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Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño

La Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño (también llamada ACRWC o Carta de los Niños ) fue adoptada por la Organización de la Unidad Africana (OUA) en 1990 (en 2001, la OUA se convirtió legalmente en la Unión Africana ) y entró en vigor. en 1999. Al igual que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN), la Carta del Niño es un instrumento integral que establece derechos y define principios y normas universales para la condición de los niños. La ACRWC y la CDN son los únicos tratados internacionales y regionales de derechos humanos que cubren todo el espectro de derechos civiles, políticos , económicos, sociales y culturales .

Pide la creación de un Comité Africano de Expertos sobre los Derechos y el Bienestar del Niño (Comité de Expertos). Su misión es promover y proteger los derechos establecidos por la ACRWC, practicar la aplicación de estos derechos e interpretar la disposición de la ACRWC como lo exigen los estados partes, las instituciones de la Unión Africana (UA) o todas las demás instituciones reconocidas por la UA o por un estado miembro.

Centrarse en los derechos de los niños en África

Los niños en África se ven afectados por muchos tipos diferentes de abuso , incluida la explotación económica y sexual, la discriminación de género en la educación y el acceso a la salud, y su participación en conflictos armados. Otros factores que afectan a los niños africanos incluyen la migración, el matrimonio precoz, las diferencias entre las zonas urbanas y rurales, los hogares encabezados por niños, los niños de la calle y la pobreza. Además, los niños trabajadores en el África subsahariana representan alrededor de 80 millones de niños o 4 de cada 10 niños menores de 14 años, lo que representa la tasa de trabajo infantil más alta del mundo.

La ACRWC define "niño" como un ser humano menor de 18 años. Reconoce el lugar único y privilegiado del niño en la sociedad africana y que los niños africanos necesitan protección y cuidados especiales. También reconoce que los niños tienen derecho al disfrute de la libertad de expresión, asociación, reunión pacífica, pensamiento, religión y conciencia. Su objetivo es proteger la vida privada del niño y salvaguardarlo contra todas las formas de explotación económica y contra el trabajo que sea peligroso, interfiera con su educación o comprometa su salud o su salud física, social, mental, espiritual y moral. desarrollo. Pide protección contra el abuso y el mal trato, las prácticas sociales y culturales negativas, todas las formas de explotación o abuso sexual, incluida la explotación sexual comercial , y el uso de drogas ilegales. Su objetivo es prevenir la venta y la trata de niños , el secuestro y la mendicidad de niños.

Carta de la Infancia versus Convención sobre los Derechos del Niño

La Carta de los Niños se originó porque los estados miembros de la UA creían que la CDN pasaba por alto importantes realidades socioculturales y económicas particulares de África. Destaca la necesidad de incluir valores y experiencias culturales africanos al abordar los derechos del niño, tales como:

Los principios fundamentales que guían la implementación de estos derechos incluyen:

Ratificación de la Carta de la Infancia

A partir de 2016, la ACRWC ha sido ratificada por 47 de los 54 estados de la Unión Africana y firmada pero no ratificada por los siete estados restantes. La República Centroafricana , la República Democrática del Congo , la República Árabe Saharaui Democrática , Santo Tomé y Príncipe , Somalia , Sudán del Sur y Túnez han firmado pero no ratificado la Carta. Marruecos , un Estado no miembro de la UA, tampoco lo ha ratificado. [1]

Deficiencias y críticas

Comité Africano de Expertos sobre los Derechos y el Bienestar del Niño (Comité de Expertos)

El comité se formó en julio de 2001, un año y medio después de que la Carta de la Infancia entrara en vigor. Los miembros son elegidos por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana. Los criterios para la selección de miembros son:

El Comité de Expertos se reúne dos veces al año, normalmente en mayo y noviembre en Addis Abeba, Etiopía. Las fechas exactas dependen de otros puntos de la agenda de la UA en estas fechas. Están facultados para recibir y examinar los informes del país ("estado") sobre las medidas que han adoptado para implementar las disposiciones de la Carta de la Infancia, así como los avances logrados en cuanto a cómo se están protegiendo los derechos. La función protectora final del Comité de Expertos está relacionada con el procedimiento de investigación. Están facultados para recurrir a cualquier método apropiado de investigación con respecto a cualquier cuestión contemplada en la Carta de la Infancia.

Miembros del Comité Africano de Expertos sobre los Derechos y el Bienestar del Niño

Los miembros actuales de la ACERWC son (nombre, país, cargo):

En octubre de 2008, el Comité de Expertos elegido era (nombre, país, cargo): [ necesita actualización ]

Desafíos que enfrenta el Comité de Expertos

Informes del Estado parte

Los países que han ratificado la Carta de la Infancia deben presentar informes iniciales dentro de los dos años siguientes a la ratificación o la entrada en vigor de la Carta y, a partir de entonces, cada tres años. En 2008, el Comité de Expertos inició el proceso de revisión de los primeros cuatro informes estatales que se habían recibido de Egipto , Mauricio , Nigeria y Ruanda en mayo de 2008.

El informe del Estado parte debe contener información específica sobre los niños en su país. Esto incluye cuestiones políticas, jurídicas y administrativas que están vinculadas a los requisitos de la estructura proporcionada por el Comité de Expertos.

Idealmente debería ser un informe integral que incluya aportes del Estado, la sociedad civil y otros organismos reconocidos a nivel regional, continental e internacional. Pero normalmente el informe estatal no incluye mucha información de la sociedad civil. Así, las organizaciones de la sociedad civil pueden presentar un segundo informe o informe "alternativo" que contenga la información que han recopilado.

Hasta hace muy poco, este informe "alternativo" sólo podía aceptarse después de que el Estado hubiera presentado su informe. Pero ahora se ha puesto en marcha un proceso mediante el cual el Estado tiene 18 meses para presentar su informe; de ​​lo contrario, el informe "alternativo" de la sociedad civil será aceptado como informe de ese Estado.

Una vez recibido, el informe pasa a estar disponible como documento público y se somete a un proceso de:

Una vez finalizados los informes del Estado Parte y alternativos, se envían a la Secretaría de la UA para su traducción a los demás idiomas de trabajo (inglés, francés, portugués y árabe). Luego, diferentes miembros del Comité de Expertos revisan el informe en un grupo de trabajo previo al período de sesiones para identificar cuestiones que se discutirán más a fondo con el Estado y solicitar cualquier otra información que pueda ayudar a la hora de considerar el informe. Se podrá invitar a asistir a la sesión de forma informal a otras organizaciones, organizaciones de la sociedad civil y grupos de las Naciones Unidas que hayan contribuido con informes alternativos o que se consideren relevantes. Aquí es donde las organizaciones de la sociedad civil pueden aportar información al proceso. Después de esta reunión se elabora un informe previo al período de sesiones.

Después de que se haya elaborado el informe previo al período de sesiones, los miembros que han sido designados para revisar el Informe alternativo/del Estado parte se reúnen para discutir una revisión en profundidad del informe. Sus conclusiones se presentan al Estado respectivo en cuestión y se discuten con representantes gubernamentales de alto nivel. No hay aportaciones de organizaciones no gubernamentales ni de la sociedad civil a este nivel.

Como resultado de la discusión en profundidad, el Comité de Expertos identificará problemas, avances y diferencias en la implementación de la Carta de la Infancia por parte del Estado Parte. Estas recomendaciones se denominan "observaciones finales" y pueden incluir lo siguiente:

Después de que se haya aceptado el informe inicial del Estado Parte/Alternativo, el estado tendrá que presentar informes adicionales cada 3 años. Estos informes se denominan "informes periódicos". Esto permitirá comparar con el informe anterior para determinar si ha habido avances o si la situación ha empeorado.

También puede haber seguimientos y visitas a los países. El Informe Estado Parte/Alternativo y las recomendaciones se envían a la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno. La sociedad civil también puede intervenir cada 3 años para alentar al Estado a realizar mejoras antes de la preparación de informes adicionales.

Estatus de observador para las organizaciones de la sociedad civil

Las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones internacionales han desempeñado un papel importante en el trabajo del Comité de Expertos y han servido como columna vertebral del trabajo del comité desde su inicio. Las organizaciones no gubernamentales internacionales han participado especialmente en la labor del comité, aportando diferentes tipos de conocimientos especializados y apoyo financiero a la mayor parte del trabajo.

Aunque la participación de las organizaciones de la sociedad civil fue mínima al principio, a lo largo de los años han asumido un papel fundamental para garantizar que el comité cumpla su mandato y brindar el apoyo necesario para facilitar su trabajo. La adopción de las directrices para otorgar el estatus de observador ahora también garantizará que más organizaciones de la sociedad civil puedan participar y contribuir formalmente en el proceso.

De acuerdo con las directrices propuestas para la condición de observador, algunas de las formas en que se permitirá participar a las organizaciones y asociaciones de la sociedad civil incluirán:

Las directrices alientan la formación de coaliciones por parte de organizaciones de la sociedad civil con objetivos similares. Los siguientes son los requisitos para la participación de las organizaciones de la sociedad civil para la condición de observador:

Una vez que la organización haya obtenido la condición de observador, podrá solicitar al Comité de Expertos la inclusión de temas de interés en su agenda y la realización de declaraciones orales en las sesiones. Tienen derecho a recibir información sobre la hora, lugar y orden del día de las sesiones del comité. El comité puede invitar a una organización de la sociedad civil a participar en las deliberaciones de las reuniones del comité sin derecho a voto.

Las organizaciones de la sociedad civil también tienen la obligación de establecer relaciones estrechas con el comité y celebrar consultas periódicas sobre todas las cuestiones de interés común. Las organizaciones de la sociedad civil deben presentar informes sobre sus actividades cada dos años. Cuando las organizaciones de la sociedad civil incumplan sus obligaciones, el comité podrá suspender o retirar la condición de observador.

Comunicaciones al Comité de Expertos

Una comunicación es una queja presentada al Comité de Expertos sobre una violación de los derechos del niño según la Carta de la Infancia. A continuación se presentan algunas pautas para quienes deseen presentar una comunicación al Comité de Expertos:

Requisitos específicos de una comunicación

Una comunicación debe cumplir los siguientes criterios:

Si la comunicación cumple con los requisitos anteriores, podrá ser considerada por el Comité de Expertos. Cuando una queja llega al comité, se asignará un grupo para trabajar en ella y decidir si es aceptable. Si es aceptable, enviarán comentarios al país donde se encuentra el problema. Si hay lagunas, el comité pedirá al país que tome medidas para proteger al denunciante mientras se investiga más a fondo.

El trabajo sobre la denuncia es confidencial y se realiza en debates a puerta cerrada. Una vez que se ha tomado una decisión, se envía una comunicación al departamento de estado del país. Se designa un miembro del Comité de Expertos para dar seguimiento y coordinar el proceso. Una vez finalizado el proceso, se envía un informe al Comité de Jefes de Estado y de Gobierno.

Los niños que son autores o víctimas en el proceso de comunicación ahora tienen la oportunidad de expresar sus opiniones ante el Comité de Expertos. Esta disposición garantiza el principio cardinal de la participación de los niños en las cuestiones que les conciernen.

Investigaciones

Se pueden iniciar investigaciones porque el Comité de Expertos ha recibido una comunicación que indica una violación grave. Las misiones de investigación pueden ser iniciadas por un Estado que remite un asunto al Comité de Expertos, o el comité puede llevar a cabo sus propias investigaciones, aunque el Comité sólo puede visitar un Estado Parte si lo invita el gobierno.

Para garantizar que el equipo de la misión de investigación tenga conocimientos previos de la situación, antes de cada investigación se prepara un informe preliminar de acuerdo con ciertas pautas y basado en la información disponible. La misión se reunirá con organizaciones y personas estatales y no estatales disponibles en el país donde investigarán.

Una vez que la misión haya terminado su investigación, debe entregar un resultado preliminar al gobierno y a los medios de comunicación del país de investigación. Luego se prepara un informe final que incorpora las recomendaciones de la misión. Este informe de misión debe adjuntarse al informe de situación del Comité a los Jefes de Estado y de Gobierno africanos.

El país que ha sido investigado tiene hasta 6 meses después de la adopción de una decisión por parte del Comité de Expertos para presentar una respuesta por escrito sobre lo que ha hecho con respecto a los requisitos o medidas del informe de misión.

La respuesta del país también debe incluir información sobre cualquier medida en reacción a las recomendaciones hechas por el Comité después de la misión. También se podría solicitar a las organizaciones de la sociedad civil y a las "instituciones especializadas", como las organizaciones de la sociedad civil de niños, que proporcionen información sobre la situación de los niños en ese estado.

Ver también

Notas

  1. ^ "AmbfCMS". Archivado desde el original el 7 de octubre de 2021 . Consultado el 4 de mayo de 2013 .

enlaces externos

El material original utilizado para esta sección hacía referencia a los siguientes sitios: