones internacionales (PNUD, IFES, Consejo de Europa, etc.).
- Coordina el trabajo del Servicio de Supervisión y Auditoría de la CEC.
Otros miembros
- Georgi Martirosyan
- Silva Markosyan
- Nune Hovhannisyan
- Seyran Shahsuvaryan
Formación
1. La Comisión Electoral Central está compuesta por siete miembros. Los miembros de la Comisión Electoral Central son designados por el Presidente de la Defensoría de los Derechos Humanos , el Presidente del Tribunal de Apelaciones de Armenia y el Presidente de la Cámara de Abogados de Armenia. Los miembros de la Comisión son designados por un período de seis años.
2. Tres miembros de la Comisión Electoral Central serán designados a propuesta del Defensor de los Derechos Humanos, dos a propuesta del Presidente de la Corte de Apelaciones y dos a propuesta del Presidente de la Cámara de Abogados. Los miembros propuestos por el Presidente de la Corte de Apelaciones y el Presidente de la Cámara de Abogados deberán ser representantes de distinto sexo y al menos uno de los dos miembros propuestos por cada Presidente deberá tener formación o título académico en el campo del derecho.
3. Podrán ser elegidos miembros de la Comisión Electoral Central los ciudadanos armenios que no participen en actividades sociales o políticas y que:
- una formación superior en el ámbito del derecho y 3 años de experiencia profesional en su campo en al menos los últimos 5 años
- Un título académico en derecho y 3 años de experiencia profesional en su campo en al menos los últimos 5 años.
- una educación superior y 5 años de experiencia laboral en los servicios públicos en los organismos estatales en al menos los últimos 10 años, o
- Educación superior y 3 años de experiencia laboral en la comisión electoral actual en al menos los últimos 5 años.
4. El Presidente de la Comisión Electoral Central, el Vicepresidente de la Comisión Electoral Central y el Secretario de la Comisión Electoral Central serán elegidos por la Comisión de entre sus miembros:
5. Los datos de los candidatos a miembros de la Comisión Electoral Central se presentarán al personal del Presidente de la República no antes de 30 días ni después de 20 días antes de la votación, hasta las 18 horas. El Presidente de la Comisión Electoral Central informará a los candidatos a miembros sobre el día en que el miembro actual de la Comisión dejará de ejercer su cargo no antes de 50 días antes de la fecha de finalización del mandato.
6. El decreto del Presidente de la República sobre el nombramiento de nuevos miembros se publicará a más tardar siete días antes del vencimiento del mandato del miembro actual.
7. En caso de despido anticipado de un miembro de la Comisión Electoral Central, el puesto vacante se cubrirá en un plazo de 21 días. El nuevo miembro deberá trabajar en la comisión durante el tiempo que el miembro despedido no haya trabajado en la comisión. Si este período es inferior a 1 año, el nuevo miembro conservará el puesto durante el tiempo que tenía previsto ocupar más 6 años adicionales.
8. El derecho a nominar candidatos para los cargos de Presidente de la Comisión Electoral Central, Vicepresidente de la Comisión Electoral Central y Secretario de la Comisión Electoral Central pertenece a los miembros de la Comisión Electoral Central.
9. El Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Comisión Electoral Central serán elegidos por votación abierta. Si sólo se ha seleccionado una persona como candidato para el cargo de Presidente, Vicepresidente o Secretario de la Comisión Electoral Central, será elegido si recibe la mayoría de los votos de los electores. Si se ha seleccionado más de una persona como candidato para el cargo de Presidente, Vicepresidente o Secretario de la Comisión Electoral Central, será elegido el candidato que reciba la mayoría de los votos. En caso de empate, el candidato será elegido por sorteo.
Obligaciones
1. La Comisión Electoral Central es una autoridad pública que organiza las elecciones y controla su desarrollo. La Comisión Electoral Central
- supervisa la preparación y realización de las elecciones para el uso de los fondos asignados del presupuesto estatal.
- adopta su reglamento interno y establece comisiones electorales inferiores.
- organiza y lleva a cabo cursos profesionales para el proceso de control de las elecciones, establece las normas y reglamentos para la organización y la calificación de los cursos.
- Controla la aplicación uniforme del Código Electoral de la República de Armenia.
- establece las papeletas, actas de votación y demás documentos, su cumplimentación y el mantenimiento por las comisiones electorales de los documentos electorales necesarios.
- Establece los formatos requeridos para las papeletas electorales de los candidatos, partidos políticos
- toma decisiones dentro de su autoridad que son de obligado cumplimiento en todo el país.
- elimina las decisiones de las comisiones electorales nulas, inválidas o invalidantes contrarias al Código Electoral, con excepción de las decisiones de las comisiones electorales de la Asamblea Nacional, de diputados, alcaldes o concejales electos por el distrito.
- escucha a las comisiones electorales y a las autoridades estatales en la preparación y realización de las elecciones.
- acreditación por parte de los medios de comunicación y observadores.
- organiza los datos biográficos de los candidatos presidenciales.
- registrar los diputados a la Asamblea Nacional electos por el sistema de representación proporcional, los diputados a la Asamblea Nacional Diputado;
- Nombra la Asamblea Nacional de Armenia y convoca nuevas elecciones.
- toma las decisiones establecidas por el Código Electoral y toma decisiones sobre el proceso electoral que no entren en connivencia con el Código Electoral.
- Durante todas las elecciones nacionales, publica un manual de capacitación para los miembros de las comisiones electorales de distrito, los apoderados y los observadores.
- Establece el procedimiento para la conformación de las comisiones electorales.
- Aprobar la muestra de urna (dimensiones).
- ejercer control sobre las actividades financieras de los partidos políticos.
- podrá exigirse por ley que se establezcan instituciones.
- desempeñar otras funciones que le señale el Código Electoral.
2. En el plazo de tres meses a partir de la publicación de los resultados de las elecciones nacionales, el Presidente de la Comisión Electoral Central o un miembro designado por él se presentará ante la Asamblea Nacional con un mensaje sobre el proceso electoral, el análisis de las violaciones del Código Electoral y las modificaciones legislativas al Código Electoral. Este mensaje se publicará en el sitio web de la Comisión Electoral Central. 3. La Comisión Electoral Central podrá solicitar al Gobierno de la República de Armenia que mejore las modificaciones de la legislación electoral.
Comité
- El comité electoral local es el encargado de definir los tres miembros de la comisión electoral local que firmarán todas las hojas con los nombres de los electores y las boletas electorales, así como el sorteo que se realiza el día anterior a las elecciones.
- El presidente y el secretario del comité electoral local no participan en el sorteo que define la distribución de funciones entre los miembros de la Comisión.
- Con la autorización reservada de la Constitución de la República de Armenia y el Código de leyes, el comité está encargado de garantizar el cumplimiento de sus funciones de acuerdo con la Constitución y el Código de leyes.
- El comité debe organizar y gestionar todo el proceso de las elecciones, la preparación y el cálculo de las papeletas.
- El comité debe administrar y gastar el dinero presupuestado para la preparación y el proceso de las elecciones.
- El comité debe investigar, observar y promulgar las decisiones que él mismo toma.
- El comité deberá proporcionar los documentos necesarios para la organización y tramitación de las elecciones.
- La estructura del comité se basa en los departamentos y divisiones estructurales y también en los subdepartamentos.
- El comité está dirigido por el presidente y el vicepresidente del comité.
- El jefe del comité es el presidente de la comisión.
Véase también
Enlaces externos
- Sitio web oficial de la Comisión Electoral Central de la República de Armenia
- Comisión Electoral Central de la República de Armenia en Facebook
- Miembros de la Comisión Electoral Central de la República de Armenia Archivado el 19 de diciembre de 2015 en Wayback Machine.
- Constitución de Armenia
- Código Electoral de la República de Armenia