La Asociación de Jubilación de Empleados del Condado de Contra Costa ( CCCERA ) es una asociación de jubilación para los empleados públicos del Condado de Contra Costa , California .
Proporciona planes de beneficios definidos al condado y a otras agencias locales. La asociación es un sistema que brinda beneficios de jubilación a los empleados del condado de Contra Costa y a 16 empleadores públicos participantes ubicados dentro del condado.
Al 31 de diciembre de 2007, las agencias/distritos participantes incluyen:
La estructura de beneficios de jubilación de CCCERA se basa en la Ley de Jubilación de Empleados del Condado (CERL) de 1937, comúnmente conocida como la “Ley 37”. El 6 de marzo de 1944, la Junta de Supervisores del Condado de Contra Costa votó para adoptar una ordenanza que otorgaba a los votantes del condado la oportunidad de aceptar o rechazar la CERL como marco para los beneficios de jubilación de los empleados del condado. La medida fue aprobada por los votantes. CCCERA comenzó a funcionar el 1 de julio de 1945. A partir de 2008, 20 de los 58 condados de California tienen sistemas de jubilación que siguen las estipulaciones de la Ley '37.
Los beneficios de jubilación, discapacidad, muerte y supervivencia que brinda la CCCERA son administrados por una Junta de Jubilación de 12 miembros. La Junta adopta reglamentos, procedimientos, políticas y resoluciones según lo permita y modifique la CERL. La Junta de Supervisores del Condado de Contra Costa también puede adoptar resoluciones que afecten los beneficios de los miembros, según lo permita la Ley de Jubilación de los Empleados del Condado de 1937. La Junta de Jubilación es responsable de la gestión general de la CCCERA, mientras que un Director Ejecutivo supervisa las operaciones de la Asociación. Un Informe Financiero Anual Integral (CAFR) describe en detalle la información financiera, de inversiones, actuarial y estadística sobre la Asociación. El CAFR también incluye un Informe del Auditor Independiente que se centra en los estados financieros de la CCCERA.
Al 31 de diciembre de 2012, los activos netos de la CCCERA ascendían a aproximadamente 6.500 millones de dólares. En comparación, al 31 de diciembre de 1945, los activos totales de la Asociación ascendían a poco menos de 45.600 dólares. Al cierre de 1946, la Asociación contaba con aproximadamente 550 miembros. En 2013, la CCCERA contaba con aproximadamente 20.000 miembros. Esta cifra representa a los empleados activos, jubilados, beneficiarios y miembros diferidos.
El CCCERA es un plan de beneficios definidos contributivo, según lo exigen las normas de la CERL. Este plan exige que tanto los empleadores como los empleados contribuyan al fondo. Un plan de jubilación con beneficios definidos no basa los beneficios de jubilación futuros en cuánto contribuyen el empleado y el empleador al fondo, ni los rendimientos de inversión fluctuantes juegan un papel en la determinación de las asignaciones de jubilación finales. En cambio, una fórmula fija, estipulada por la Ley de 1937, determina las asignaciones de jubilación futuras de los miembros. Los beneficios de jubilación se calculan utilizando tres variables importantes dentro de la siguiente fórmula:
Promedio de años de edad de jubilación más altos según el factor salario mensual x crédito de servicio x edad de jubilación
A partir de 2008, CCCERA administra 8 niveles de beneficios diferentes. Sin embargo, todos los niveles utilizan la fórmula anterior. El salario mensual promedio más alto se calcula utilizando los 36 meses consecutivos de salario más altos para los miembros del Nivel 2 y del Nivel de seguridad C; los 12 meses consecutivos de salario más altos se utilizan para los 6 niveles restantes. El crédito por servicio de jubilación corresponde al tiempo que un miembro ha trabajado mientras contribuía activamente al sistema de jubilación. El crédito por servicio también puede incluir el tiempo con otro condado de la Ley '37 o una agencia "recíproca" y también puede incluir el tiempo "comprado" como funcionario público anterior (servicio militar o gobierno federal, por ejemplo). Los miembros jubilados tienen derecho a un aumento anual del costo de vida (COLA), otorgado por la junta, que entra en vigencia el 1 de abril de cada año. Este beneficio se basa en el índice de precios al consumidor del área de San Francisco-Oakland-San José y puede variar entre un 2% y un 4%.
CCCERA no es responsable de brindar beneficios de salud a sus miembros. Estos son administrados por el departamento de Recursos Humanos del Condado de Contra Costa. Conocidos como “Otros Beneficios Post Empleo” (OPEB), el Condado brinda beneficios de salud posteriores a la jubilación a los empleados que se han jubilado bajo CCCERA y a los cónyuges y dependientes de estos jubilados. El Condado también brinda beneficios de salud y dentales a los miembros activos a través de contratos con varios planes de salud y dentales. Dichos beneficios se establecen a través de negociaciones entre el Condado de Contra Costa y las diversas unidades de negociación que representan a los empleados del Condado. Las estipulaciones de OPEB pueden modificarse, alterarse o terminarse en cualquier momento y por cualquier motivo según lo dispuesto en los documentos del plan. A diferencia de los OPEB, la pensión de un miembro de CCCERA es un beneficio de por vida.
A partir de 2012, tiene importantes pasivos por falta de financiación que superan los 1.900 millones de dólares. [1] [2] [3] Una serie de investigaciones del Contra Costa Times en 2009 destacó los problemas de aumento de las pensiones. [4]
La CCCERA tiene reciprocidad con otros 19 condados de la Ley de 1937, así como con CalPERS (Sistema de Jubilación de Empleados Públicos de California). También tiene reciprocidad limitada con algunas otras ciudades, agencias públicas y sistemas de jubilación de California. El sitio oficial incluye más detalles.
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