La cadena temporal y la cadena perpetua eran castigos legales. La cadena temporal incluía prisión durante al menos 12 años y un día, encadenado, con trabajos duros y dolorosos; la pérdida de muchos derechos civiles básicos; y la sujeción a vigilancia de por vida. La cadena perpetua es idéntica, excepto que es una sentencia de por vida en lugar de un estado temporal.
El "título" del castigo es en realidad descriptivo, ya que cadena es una palabra española que significa cadena [1] mientras que temporal significa impermanente o temporal, además del significado que comparte con el inglés [2] y perpetua , significa continuo en latín y español. [3] [ dudoso – discutir ]
Uno de los lugares en los que se previeron estos castigos fue en el sistema jurídico filipino , a raíz del Código Penal español de 1870, que se adoptó debido a que el país había sido una colonia española hasta 1898. La cadena temporal fue una de las penas derogadas en 1932 con la promulgación del Código Penal Revisado de Filipinas .
El uso de este castigo colonial ha sido revisado por la Corte Suprema de los Estados Unidos en Weems v. United States , 217 US 349 (1910). [4] Derivada del Código penal español, la pena de "cadena temporal" era de doce años y un día a veinte años (arts. 28 y 96), que "se cumplirían" en ciertas " instituciones penales ". Y se disponía que "los condenados a cadena temporal (y cadena perpetua) trabajarían en beneficio del Estado. Llevarían siempre una cadena en el tobillo, colgando de las muñecas; se les emplearía en trabajos duros y dolorosos, y no recibirían ayuda alguna de fuera de la institución". Había, además, ciertas penas accesorias impuestas con ella.
En Weems, la Corte Suprema dictaminó que este castigo era " cruel e inusual " por un delito de "falsificación corrupta, y con la intención de engañar y defraudar al gobierno de los Estados Unidos de las Islas Filipinas y a sus funcionarios, de un documento público y oficial". Weems v. United States rompe con el " método histórico " de interpretación de la Octava Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos que prohíbe tales sanciones. De este modo, allana el camino a una interpretación moderna de la Carta de Derechos basada en un nuevo criterio: los " estándares evolutivos de la decencia de una sociedad en maduración " diseñados por la Corte Suprema en Trop v. Dulles , 356 US 86 (1957) [ cita requerida ] .